Communitas perfecta ("comunidad perfecta") o societas perfecta ("sociedad perfecta") es elnombre en latín que recibe una de las diversas teorías eclesiológicas , canónicas yde la Iglesia Católica . Esta doctrina enseña que la Iglesia es un grupo autosuficiente o independiente que ya posee todos los recursos y condiciones necesarios para alcanzar su objetivo final: la salvación universalde la humanidad. Históricamente, se ha utilizado para definir las relaciones Iglesia-Estado y para fundamentar teóricamente las facultades legislativas de la Iglesia en la filosofía del derecho canónico católico .
La communitas perfecta en Aristóteles
Sus orígenes se remontan a la Política de Aristóteles , quien describió la polis como un todo compuesto de varias partes imperfectas, es decir, la culminación de comunidades naturales como la familia y la aldea. [ 1 ] La «comunidad perfecta» se desarrolló originalmente como una teoría de la sociedad política. La organización política más soberana (la polis ) puede alcanzar el fin de la comunidad en su conjunto (la felicidad) mejor que cualquiera de las partes subordinadas de la comunidad (familia, aldea, etc.). Dado que puede alcanzar su fin ( telos ) por sus propios poderes y recursos internos, es autosuficiente. La autosuficiencia es el elemento definitorio de la polis. [ 1 ]
Desarrollo académico
La idea de "comunidad perfecta" también estaba presente en la filosofía medieval . En referencia directa a Aristóteles, Tomás de Aquino menciona el estado ( civitas ) [ 2 ] como una comunidad perfecta ( communitas perfecta ): [ 3 ]
Así como un hombre forma parte del hogar, un hogar forma parte del Estado; y el Estado es una comunidad perfecta, según la Política i, 1. Por lo tanto, así como el bien de un hombre no es el fin último, sino que está ordenado al bien común, así también el bien de un hogar está ordenado al bien de un solo Estado, que es una comunidad perfecta. En consecuencia, quien gobierna una familia puede, en efecto, dar ciertas órdenes u ordenanzas, pero no tales como para tener propiamente fuerza de ley. [ 4 ]
Aquino nunca se refirió a la Iglesia como una comunidad perfecta en sus escritos. [ 5 ] Si Aquino y los escritores medievales tenían alguna noción de que la communitas perfecta se aplicara a la Iglesia, no la expresaron claramente ni constituyeron una base clara para la teoría de la societas perfecta utilizada en controversias posteriores entre la Iglesia y el Estado. [ 6 ]
Usos de los Papas
León XIII , en su encíclica Immortale Dei , explica esta enseñanza en relación con la Iglesia Católica: [ 7 ]
Es una sociedad constituida por derecho divino, perfecta en su naturaleza y en su título, para poseer en sí misma y por sí misma, mediante la voluntad y la bondad amorosa de su Fundador, todo lo necesario para su mantenimiento y funcionamiento. Y así como el fin al que se dirige la Iglesia es, con mucho, el más noble de los fines, así también su autoridad es la más excelsa de todas las autoridades, y no puede considerarse inferior al poder civil, ni dependiente de él en modo alguno.
Las dos sociedades perfectas corresponden a dos fuerzas, la iglesia y el estado, afirma además León XIII: [ 7 ]
Por lo tanto, el Todopoderoso ha confiado la responsabilidad de la raza humana a dos poderes, el eclesiástico y el civil, uno establecido sobre las cosas divinas y el otro sobre las humanas. Cada uno en su género es supremo, cada uno tiene límites fijos dentro de los cuales se encuentra contenido, límites que están definidos por la naturaleza y el objeto especial de la jurisdicción de cada uno.
Benedicto XV escribió: [ 8 ]
La Iglesia, Madre sapientísima, quiso por Cristo, su Fundador, que desde sus inicios poseyera todas las características de una sociedad perfecta, cuando, según la tarea que le encomendó el Señor, comenzó a educar y gobernar a todos los pueblos, y se dedicó a regular y defender la conducta de las personas consagradas y del pueblo cristiano con ciertas leyes.
Acontecimientos en el período postconciliar
Hasta el Concilio Vaticano II , la doctrina de las dos sociedades perfectas de León XIII se consideraba oficial en los estudios teológicos. Durante el concilio, así como en el nuevo Código de Derecho Canónico de 1983 , la doctrina dejó de mencionarse explícitamente y la «Comunidad Perfecta» aristotélica fue prácticamente sustituida por el « Pueblo de Dios » bíblico. En la teología católica posconciliar moderna, su debate se limita a teólogos y académicos. Su casi abandono del discurso ha resultado controvertido.
En cualquier caso, el Papa Pablo VI lo mencionó y lo resumió en el motu proprio Sollicitudo omnium ecclesiarum de 1969 sobre las tareas del legado papal :
Es innegable que las funciones de la Iglesia y del Estado pertenecen a órdenes distintos. La Iglesia y el Estado son, en sus respectivos ámbitos, sociedades perfectas. Esto significa que poseen su propio ordenamiento jurídico y todos los recursos necesarios. Asimismo, dentro de su jurisdicción, tienen derecho a aplicar sus leyes. Por otro lado, no debe olvidarse que ambos persiguen un bienestar similar: que el pueblo de Dios alcance la salvación eterna. [ 9 ]
Referencias
- 1 2 Aristóteles, Política, libro I, capítulo 1
- ↑ La traducción de "civitas" por "estado" en este punto, véase Aroney, Nicholas, "Subsidiarity, Federalism and the Best Constitution : Thomas Aquinas on City, Province and Empire.", en Law and Philosophy , vol. 26, pp. 161–228, 2007.
- ↑ Summa I-II q 90 a 3 (Inglés: NewAdvent.org )
- ↑ Summa Theologiæ Ia-IIæ q.90 rep. obj. 3 http://sacred-texts.com/chr/aquinas/summa/sum228.htm , consultado el 8 de mayo de 2014
- ↑ Robert A. Graham, SJ, Diplomacia vaticana: un estudio de la Iglesia y el Estado en el plano internacional (Princeton, Nueva Jersey: Princeton University Press, 1959) pág. 230.
- ↑ Robert A. Graham, SJ, Diplomacia vaticana: un estudio de la Iglesia y el Estado en el plano internacional (Princeton, Nueva Jersey: Princeton University Press, 1959) pág. 231.
- ^ " Immortale Dei (1 de noviembre de 1885) | LEO XIII" . www.vatican.va . Consultado el 4 de mayo de 2023 .
- ↑ «Providentissima Mater (27 de mayo de 1917) | BENEDETTO XV» . www.vatican.va . Consultado el 4 de mayo de 2023 .
- ↑ Citado de Listl, Iglesia y Estado, pág. 227
Fuentes
- Listl, Joseph. Iglesia y Estado en el reciente Derecho Canónico Católico , Berlín, 1978.
Lecturas adicionales
- Böckenförde, Ernst-Wolfgang. "Estado - Sociedad - Iglesia", en: Escritos sobre el Estado - Sociedad - Iglesia , III, Friburgo, 1990, págs. 113-211.
- eclesiología católica
- Teología y política cristianas
- aristotelismo
- Filosofía política
- Terminología jurídica de la Iglesia Católica
- Jurisprudencia tomista
- Teoría utópica