Una convención aplicable , tal como se presenta en el artículo 168(d) del Título 26 del Código de Rentas Internas de los Estados Unidos , es una suposición sobre cuándo se pone en servicio un bien. Se utiliza para determinar cuándo comienza la depreciación del bien. El propósito de las convenciones aplicables es simplificar la depreciación, ya que no requieren que el contribuyente demuestre al IRS cuándo se puso en servicio cada bien depreciable.
Existen tres tipos de convenciones. La primera, la “ convención de medio año ”, supone que todos los bienes puestos en servicio o enajenados durante un año fiscal se pusieron en servicio o se enajenaron a la mitad de ese año. (§ 168(d)(4)(A)) La Sección 168(d)(1) establece que todos los contribuyentes deben utilizar la convención de medio año a menos que se requiera específicamente una convención diferente en la Sección 168(d)(2) o en la Sección 168(d)(3).
La segunda, la “convención de mitad de mes”, supone que todos los bienes puestos en servicio o enajenados durante cualquier mes se pusieron en servicio o se enajenaron a la mitad de ese mes. (§ 168(d)(4)(B)) La Sección 168(d)(2) indica al contribuyente cuándo es apropiado utilizar la convención de mitad de mes.
La tercera, la “convención de mitad de trimestre”, supone que todos los bienes puestos en servicio o enajenados durante cualquier trimestre de un año fiscal se pusieron en servicio o se enajenaron a la mitad de ese trimestre. (§ 168(d)(4)(C)) La Sección 168(d)(3) indica al contribuyente cuándo es apropiado utilizar la convención de mitad de trimestre. Específicamente, si un contribuyente adquiere muchos activos depreciables en los últimos tres meses del año fiscal, en algunos casos se verá obligado a utilizar la convención de mitad de trimestre, lo que resultará en una deducción por depreciación aún menor en el primer año en comparación con la convención de medio año.
Convención de medio año
Esta convención se aplica a todos los bienes muebles tangibles depreciables.
Las exenciones incluyen:
- Bienes inmuebles residenciales en alquiler y no residenciales
- Propiedad sujeta a convención de mitad de trimestre
Convención de mitad de trimestre
Si más del 40% del valor total de la propiedad se pone en servicio durante los últimos tres meses del año fiscal, se aplica la convención de mitad de trimestre.
Las exenciones incluyen:
- Bienes que se están depreciando según un método distinto al MACRS.
- Cualquier propiedad residencial de alquiler, propiedad inmobiliaria no residencial o explanaciones ferroviarias y perforaciones de túneles.
- Bienes que se ponen en servicio y se enajenan dentro del mismo año fiscal.
Convención de mediados de mes
La convención de mitad de mes se aplica únicamente a bienes inmuebles. Según esta convención, se permite la depreciación de medio mes por el mes en que el activo se pone en servicio o se da de baja, y la depreciación de un mes completo por cada mes adicional del año en que el activo esté en servicio.
Referencias
- 26 U.S.C. § 168(d)
- Donaldson, Samuel A.; Impuestos federales sobre la renta de las personas físicas: casos, problemas y materiales (2.ª ed.). Thomson West, 2007. 273-274.
- Impuestos en los Estados Unidos