Los Códigos de California son 29 códigos legales promulgados por la Legislatura del Estado de California que, junto con las leyes no codificadas, conforman el ordenamiento jurídico general de California . La Oficina del Asesor Jurídico Legislativo de California mantiene los códigos oficiales . El Asesor Jurídico también publica el texto oficial de los Códigos en leginfo.legislature.ca.gov .
Códigos actualmente en vigor
Los 29 códigos de California actualmente en vigor son los siguientes:
Códigos derogados
Se han derogado los siguientes códigos:
Influencia en otros lugares
Los códigos de California han influido en varias jurisdicciones estadounidenses, especialmente en Puerto Rico. Por ejemplo, el 1 de marzo de 1901, Puerto Rico promulgó un Código Penal y un Código de Procedimiento Penal inspirados en el Código Penal de California, [ 1 ] [ 2 ] y el 10 de marzo de 1904 promulgó un Código de Procedimiento Civil inspirado en el Código de Procedimiento Civil de California. [ 3 ] Por lo tanto, la jurisprudencia de California que interpretaba dichos códigos se consideró autoridad persuasiva en Puerto Rico. [ 4 ]
En 1941, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico se unió al movimiento nacional para transferir el procedimiento civil y el derecho probatorio a un sistema de reglas promulgadas por los tribunales, luego abolió la facultad judicial para promulgar reglas en 1946, y la reinstauró en 1952 (con la reserva del derecho de la legislatura a enmendar las reglas judiciales antes de su entrada en vigor). [ 3 ] Finalmente, después de que gran parte de su contenido fue reemplazado por las Reglas de Procedimiento Civil y las Reglas de Evidencia, la mayor parte del Código de Procedimiento Civil de Puerto Rico quedó obsoleta y, por lo tanto, fue derogada. [ 3 ] Sin embargo, aunque el Código Penal de Puerto Rico sufrió una extensa recodificación y renumeración en 1974, [ 2 ] muchas de sus secciones aún guardan un fuerte parecido con sus homólogas de California. [ 5 ]
The Code of Guam, implemented in 1933 by GovernorGeorge A. Alexander, was modeled after the California Codes.[6] Thus, Guam courts look to California case law to assist them with interpretation of the Code of Guam.[7]
History
In 1868, the California Legislature authorized the first of many ad hoc Code Commissions to begin the process of codifying California law. Each Code Commission was a one- or two-year temporary agency which either closed at the end of the authorized period or was reauthorized and rolled over into the next period; thus, in some years there was no Code Commission.[8] The first four codes enacted in 1872 were the Civil Code, the Code of Civil Procedure, the Penal Code, and the Political Code.[9][10] Statutes that did not fit these categories were simply left uncodified in the California Statutes.
The four original California Codes were not drafted from scratch, but were mostly adapted by the Code Commission from codes prepared for the state of New York by the great law reformer David Dudley Field II.[10][11] As a result of the Gold Rush, many New York lawyers had migrated to California, including Field's brother, Stephen Johnson Field, who would ultimately serve as California's fifth Chief Justice before being appointed to the U.S. Supreme Court. The strong New York influence on early California law started with the California Practice Act of 1851 (drafted with the help of Stephen Field), which was directly based upon the New York Code of Civil Procedure of 1850 (the Field Code). In turn, it was the California Practice Act that served as the foundation of the California Code of Civil Procedure. New York never enacted Field's proposed civil or political codes, and belatedly enacted his proposed penal and criminal procedure codes only after California, but they were the basis of the codes enacted by California in 1872.[11]
Como se mencionó anteriormente, los cuatro códigos iniciales no eran del todo exhaustivos. Como resultado, la legislación californiana se desorganizó a medida que se acumulaban estatutos no codificados en los Estatutos de California. Tras muchos años de Comisiones de Códigos intermitentes, la Comisión de Códigos de California se estableció finalmente como una agencia gubernamental permanente en 1929. En su primer informe, la Comisión declaró: «La legislación californiana se encuentra en un estado deplorable... los redactores y editores de leyes coinciden en considerarla la peor legislación del país». [ 12 ] Para dotar de personal a la nueva encarnación permanente de la Comisión de Códigos, la Legislatura estatal simplemente designó al Asesor Legislativo como secretario de la Comisión. [ 8 ] Así, en la práctica, la mayor parte del trabajo real lo realizaban los adjuntos del Asesor Legislativo y luego era aprobado por los Comisionados de Códigos. [ 13 ]
La Comisión pasó los siguientes 24 años analizando el enorme cuerpo de leyes no codificadas en los Estatutos de California y redactando casi todos los demás códigos. Para 1953, cuando la Comisión de Códigos completó su tarea asignada y emitió su informe final el 1 de septiembre de ese año, existían 25 códigos. [ 10 ] Ese año, la legislatura reemplazó la Comisión de Códigos con la Comisión de Revisión de Leyes de California . [ 8 ] [ 10 ] Desde entonces, la CLRC ha tenido la tarea de revisar regularmente los códigos y proponer varias enmiendas a la legislatura. [ 10 ] La mayoría de estas son simples enmiendas de mantenimiento para asegurar que las referencias cruzadas estatutarias se actualicen adecuadamente para agregar nuevas leyes u omitir leyes que ya no existen.
