La Unión Europea aprueba la legislación mediante diversos procedimientos. El procedimiento utilizado para una propuesta legislativa concreta depende del ámbito político en cuestión. La mayoría de las leyes deben ser propuestas por la Comisión Europea y aprobadas por el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo para convertirse en ley.
Con el paso de los años, el poder del Parlamento Europeo dentro del proceso legislativo ha aumentado considerablemente, pasando de limitarse a emitir opiniones no vinculantes o a estar totalmente excluido del proceso legislativo, a participar junto con el Consejo en dicho proceso.
La facultad de enmendar los Tratados de la Unión Europea , a veces denominados ley fundamental de la Unión o incluso su constitución de facto , está reservada a los Estados miembros y debe ser ratificada por ellos de conformidad con sus respectivos requisitos constitucionales. Una excepción a esto son las denominadas cláusulas transitorias, que permiten modificar el procedimiento legislativo utilizado en un ámbito político determinado sin necesidad de enmendar formalmente los tratados.
Participantes
Desde diciembre de 2009, tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa , tres instituciones de la UE han sido los principales participantes en el proceso legislativo: el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea, con un papel adicional de los parlamentos nacionales de la UE. [ 1 ] Las funciones legislativas y presupuestarias de la Unión son ejercidas conjuntamente por el Parlamento y el Consejo, [ 2 ] a los que se denomina legislador de la Unión en un protocolo de los tratados de la UE . [ 3 ]
La naturaleza precisa de esta organización se ha discutido ampliamente en la literatura académica, y algunos clasifican a la Unión Europea como bicameral o tricameral , [ 4 ] [ 5 ] [ 6 ] [ 7 ] aunque la propia Unión Europea no ha aceptado dicha categorización y generalmente se la considera sui generis por los observadores, dada la dinámica única entre los órganos legislativos que no se encuentra en el tricameralismo tradicional. [ 8 ]

Comisión Europea
La Comisión tiene un monopolio virtual en la introducción de legislación en el proceso legislativo, [ 9 ] un poder que le otorga una influencia considerable como creadora de la agenda para la UE en su conjunto. [ 10 ] Y si bien la Comisión introduce con frecuencia legislación a petición del Consejo o a sugerencia del Parlamento, la forma que adopten las propuestas legislativas introducidas depende de la Comisión.
Conforme al procedimiento legislativo ordinario (véase más adelante), la opinión negativa de la Comisión también obliga al Consejo a votar por unanimidad en lugar de por mayoría [ 11 ] salvo que se haya constituido un comité de conciliación . [ 12 ] También existen casos limitados en los que la Comisión puede adoptar legislación sin la aprobación de otros órganos (véase más adelante ). [ 13 ] [ 14 ]
Parlamento Europeo
Los 720 miembros del Parlamento Europeo son elegidos directamente cada cinco años por sufragio universal . Se organiza como un parlamento multipartidista normal, llevando a cabo la mayor parte de su trabajo en comisiones y sesionando en grupos políticos en lugar de delegaciones nacionales. Sin embargo, sus grupos políticos son muy débiles debido a su condición de amplias agrupaciones ideológicas de los partidos nacionales existentes. [ 15 ]
Los poderes del Parlamento han aumentado considerablemente desde la década de 1950, a medida que los nuevos procedimientos legislativos otorgaron mayor igualdad entre el Parlamento y el Consejo. También se ha convertido en requisito que la composición de la Comisión Europea esté sujeta a la aprobación del Parlamento en su conjunto. Sin embargo, la elección de los candidatos sigue siendo competencia del Consejo de la Unión Europea, y la Comisión Europea conserva la potestad exclusiva de iniciativa legislativa. Teniendo en cuenta que la Comisión (y también el Consejo) son los antagonistas del Parlamento en el sistema de separación de poderes, esto se considera un déficit democrático. [ 16 ] [ 17 ]
Consejo de la Unión Europea
El Consejo de la UE (también conocido como «el Consejo de Ministros» o simplemente «el Consejo») representa a los gobiernos nacionales de los Estados miembros y, por lo tanto, su composición es esencialmente el número de Estados miembros (27), aunque los votos se ponderan según la población de cada Estado (véanse los procedimientos a continuación para mayor claridad). En consecuencia, no se reúne según grupos políticos y, en lugar de llevar a cabo la mayor parte de su trabajo en comisiones, gran parte de su labor la realizan sus órganos preparatorios (los Grupos de Trabajo y el COREPER ).
