
Los tribunales de lo penal de Suecia [ a ] ( en sueco : häradsrätt , lit. ' tribunal del centenar ' , en finés : kihlakunnanoikeus ) eran tribunales públicos en zonas rurales y en varias ciudades, que se regían por el derecho condal ( landsrätt ), hasta la reforma judicial de 1971, cuando se introdujeron los tribunales de distrito tanto en zonas rurales como en ciudades. El tribunal de lo penal estaba compuesto por un juez de distrito ( häradshövding ) y un panel . Para que el tribunal de lo penal tuviera jurisdicción, normalmente debían estar presentes al menos siete jueces legos . El panel participaba en la resolución de los casos en su totalidad. Cada tribunal de lo penal tenía un edificio fijo, generalmente ubicado dentro de su jurisdicción (distrito judicial), donde se reunía el tribunal. [ 2 ]
Historia
Suecia
Los tribunales de assizes existían en Götaland ya antes de mediados del siglo XIV y fueron introducidos en Svealand a través de la ley nacional de Magnus IV . En el tribunal de assizes, que era el tribunal público inferior en las zonas rurales, un panel compuesto por el juez de distrito ( häradshövding ) y doce miembros (agricultores) residentes dentro del hundred juzgaban en primera instancia . [ 3 ] Para emitir un fallo en el tribunal de assizes, se requería que estuvieran presentes al menos siete de los miembros del panel. [ 4 ] Antes de 1823, los jueces legos eran nombrados por el jurado principal ( häradsdomare ). A partir de 1823, a los agricultores se les concedió el derecho a voto en la reunión de socken . Los tribunales de assizes se reunían para sesiones llamadas thing , donde se decidían asuntos legales y otros asuntos comunes a la gente. [ 3 ] Debía haber un tribunal de assizes por cada diezmo . En 1909, el número de tribunales de lo penal era de 223, a saber, 126 bajo la jurisdicción del Tribunal de Apelación de Svea , 79 bajo la del Tribunal de Apelación de Göta y 18 bajo la del Tribunal de Apelación de Scania y Blekinge . Cada tribunal de lo penal estaba obligado a celebrar sesiones regulares, llamadas sesiones ordinarias (sesiones generales), y también sesiones especiales, llamadas sesiones extraordinarias ( sesiones especiales o adicionales), para ciertos casos específicos. [ 4 ]
Según la ley de 1734, el juez de distrito en cada centenar debía celebrar sesiones judiciales tres veces al año: la primera en invierno, la segunda en verano y la tercera en otoño. Las sesiones judiciales se anunciaban al gobernador del condado y se proclamaban desde todos los púlpitos. Si ocurrían delitos graves entre las sesiones judiciales ordinarias, se convocaba una sesión judicial extraordinaria. [ 3 ] Sin embargo, según reglamentos específicos, el número de sesiones judiciales podía reducirse según las necesidades de las diferentes áreas; no obstante, siempre debía celebrarse una sesión judicial ordinaria anual en cada centenar. [ 4 ] Por ordenanza real del 17 de mayo de 1872, se prescribió un funcionamiento más continuo para algunos tribunales judiciales. Según la nueva organización, que en realidad se aplicaba a los distritos judiciales que constaban de uno o dos diezmos, pero que también podía prescribirse para uno u otro diezmo individual en distritos con varios diezmos tras la reconsideración del Rey en Consejo , el número de sesiones judiciales ordinarias en cada diezmo se limitaba a dos (sesión de primavera y sesión de otoño); Sin embargo, se lograron muchos más procedimientos legales, ya que en los distritos que por sí solos constituían un distrito judicial, el tribunal de lo penal debía celebrar seis sesiones durante la sesión de primavera y cuatro durante la sesión de otoño, y en los distritos que, junto con otro, constituían un distrito judicial, el tribunal debía sesionar en cada distrito tres veces durante la sesión de primavera y dos veces durante la sesión de otoño; además, se podían celebrar, y generalmente se celebraban, las llamadas sesiones finales, es decir, sesiones para concluir los asuntos judiciales. Las apelaciones contra las sentencias del tribunal de lo penal se presentaban ante el tribunal de apelación . [ 4 ]
En 1935, se emitieron reglamentos que establecían que los tribunales de lo penal debían celebrar varias sesiones ordinarias al año. Finalmente, en el Código de Procedimiento Judicial de 1942, se dispuso que los tribunales de lo penal debían celebrar sesiones una vez por semana. [ 3 ] A partir de 1971, los tribunales de lo penal fueron sustituidos por tribunales de distrito que funcionaban como tribunales ordinarios de primera instancia.
Finlandia
En Finlandia, mediante decreto imperial del 27 de abril de 1868, se derogó la disposición que establecía que el jurado debía estar compuesto por 12 miembros y se redujo el número de jueces legos de 7 a 5. El tribunal se reunía anualmente para dos sesiones ordinarias, excepto en el distrito judicial de Åland, donde solo se celebraba una sesión al año. Se celebraban sesiones extraordinarias según fuera necesario. El número de tribunales de lo penal ascendía a 234 en 1909. [ 4 ]
Los tribunales de lo penal fueron reemplazados a partir de 1993 por tribunales de distrito que funcionaban como tribunales ordinarios de primera instancia. [ 5 ]
Notas a pie de página
Referencias
- ^ Gullberg, Ingvar E. (1977). Svensk-engelsk fackordbok för näringsliv, förvaltning, undervisning och forskning [ Diccionario sueco-inglés de términos técnicos utilizados en los negocios, la industria, la administración, la educación y la investigación ] (en sueco) (2ª ed.). Estocolmo: Norstedt. pag. 335.ISBN 91-1-775052-0. SELIBR 8345587 .
- ↑ Bergelín, S.-ES, ed. (1951). Nordisk familjebok: encyklopedi och konversationslexikon (en sueco). vol. 10 (4ª ed.). Malmö: Förlagshuset Norden. pag. 718. SELIBR 539090 .
- ^ Reuterswärd, Elisabeth ( 24 de junio de 2020). "Så söker man i domböcker" . Demografisk Databas Södra Sverige (en sueco). Landsarkivet i Lund . Consultado el 13 de mayo de 2024 .
- ^ Westrin , Theodor , ed . (1910). Nordisk familjebok: konversationslexikon och realencyklopedi (en sueco). vol. 12 (Nueva York, rev. och rikt ill. ed. superior). Estocolmo: Nordisk familjeboks förl. págs. 132-133 . SELIBR 8072220 .
- ^ Forss, Thomas (4 de mayo de 2009). "häradsrätt" . Uppslagsverket Finlandia (en sueco). Schildt . Consultado el 13 de mayo de 2024 .
- Antiguos tribunales de Suecia
- Historia jurídica de Suecia
- Los juzgados y tribunales fueron disueltos en 1971.
- Disoluciones del Estado en Suecia en 1971