El código más reciente es el Código de Familia, que se separó del Código Civil en 1994. Si bien existe un Código de Procedimiento Civil, no hay un Código de Procedimiento Penal. [ 1 ] En cambio, el procedimiento penal en California está codificado en la Parte 2 del Código Penal, mientras que la Parte 1 se dedica al derecho penal sustantivo.
Interpretación
Los Códigos contienen, o se supone que solo contienen, leyes estatutarias generales , con énfasis en la palabra "generales". [ 10 ] La legislatura también promulga regularmente diversas resoluciones que no son leyes de aplicación general, como proyectos de ley de presupuesto anual, proyectos de ley de asignación para períodos específicos, leyes que autorizan la compra o enajenación de tierras por parte del gobierno estatal y leyes que autorizan la emisión de bonos que se extinguen automáticamente al ser reembolsados. [ 10 ] La legislatura también aprueba regularmente resoluciones que honran los logros de diversas personas distinguidas. Debido a su aplicación limitada, todos estos asuntos no se incorporan a los Códigos.
Los Códigos constituyen una parte importante del derecho de California . Sin embargo, deben leerse en conjunto con las constituciones federal y estatal, la jurisprudencia federal y estatal, y el Código de Reglamentos de California, para comprender cómo se interpretan y aplican en los tribunales. El Código Civil es particularmente difícil de entender, ya que la Corte Suprema de California ha tratado partes del Código como una mera reafirmación del derecho consuetudinario . Por ejemplo, en Li v. Yellow Cab Co. , la Corte Suprema reconoció la intención original de la Legislatura al promulgar la sección 1714 del Código Civil [ 14 ] de codificar un esquema de negligencia concurrente sujeto a la doctrina de la última oportunidad clara , pero luego sostuvo que la Legislatura no había tenido la intención de congelar el derecho consuetudinario y procedió a adoptar judicialmente la negligencia comparativa . En contraste, otros códigos, como el Código de Sucesiones y el Código de Evidencia, se consideran que han desplazado completamente el derecho consuetudinario, lo que significa que los casos que interpretan sus disposiciones siempre intentan dar efecto, en la medida de lo posible, a la intención de la Legislatura.
Como se indicó anteriormente, el Asesor Legislativo mantiene un sitio web en línea con el texto oficial de los Códigos. [ 10 ] Los cuatro códigos originales se imprimieron como documentos estatales separados en 1872 (pero no como parte de los Estatutos de California ), y también fueron publicados por editoriales comerciales en varias versiones, incluyendo como un conjunto en 1872. [ 10 ] En lugar de un conjunto oficial, los códigos anotados no oficiales están ampliamente disponibles a través de editoriales privadas. [ 10 ] West publica West's Annotated California Codes y LexisNexis publica Deering's California Codes Annotated . [ 10 ] Aunque Deering's es mucho más antiguo, [ 10 ] West es el más popular de los dos códigos anotados. Las bibliotecas que carecen de suficiente espacio en los estantes para tener ambos códigos —generalmente porque son pequeñas bibliotecas de derecho, bibliotecas públicas que sirven al público en general (a diferencia de las bibliotecas públicas de derecho) o bibliotecas de otros estados— generalmente solo tienen West y omiten Deering's .