parlamentos nacionales
Los parlamentos nacionales de los Estados miembros de la UE cuentan con un «mecanismo de alerta temprana» mediante el cual, si un tercio de los miembros presenta una objeción —una «tarjeta amarilla»— alegando que se ha vulnerado el principio de subsidiariedad , la propuesta debe ser revisada. Si la mayoría lo hace —una «tarjeta naranja»—, el Consejo o el Parlamento pueden rechazarla inmediatamente. Si se superan los problemas logísticos para su implementación, el poder de los parlamentos nacionales podría ser criticado como el de una legislatura extraparlamentaria, sin debate común ni sede física: EU Observer la ha denominado «tercera cámara virtual». [ 18 ]
Procedimiento legislativo ordinario

El procedimiento legislativo ordinario [ 19 ] es el principal procedimiento legislativo mediante el cual se adoptan directivas y reglamentos. Anteriormente se conocía como procedimiento de codecisión y, en ocasiones, se le denomina « método comunitario » en contraposición a los « métodos intergubernamentales », que pueden referirse indistintamente al procedimiento de consulta o al método abierto de coordinación . [ 20 ] [ 21 ]
El artículo 294 del TFUE [ 22 ] describe el procedimiento legislativo ordinario de la siguiente manera: La Comisión presenta una propuesta legislativa al Parlamento y al Consejo. En primera lectura, el Parlamento adopta su posición. Si el Consejo aprueba el texto del Parlamento, se aprueba la ley. En caso contrario, adopta su propia posición y la remite al Parlamento con las explicaciones pertinentes. La Comisión también informa al Parlamento de su posición al respecto. En segunda lectura, se aprueba la ley si el Parlamento aprueba el texto del Consejo o no se pronuncia. El Parlamento puede rechazar el texto del Consejo, lo que conlleva la anulación de la ley, o modificarlo y remitirlo al Consejo. La Comisión vuelve a emitir su dictamen. Si la Comisión ha rechazado las enmiendas en su dictamen, el Consejo debe aprobar la ley por unanimidad, en lugar de por mayoría. [ 11 ]
Si, dentro de los tres meses siguientes a la recepción del nuevo texto del Parlamento, el Consejo lo aprueba, entonces se adopta. Si no lo aprueba, el Presidente del Consejo, con el acuerdo del Presidente del Parlamento, convoca al Comité de Conciliación, integrado por el Consejo y un número igual de eurodiputados (con la asistencia de la Comisión como moderadora). El comité elabora un texto conjunto sobre la base de ambas posiciones. Si en un plazo de seis semanas no se llega a un acuerdo sobre un texto común, entonces la ley se considera rechazada. Si se llega a un acuerdo y el comité aprueba el texto, entonces el Consejo y el Parlamento (actuando por mayoría) deben aprobar dicho texto (tercera lectura). Si alguno de ellos no lo hace, la ley no se adopta. [ 11 ]
El procedimiento se introdujo con el Tratado de Maastricht como procedimiento de codecisión [ 23 ] y, en un principio, tenía como objetivo sustituir el procedimiento de cooperación (véase más adelante). El procedimiento de codecisión fue modificado por el Tratado de Ámsterdam [ 24 ] , y tanto este tratado como el Tratado de Niza aumentaron considerablemente el número de bases jurídicas en las que se aplica . El Tratado de Lisboa lo denominó procedimiento legislativo ordinario y lo extendió a casi todos los ámbitos, como la agricultura , la pesca , el transporte, los fondos estructurales, el presupuesto general y el antiguo tercer pilar [ 19 ] .
