Articulo de referencia

Comisión de Asuntos Estatutarios

La Comisión de Asuntos Estatutarios (CSQ) era el órgano estatutario de la Liga de los Comunistas de Yugoslavia (LCY), el partido gobernante de la República Federativa Socialista...

La Comisión de Asuntos Estatutarios (CSQ) era el órgano estatutario de la Liga de los Comunistas de Yugoslavia (LCY), el partido gobernante de la República Federativa Socialista de Yugoslavia . Era elegida por el Congreso de la LCY y rendía cuentas ante él . A lo largo de su historia, la comisión sufrió varios cambios de nombre. Se la conoció como Comisión Central de Control de 1948 a 1964, Comisión de Control de 1964 a 1969 y Comisión de Asuntos Estatutarios desde 1969 hasta la disolución de la LCY. Los observadores extranjeros a menudo se referían a la comisión como la comisión estatutaria. La comisión estaba encabezada por un presidente y un secretario , de forma similar a la Presidencia del Comité Central de la LCY .

Historia

Al principio, la Comisión de Control Central estaba subordinada institucionalmente al Comité Central de la LCY e informalmente al heredero aparente de Josip Broz Tito, Aleksandar Ranković . Por ejemplo, cuando el comunista serbio Predrag Ajtić fue expulsado de la LCY en 1962, apeló directamente al Comité Central de la LCY, pero no obtuvo respuesta. Entonces apeló a la Comisión de Control Central, que lo disuadió de apelar directamente al próximo congreso del partido y le propuso, en cambio, apelar directamente a Ranković personalmente. Ranković decidió entonces personalmente que Ajtić podía reincorporarse al partido, pero que el hecho que había causado su expulsión en primer lugar no se volvería a examinar. [ 1 ] Sin embargo, la comisión también podía formular críticas constructivas al partido. Por ejemplo, en noviembre de 1963 afirmó en un informe que tanto los miembros ordinarios como los altos cargos tendían a restringir el derecho de los miembros a criticar a individuos y políticas. [ 2 ] El VIII Congreso de la LCY , celebrado del 7 al 13 de diciembre de 1964, modificó los estatutos del partido para que la comisión fuera elegida por el congreso del partido y no por el Comité Central de la LCY. Lazar Koliševski , un alto funcionario del partido, afirmó en su discurso ante el VIII Congreso de la LCY que este cambio de reglamento hacía independiente a la comisión del Comité Central de la LCY. Esto, según él, facilitaría a la comisión la supervisión y el cumplimiento de los estatutos del partido. [ 3 ] Sin embargo, posteriormente matizó esta declaración diciendo que la comisión continuaría trabajando junto con el Comité Central de la LCY. [ 1 ]

Este marco institucional establecido duró hasta la 5.ª Sesión del Comité Central del 8.º Congreso el 4 de octubre de 1966. [ 4 ] Anteriormente, en la 4.ª Sesión del Comité Central del 8.º Congreso el 1 de julio de 1966, la LCY había purgado a Ranković, vicepresidente de Yugoslavia y jefe de la Administración de Seguridad del Estado , por supuestamente haber instalado micrófonos en la habitación de Tito. [ 5 ] Para reducir la excesiva centralización del poder en figuras clave, en la misma sesión se estableció la Comisión para la Reorganización y el Desarrollo Futuro de la LCY (CRFD-LCY), encabezada por Mijalko Todorović , para recomendar una reforma organizativa del partido. [ 6 ] Durante el debate sobre la reforma del partido, según la académica April Carter, «la Comisión de Control observó una completa falta de interés en su futuro durante las discusiones de 1967 sobre la reorganización y, por lo tanto, se encargó de debatir la cuestión en sí». [ 1 ] En contra de quienes creían que la comisión era superflua, la comisión argumentó que era necesaria para salvaguardar las normas del partido. Propuso reformar su composición convirtiendo las comisiones de control republicanas en tribunales de apelación finales en materia disciplinaria y la comisión de control federal en una especie de tribunal constitucional encargado de salvaguardar el orden regulatorio del partido. Los órganos supervisores le encomendaron asegurar que se observaran las prácticas democráticas dentro del partido, proponer y considerar enmiendas estatutarias, y supervisar y mantener los estatutos de las ramas de la liga en consonancia con el estatuto federal. El IX Congreso de la LCY , celebrado del 11 al 15 de marzo de 1969, enmendó el estatuto del partido para reflejar estos cambios y cambió el nombre de la comisión a "Comisión de Cuestiones Estatutarias de la Liga de Comunistas de Yugoslavia". [ 1 ] El IX Congreso de la LCY enmendó el estatuto federal para establecer que los estatutos de las ramas de la liga tenían un año para enmendarlos y adaptarlos a la última enmienda del estatuto federal. En junio de 1969, la comisión estatutaria convocó una reunión para iniciar el proceso de enmienda de los estatutos de las filiales de la liga, y en noviembre de ese mismo año, señaló que todas las filiales habían enmendado sus estatutos para que estuvieran en consonancia con el federal. [ 7 ]

