Una carta de compromiso (o "big boy letter") es un acuerdo previo a la venta, en el contexto de una transacción privada de valores (como una operación PIPE ), que estipula la no interposición de demandas por la falta de divulgación de información privilegiada relevante. Este acuerdo se firma entre dos partes con experiencia en transacciones financieras. Las cláusulas de compromiso también pueden estar incluidas en los contratos de compraventa de valores, en lugar de constituir un acuerdo independiente. Generalmente, la solicitud del vendedor al comprador para que acepte una carta de compromiso indica al comprador que probablemente exista información privilegiada relevante sobre un valor, la cual podría dar lugar a una demanda si no se divulga, en ausencia de dicha carta.
Controversia
La legalidad de las cartas de compromiso de alto nivel en los mercados de valores de Estados Unidos es objeto de controversia. Esto se debe a que la principal demanda que las partes buscan evitar con dichas cartas es una relacionada con la Ley de Intercambio de Valores de 1934 , que contiene una disposición, la Sección 29(a), que declara nulas las renuncias de responsabilidad por fraude de valores. El Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos , que incluye el distrito financiero de Nueva York , ha aplicado acuerdos similares a las cartas de compromiso de alto nivel estrictamente contra el comprador. El Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito de Estados Unidos , que incluye Delaware , estado donde se constituyen muchas empresas que cotizan en bolsa, ha dado mayor peso a las disposiciones anti-renuncia de la Ley de Intercambio de Valores, aunque no ha ignorado por completo estos acuerdos al considerar todos los hechos y circunstancias de una transacción. Desde 2008, los comisionados y el personal de la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) han expresado su preocupación por la aplicabilidad legal de las cartas de compromiso de alto nivel. [ 1 ] Dos comisionados han declarado que, incluso si las cartas proporcionan una defensa en litigios privados sobre valores, no constituyen una defensa en una acción de cumplimiento de la SEC. [ 2 ]
Aún más controvertida que las propias cartas es la práctica de comprar valores sujetos a una carta de este tipo y luego revenderlos a un tercero sin revelar su existencia. Esta práctica es objeto de litigios y debates constantes entre personas familiarizadas con los mercados de valores. Algunos argumentan que no existe la obligación de revelar la existencia de la carta, ya que el vendedor no posee información específica. Otros argumentan que sí existe la obligación de revelar la existencia de una carta de este tipo porque sugiere fuertemente la existencia de información material no pública, incluso si se desconoce la naturaleza exacta de dicha información, y que esta práctica, en efecto, constituye uso de información privilegiada .
Referencias
- ↑ Susan DiCicco (16 de diciembre de 2014). "La Ley de Intercambio no prohíbe las cartas de grandes inversores" . Law360 . Portfolio Media.
- ↑ ""Revisión de las cartas de 'Big Boy': La División de Cumplimiento Normativo de la SEC da su opinión" . Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP. Archivado del original el 19 de julio de 2011. Consultado el 19 de agosto de 2008 .
Enlaces externos
- Edwin David Eshmoili, "Cartas de alto nivel: Comercio con información privilegiada", Cornell Law Review, vol. 94, n.° 1, 2008.
- JENNY ANDERSON, "Acuerdos paralelos en una zona gris", New York Times, 22 de mayo de 2007 (corregido el 25 de mayo de 2007).
- Debevoise & Plimpton, Informe sobre capital privado, primavera de 2003 (página 5)
- Código Anotado de los Estados Unidos (Anotaciones a la Sección 29 de la Ley del Mercado de Valores)
- Ley de valores de Estados Unidos
- Mercados financieros
- Derecho contractual
- Valores (finanzas)
- Mercado de valores
- Cartas (mensaje)