Trío
El trílogo es un tipo de reunión informal utilizada en el procedimiento legislativo ordinario de la UE. [ 25 ] En él participan representantes del Parlamento Europeo (PE), el Consejo de la UE y la Comisión Europea . Los trílogos son reuniones tripartitas, si bien la CE actúa como mediadora entre el PE y el Consejo. Las negociaciones del trílogo tienen como objetivo lograr un acuerdo entre las tres instituciones para agilizar el procedimiento legislativo ordinario. La expresión «trílogo formal» se utiliza a veces para describir las reuniones del Comité de Conciliación, [ 26 ] que tienen lugar entre la segunda y la tercera lectura de una propuesta legislativa. Sin embargo, el término trílogo se refiere principalmente a negociaciones informales interinstitucionales [ 27 ] que pueden tener lugar en cualquier fase del procedimiento legislativo ordinario, desde la primera fase hasta la fase del procedimiento de conciliación formal. [ 28 ] Los acuerdos alcanzados en los trílogos aún deben ser aprobados mediante los procedimientos formales de cada una de las tres instituciones. Los trílogos se "formalizaron" en 2007 [ 29 ] en una declaración conjunta del PE, el Consejo y la CE [ 30 ] pero no están regulados por la legislación primaria.
La evolución del proceso de integración europea, junto con la evolución del papel del PE como colegislador, ha producido un aumento en el número de reuniones de trílogo. [ 31 ] Durante el período legislativo 2009-2014, cuando entró en vigor el Tratado de Lisboa y el procedimiento de codecisión se convirtió en procedimiento legislativo ordinario —estableciendo el papel del PE y del Consejo de la UE como colegisladores—, el 85 % de los actos legislativos se aprobaron en primera lectura, el 13 % en segunda lectura y solo el 2 % se incluyeron en el procedimiento de conciliación. Esta tendencia corresponde a un aumento en el número de trílogos (más de 1500 en el mismo período) [ 32 ] y se considera una prueba de la eficacia de los trílogos para agilizar el procedimiento legislativo. [ 27 ]
La principal herramienta utilizada en los trílogos es el documento de cuatro columnas, una hoja de trabajo dividida en cuatro secciones, cada una de las cuales comprende las posiciones de las tres instituciones de la UE. La primera columna está dedicada a la posición de la CE, la segunda a la del PE y la tercera al del Consejo. La cuarta y última columna se reserva para el texto de compromiso que se espera que surja. Sin embargo, aunque las dos primeras posiciones son públicas, las otras dos suelen contener elementos textuales que no han sido adoptados y el contenido de la cuarta columna permanece inaccesible al público. [ 31 ] Los trílogos han sido criticados por su falta de transparencia y legitimidad democrática. [ 33 ] El Defensor del Pueblo Europeo , el organismo de la UE responsable de investigar las quejas sobre la mala administración de las instituciones y otros organismos de la UE, inició en 2015 una investigación estratégica para determinar la necesidad de una reforma del trílogo, presentando propuestas para una mayor transparencia. [ 34 ]
Procedimientos legislativos especiales
Los tratados prevén procedimientos legislativos especiales para áreas sensibles. Estos procedimientos son adoptados unilateralmente por el Consejo, con la participación exclusiva de la otra parte. Entre los procedimientos más destacados se encuentran los de consulta y consentimiento, si bien se utilizan otros para casos específicos.
Procedimiento de consulta
Conforme a este procedimiento, el Consejo, actuando por unanimidad o por mayoría cualificada según el ámbito político de que se trate, puede adoptar legislación basada en una propuesta de la Comisión Europea tras consultar al Parlamento Europeo. Si bien está obligado a consultar al Parlamento sobre las propuestas legislativas, el Consejo no está vinculado por la postura parlamentaria. En la práctica, el Consejo suele ignorar las sugerencias del Parlamento e incluso, en ocasiones, llega a un acuerdo antes de recibir su opinión. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que el Consejo debe esperar la opinión del Parlamento y ha anulado legislación adoptada por el Consejo antes de que el Parlamento emitiera su dictamen. [ 35 ]
Antes del Acta Única Europea , el procedimiento de consulta era el más utilizado en la entonces Comunidad Europea . La consulta se sigue utilizando para la legislación relativa a las exenciones del mercado interior y al derecho de la competencia. [ 36 ] Este procedimiento también se utiliza en relación con los órganos consultivos de la Unión, como el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social, que deben ser consultados en diversos ámbitos en virtud de los tratados que afectan a su área de competencia. Este procedimiento se lleva a cabo además de la consulta con el Parlamento Europeo o los demás procedimientos legislativos.