Autoridad y poderes

La CSQ fue elegida por el Congreso de la LCY , el máximo órgano de la liga, ante el cual rendía cuentas . La comisión debía informar sobre sus actividades en cada congreso desde el último congreso convocado. [ 8 ] El informe presentado al congreso debía ser aprobado por votación. Si el informe no obtenía el respaldo del congreso, se iniciaba un debate que culminaba con un voto de confianza en la CSQ. Si el voto de confianza era favorable, el congreso organizaba nuevas elecciones para la composición de la CSQ. [ 9 ] La CSQ solo podía adoptar decisiones dentro del ámbito de su trabajo y responsabilidad, y no tenía poderes fuera de sus funciones estatutarias. Junto con las comisiones estatutarias de menor nivel, la CSQ garantizaba la aplicación coherente del estatuto dentro del partido. Supervisaba la implementación de las disposiciones del estatuto, emitía advertencias cuando identificaba desviaciones de los principios o normas estatutarias y formulaba recomendaciones a las organizaciones, foros y órganos pertinentes del partido para eliminarlas. Como parte de su análisis de las quejas relativas a violaciones de los principios y normas estatutarias, y al evaluar si diversas decisiones y acciones dentro del partido se ajustaban a los estatutos, la comisión podía tomar decisiones autónomas, en virtud de sus derechos y responsabilidades y de acuerdo con los procedimientos establecidos en los estatutos, a solicitud de los miembros, organizaciones y órganos del partido. Era obligatorio para todos los miembros, organizaciones básicas, foros y órganos del partido acatar las decisiones de la CSQ. [ 10 ]

El artículo 88 del estatuto del partido establecía que los candidatos a miembros del CSQ eran elegidos de la misma manera que los candidatos a miembros del Comité Central de la LCY . [ 11 ] Esto significa que los candidatos a miembros del CSQ eran nominados por las conferencias comunales y otras conferencias correspondientes, aplicando un procedimiento democrático basado en criterios uniformes. Los nominados eran decididos por el congreso de las secciones de la LC, de acuerdo con sus respectivas jurisdicciones. [ 12 ] Cada sección republicana de la LC tenía un número igual de representantes en el CSQ, mientras que las secciones no republicanas tenían un representante cada una. El presidente de una comisión de cuestiones estatutarias en una sección era miembro ex officio de la comisión. Los cambios en la composición del CSQ debido a cambios en los miembros ex officio eran ratificados por la primera sesión de la comisión convocada posteriormente. [ 11 ] El presidente y el secretario del CSQ eran elegidos de entre sus propios miembros, y debían cumplir su mandato electoral, ya que las elecciones durante un mandato no podían repetirse. [ 13 ] Además, el Comité Central de la LCY tenía derecho a fijar el número de miembros que el congreso del partido podía elegir para el CSQ. [ 12 ]

