La regla de las consecuencias evitables es un concepto en la jurisprudencia de los Estados Unidos que proviene de una regla de derecho consuetudinario que prohíbe la recuperación de daños que una víctima de agravio "podría haber evitado mediante el uso de un esfuerzo o gasto razonable después de la comisión del agravio". [ 1 ] Este concepto reconoce como un hecho que, si un demandante es lesionado por un demandado, el demandante debe tomar medidas razonables para evitar agravar las lesiones causadas por el demandado.
- Excepto lo establecido en el inciso (2), quien resulte perjudicado por el agravio de otro no tendrá derecho a recuperar daños y perjuicios por cualquier daño que pudiera haber evitado mediante el uso de un esfuerzo o gasto razonable después de la comisión del agravio.
- No se impide a una persona recuperar daños y perjuicios por un daño particular resultante de un acto ilícito si el causante del daño tuvo la intención de causarlo o era consciente de él y actuó con negligencia temeraria, a menos que la persona perjudicada, con conocimiento del peligro del daño, intencionalmente o por negligencia no protegiera sus propios intereses. [ 2 ]
Por ejemplo, si se considera que una cirugía es muy peligrosa y que probablemente cause lesiones y daños, tal vez porque la cirugía en sí misma es irrazonable, el demandante debe tomar medidas razonables para evitar agravar las lesiones. Por lo tanto, el deber de mitigar se ejerce cuando una persona razonable rechaza una cirugía riesgosa por temor a que pueda empeorar la lesión en su totalidad.
Véase también
Referencias
- Fragmentos de terminología legal
- Ley de los Estados Unidos