Procedimiento de consentimiento
En el procedimiento de consentimiento (anteriormente procedimiento de aprobación), el Consejo puede adoptar legislación basada en una propuesta de la Comisión Europea tras obtener el consentimiento del Parlamento. Por lo tanto, el Parlamento tiene la potestad legal de aceptar o rechazar cualquier propuesta, pero no existe un mecanismo legal para proponer enmiendas. No obstante, el Parlamento ha previsto una comisión de conciliación y un procedimiento para presentar informes provisionales en los que puede plantear sus inquietudes al Consejo y amenazar con denegar su consentimiento si no se atienden dichas inquietudes. [ 37 ] Esto se aplica a la admisión de miembros , los métodos de retirada , la disposición subsidiaria sobre la base jurídica general y la lucha contra la discriminación. [ 36 ]
Incorporación al derecho interno
Los sistemas jurídicos nacionales de los Estados miembros son en su mayoría un legado de distintas legislaciones históricas [ 38 ], cada una de las cuales debe adaptarse para desempeñar un papel esencial en la aplicación efectiva y uniforme de las normas del Derecho de la Unión Europea . Los gobiernos de los Estados miembros tienen la obligación, en virtud de los tratados de la UE , de modificar su legislación primaria y secundaria vigente de manera razonablemente coherente y comprensible para particulares y empresas, con el fin de aplicar la legislación y las directivas de la UE de forma coherente y fiable en todas las jurisdicciones de cada Estado miembro de la Unión Europea de manera oportuna .
Procedimientos no legislativos
Comisión y Consejo actuando por su cuenta
Conforme a este procedimiento, el Consejo puede adoptar actos jurídicos propuestos por la Comisión sin necesidad de la opinión del Parlamento. Este procedimiento se utiliza para fijar el arancel exterior común (artículo 31, antiguo artículo 26) y para negociar acuerdos comerciales en el marco de la Política Comercial Común de la UE (artículo 207, apartado 3). Sin embargo, formalmente hablando, estos actos no son actos legislativos.
Comisión actuando sola
En algunos ámbitos limitados, la Comisión tiene potestad para adoptar legislación reglamentaria o técnica sin consultar ni obtener el consentimiento de otros organismos. La Comisión puede adoptar actos jurídicos por iniciativa propia en relación con los monopolios y las concesiones otorgadas a empresas por los Estados miembros y en relación con el derecho de los trabajadores a permanecer en un Estado miembro tras haber sido empleados en él (artículo 45, apartado 3, letra d), del TFUE). Se han adoptado dos directivas mediante este procedimiento: una sobre transparencia entre los Estados miembros y las empresas [ 13 ] y otra sobre competencia en el sector de las telecomunicaciones [ 14 ] . Formalmente hablando, estos actos no son actos legislativos.
revisiones del tratado
El Tratado de Lisboa de 2009 estableció dos vías diferentes para la modificación de los tratados de la Unión Europea: un procedimiento de revisión ordinario, similar en líneas generales al proceso de revisión anterior, ya que implica la convocatoria de una conferencia intergubernamental, y un procedimiento de revisión simplificado mediante el cual la tercera parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que trata sobre la política y la actuación internas de la Unión, podría modificarse por decisión unánime del Consejo Europeo , siempre que no se modifique el ámbito de competencia de la UE y sujeta a la ratificación de todos los Estados miembros de la forma habitual.
El Tratado también prevé la cláusula de paso, que permite al Consejo Europeo decidir por unanimidad sustituir la votación unánime en el Consejo de Ministros por la votación por mayoría cualificada en ámbitos específicos, con el consentimiento previo del Parlamento Europeo, y pasar de un procedimiento legislativo especial al procedimiento legislativo ordinario.
Procedimiento de revisión ordinario
- Las propuestas de modificación de los tratados son presentadas por un Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión Europea al Consejo de Ministros, que a su vez las remite al Consejo Europeo y notifica a los Estados miembros. No existen limitaciones en cuanto al tipo de modificaciones que se pueden proponer.