El presidente de la CSQ tenía derecho a convocar reuniones de la comisión siempre que fuera posible, pero también podía convocarla a propuesta de sus propios miembros. El Comité Central de la LCY, la Presidencia de la LCY y los comités centrales y comisiones estatutarias de las ramas republicanas también tenían derecho a proponer reuniones de la CSQ, pero no podían convocarlas. El presidente establecía el orden del día de la reunión, y el titular de la misma presidía las reuniones de la comisión. [ 13 ] La Comisión de Asuntos Estatutarios estaba autorizada a interpretar las disposiciones estatutarias y a determinar si las disposiciones de los estatutos de la LCY no se ajustaban a los estatutos de las ramas republicanas y del Ejército Popular Yugoslavo. [ 14 ] De acuerdo con estas facultades, la comisión tenía derecho a formular propuestas, supervisar el trabajo estatutario y analizar la aplicación del estatuto de la LCY. Además, podía formular recomendaciones a la Presidencia, al Comité Central y al Congreso de la LCY sobre cómo mejorar la aplicación de las normas estatutarias y prevenir infracciones. Era el único órgano con derecho a preparar propuestas para la enmienda y complementación del estatuto al Congreso de la LCY. Estas propuestas podían ser iniciadas por el CSQ, por miembros ordinarios del partido o por los órganos de la LCY. Según su propio criterio, el CSQ podía rechazar estas iniciativas si consideraba que las propuestas eran inútiles. [ 14 ] El estatuto de la LCY dejaba claro que los estatutos de las ramas solo podían adoptar sus propios estatutos sobre la base y en conformidad con el federal. [ 15 ]

Todo miembro del partido, organización, foro y órgano del partido podía solicitar a la comisión que evaluara si ciertos actos se ajustaban al estatuto. En un plazo de dos meses a partir de la decisión, podían apelar ante la CSQ la decisión de las comisiones de cuestiones estatutarias de una rama republicana y militar en relación con disputas sobre antigüedad y expulsiones. La CSQ también tenía derecho a examinar quejas o solicitudes para evaluar si las decisiones de expulsión de la LCY eran correctas. Cuando lo considerara necesario, la comisión podía iniciar consultas sobre estos asuntos con las comisiones estatutarias de una rama de la LCY e iniciar procedimientos para aclarar las circunstancias y determinar los hechos y la justificación de la decisión de expulsión. Si un miembro del Comité Central de la LCY o un comité de una de las ramas apelaba su expulsión de la LCY, la CSQ debía notificarlo a la Presidencia de la LCY. La comisión y la presidencia examinarían entonces la apelación conjuntamente, en cooperación con el comité de la rama correspondiente. [ 14 ]

Referencias

Bibliografía

  • Burg, Steven L. (1983). Conflicto y cohesión en la Yugoslavia socialista: la toma de decisiones políticas desde 1966. Princeton University Press . ISBN 0-691-07651-0.
  • Carter, April (1982). Reforma democrática en Yugoslavia: El papel cambiante del partido . Frances Pinter Publishers . ISBN 0-903804-88-3.
  • Pirjevec, Jože (2018). Tito y sus camaradas . Prensa de la Universidad de Wisconsin . ISBN 9780299317706.
  • Shaffer, Harry G. (1967). «El “camino propio de Yugoslavia hacia el socialismo”: una perspectiva no marxista». En Shaffer, Harry G. (ed.). El mundo comunista: perspectivas marxistas y no marxistas (2.ª  ed.). Meredith Publishing Company . pp. 223–259 . ISBN  9780891970934.
  • Simons, Williams B.; White, Stephen , eds. (1984). «El Estatuto de la Liga de Comunistas de Yugoslavia». Estatutos de los partidos del mundo comunista . Derecho en Europa del Este. Martinus Nijhoff Publishers . págs. 485–533 . ISBN  90-247-2975-0.

Notas a pie de página