La adscripción , o adscripción por extinción , es una doctrina de derecho consuetudinario utilizada en la ley de testamentos para determinar lo que sucede cuando la propiedad legada en virtud de un testamento ya no está en el patrimonio del testador en el momento de su muerte. [1] En el caso de un legado de un bien específico (un obsequio específico), dicho bien se considera presunto y el obsequio fracasa. Por ejemplo, si un testamento legaba el coche del testador a un beneficiario específico, pero el testador no poseía ningún coche en el momento de su muerte, el obsequio se consideraría presunto y el beneficiario antes mencionado no recibiría ningún obsequio.
Los legados generales o las donaciones generales (donaciones de cantidades en efectivo) nunca se consideran como tales. Si el efectivo en el patrimonio del testador no es suficiente para satisfacer la donación, será necesario vender otros activos del patrimonio residual para reunir el efectivo necesario.
Algunas propiedades se encuentran en una zona "gris", en la que debe determinarse la intención específica del testador. Por ejemplo, cuando el testador deja en herencia "500 acciones" de una empresa, esto puede interpretarse como un legado general (que el patrimonio debe comprar y transferir las acciones en particular al beneficiario), o puede interpretarse como un legado específico, en particular si el testador utilizó un posesivo (" mis 500 acciones"). Este tipo de obsequio se considera un obsequio demostrativo. Estos obsequios demostrativos se consideran un híbrido de obsequios específicos y generales. Si uno fuera a dejar en herencia "500 acciones", la mayoría de los estados lo considerarían un obsequio demostrativo. El obsequio resultante para el heredero que recibe "500 acciones" sería el valor a la fecha de fallecimiento de 500 acciones de esa acción en particular.
La renuncia a la redención puede ser dispensada si el bien sale del patrimonio después de que el testador haya sido declarado incompetente. Además, en algunos casos el beneficiario tendrá derecho a las ganancias de la venta del bien o al pago del seguro por la pérdida o destrucción del bien.
Para evitar confusiones sobre lo que puede o no considerarse como tal, a veces se incluye la frase "si es de mi propiedad al momento de mi muerte" en los artículos de un testamento en el que se lega una propiedad.
En cuanto a la venta de terrenos en virtud de un contrato ejecutorio , la jurisprudencia tradicional coincide en que la redención se produce tras la muerte del testador y que el producto de la venta, cuando se produce el cierre, no debe pasar al legatario específico de la propiedad. Sin embargo, la visión más moderna y el Código Uniforme de Sucesiones , que ha sido adoptado por algunas jurisdicciones de los EE. UU., no están de acuerdo. Estas jurisdicciones consideran que cuando la propiedad sujeta a un legado específico se coloca bajo contrato de venta antes de la muerte del difunto, el producto de la venta pasará al legatario específico.
Variaciones estatutarias
Muchas jurisdicciones estadounidenses han mejorado los efectos de la doctrina del derecho consuetudinario mediante estatutos.
En Wisconsin , la ley estatal (854.08) intenta abolir la doctrina del derecho consuetudinario de la redención por extinción, por ejemplo, otorgando a los beneficiarios el saldo del precio de compra del artículo vendido (sujeto a algunas limitaciones).
En Virginia , la redención se produce con respecto a la mayoría de las formas de propiedad, pero si la propiedad en cuestión son certificados de acciones , entonces la compra del emisor de las acciones por otra empresa y el intercambio de las acciones por una nueva emisión por parte de esa empresa, no considerarán la donación de acciones. De manera similar, si las acciones que existían en el momento en que se realizó la donación se han dividido (por ejemplo, cuando el titular de 500 acciones recibe una reemisión de 1000 acciones, cada una con la mitad del valor de la original), entonces el beneficiario de esa donación tendrá derecho a la cantidad de acciones que existan después de la división.
Referencias
- ^ Andersen, Roger; Bloom, Ira Mark (2012). Fundamentos de fideicomisos y patrimonios (4.ª ed.). LexisNexis. pág. 264. ISBN 978-0-7698-4728-3.