- El Consejo Europeo, tras consultar al Parlamento Europeo y a la Comisión, vota a favor de examinar las propuestas por mayoría simple y, a continuación, procede de una de las siguientes maneras:
- El Presidente del Consejo Europeo convoca una convención con representantes de los parlamentos nacionales, los gobiernos, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea para examinar las propuestas. Posteriormente, la convención presenta su recomendación final al Consejo Europeo.
- O bien el Consejo Europeo decide, con el acuerdo del Parlamento Europeo, no convocar una convención y establece los términos de referencia para la propia conferencia intergubernamental.
- El Presidente del Consejo Europeo convoca una conferencia intergubernamental en la que participan representantes de los gobiernos de cada Estado miembro. En dicha conferencia se redacta y finaliza un tratado basado en la recomendación del convenio o en el mandato del Consejo Europeo.
- Los líderes de la UE firman el tratado.
- Posteriormente, todos los Estados miembros deberán ratificar el tratado "de conformidad con sus respectivos requisitos constitucionales" para que este entre en vigor.
Procedimiento de revisión simplificado
- Las propuestas de modificación de la Parte tres del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea son presentadas por un Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión Europea al Consejo de Ministros, que a su vez las remite al Consejo Europeo y notifica a los Estados miembros. Las modificaciones propuestas no pueden aumentar las competencias de la Unión.
- El Consejo Europeo, tras consultar al Parlamento Europeo y a la Comisión, vota por unanimidad a favor de adoptar una decisión que modifica la tercera parte sobre la base de las propuestas.
- Para que la decisión entre en vigor, todos los Estados miembros deben aprobarla "de conformidad con sus respectivos requisitos constitucionales".
La cláusula de la pasarela
La cláusula Passerelle permite modificar los procedimientos de votación sin enmendar los tratados de la UE. En virtud de esta cláusula, el Consejo Europeo puede, tras recibir el consentimiento del Parlamento Europeo, votar por unanimidad para:
- Permitir que el Consejo de Ministros actúe por mayoría cualificada en ámbitos en los que antes debía actuar por unanimidad, salvo en decisiones con implicaciones militares o de defensa.
- permitir que la legislación se apruebe sobre la base del procedimiento legislativo ordinario cuando anteriormente debía aprobarse sobre la base de un procedimiento legislativo especial.
La decisión del Consejo Europeo de utilizar cualquiera de estas disposiciones solo podrá entrar en vigor si, seis meses después de que todos los parlamentos nacionales hayan sido notificados de la decisión, ninguno presenta objeciones.
Actos jurídicos
Los actos jurídicos derivados de estos procedimientos pueden adoptar diversas formas. Un reglamento es una ley con efecto directo; por ejemplo, el reglamento sobre tarifas de roaming , que estableció inmediatamente límites de precio para las llamadas de telefonía móvil realizadas en otro Estado miembro de la UE. Una directiva debe transponerse, dentro de ciertos límites, al derecho nacional; por ejemplo, la Directiva sobre la duración de los derechos de autor, que se transpuso en Grecia como la Ley n.º 2557/1997 y en Irlanda como el Reglamento de las Comunidades Europeas (Plazo de protección de los derechos de autor), 1995. Una decisión tiene efecto directo, pero solo en relación con una persona o entidad específica, y también existen otros instrumentos no vinculantes.
Véase también
Notas
- ↑ "El papel legislativo de los parlamentos nacionales en la Unión Europea" (PDF) . Parlamento Europeo . 2017.
- ↑ Artículos 14 y 16 del Tratado de la Unión Europea
- ↑ Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - PROTOCOLOS - Protocolo (nº 2) relativo a la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad
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- 1 2 3 Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
- ↑ Artículo 293 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
- 1 2 Dir. 80/723 [1980] DO L 195/35
- 1 2 Dir. 88/301 [1988] DO L 131/73
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- ↑ Anteriormente artículo 251 del Tratado TEC anterior al Tratado de Lisboa
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Referencias
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- Corbett, Richard; Jacobs, Francis; Shackleton, Michael (2011), El Parlamento Europeo (8.ª ed.), Londres: John Harper Publishing, ISBN 978-0-9564508-5-2
Enlaces externos
- Sitio web de la UE sobre la toma de decisiones
- Parlamento Europeo: Procedimientos
- Procedimiento legislativo de la Unión Europea
- Derecho constitucional de la Unión Europea