También hay un puñado de estatutos relativamente menores que nunca fueron codificados y no están incluidos en la copia en línea del Asesor Legislativo, pero probablemente deberían haber sido codificados ya que son leyes de aplicación general. [ 10 ] Por ejemplo, ciertas leyes de iniciativa no pudieron ser codificadas por una ley de la legislatura porque fueron promulgadas originalmente por voto popular del electorado. [ 10 ] El informe final de la Comisión del Código del 1 de septiembre de 1953 recomendó que tales estatutos se publicaran en un apéndice del código en el que sean más relevantes y no se agruparan en un volumen separado. [ 10 ] Los códigos anotados no oficiales incluyen esos estatutos ya sea como apéndices de los códigos en los que probablemente deberían haber sido codificados, o dentro de anotaciones a secciones particulares del código; Deering's también imprime las leyes de iniciativa no codificadas en un volumen separado. [ 10 ]
Véase también
Referencias
- ^ a b Véase el párrafo 1, Anotaciones bajo la antigua Sección 10, Título 33, Leyes Anotadas de Puerto Rico . Esta fuente señala que el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal de Puerto Rico, tal como se promulgaron en 1902, se basaron directamente en el Código Penal de California. Sin embargo, la comisión de codificación de Puerto Rico decidió separarse de California dividiendo las disposiciones procesales en un Código de Procedimiento Penal independiente, dado que la población estaba acostumbrada a tener códigos penales sustantivos y procesales separados bajo el gobierno español anterior.
- ^ a b Véase Disposiciones especiales bajo la antigua Sección 1, Historia del Código Penal de Puerto Rico, Título 32, Leyes Anotadas de Puerto Rico .
- ^ a b c Véase Disposiciones especiales bajo la antigua Sección 1, Historia del Código de Procedimiento Civil—Derecho Español, Título 33, Leyes de Puerto Rico Anotadas .
- ^ Pueblo contra Cirino , 69 PRR 488 (1949).
- ^ Compárese el artículo 187(a) del Código Penal de California ("El asesinato es la muerte ilegal de un ser humano o un feto con premeditación") con el artículo 4001 de la Ley 33 LPRA ("El asesinato es la muerte de un ser humano con premeditación").
- ^ Saussotte, Marguerite (12 de agosto de 2010). "La era naval estadounidense: desarrollo del Código de Guam" . Guampedia . Guam : Universidad de Guam . Archivado del original el 26 de julio de 2011. Recuperado el 11 de mayo de 2011 .
- ^ Véase Sumitomo Constr. Co., Ltd. v. Zhong Ye, Inc. , 1997 Guam 8; 1997 WL 471506, en *2 (Guam 1997) ("[C]uando una legislatura adopta un estatuto que es idéntico o similar a uno vigente en otra jurisdicción, se presume que la jurisdicción adoptante aplica la interpretación que la jurisdicción de origen le dio al estatuto."); véase también Fajardo v. Liberty House Guam , 2000 Guam 4; 2000 WL 38719, en *4-5 (Guam 2000) (aplicando la jurisprudencia de California donde el estatuto de Guam reflejaba un estatuto de California y "no hay ninguna razón convincente para desviarse de la interpretación [de California] del estatuto[ ].").
- ^ a b c Kleps, Ralph N. (diciembre de 1954). "La revisión y codificación de los estatutos de California 1849-1953" (PDF) . California Law Review . 42 (5): 766– 802. doi : 10.2307/3477710 . JSTOR 3477710 .
- ^"California Civil Code § 23". California Office of Legislative Counsel. Retrieved February 12, 2019.
- ^ abcdefghijklmnopMartin, Daniel W. (2006). Henke's California Law Guide (8th ed.). Newark: Matthew Bender & Co. pp. 45–67. ISBN 08205-7595-X. Available through HeinOnline.
- ^ abMorriss, Andrew P. (April 1999). "Codification and Right Answers". Chicago-Kent Law Review. 74 (2): 355–391.
- ^Nathan M. Crystal, Codification and the Rise of the Restatement Movement, 54 Wash. L. Rev. 239, 260 (1979).
- ^Kleps, Ralph L. (1959). "The Function of the Legislative Counsel". Appendix to the Journal of the Assembly, Legislature of the State of California, 1959 Regular Session. 3: 48–56. (At p. 56.)
- ^Cal. Civil Code § 1714
External links
- California Codes
- California law
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