Tribunal competente es un término utilizado en el artículo 5, párrafo 2, del Tercer Convenio de Ginebra , que establece:
En caso de duda sobre si personas que han cometido un acto beligerante y han caído en poder del enemigo pertenecen a alguna de las categorías enumeradas en el artículo 4, dichas personas gozarán de la protección de la presente Convención hasta que su condición sea determinada por un tribunal competente.
— Tercer Convenio de Ginebra, artículo 5, ¶ 2
Comentario del CICR sobre los tribunales competentes
El comentario del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) sobre el artículo 5 del Tercer Convenio de Ginebra dice sobre la cuestión del tribunal competente que:
PÁRRAFO 2.--PERSONAS CUYA CONDICIÓN ESTÁ EN DUDA
Esta disposición se aplicaría a los desertores y a las personas que acompañan a las fuerzas armadas y han perdido su documento de identidad.
Se trata de una disposición nueva que se incluyó en la Convención a petición del Comité Internacional de la Cruz Roja. El Comité Internacional presentó el siguiente texto, que fue aprobado en la Conferencia de Estocolmo:"Si surgiera alguna duda sobre si alguna de estas personas pertenece a una de las categorías mencionadas en dicho artículo, dicha persona se beneficiará de la presente Convención hasta que su condición haya sido determinada por alguna autoridad responsable" (10).
En Ginebra, en 1949, se propuso por primera vez que, para mayor precisión, se sustituyera el término "autoridad responsable" por "tribunal militar" (11). Esta enmienda se basaba en la opinión de que las decisiones que podrían tener las consecuencias más graves deberían dejarse en manos de una sola persona, que a menudo podría ser de rango subordinado. El asunto debería llevarse a un tribunal, ya que las personas que participan en la lucha sin derecho a hacerlo pueden ser procesadas por asesinato o intento de asesinato, e incluso pueden ser condenadas a la pena capital (12). Sin embargo, esta sugerencia no fue aceptada por unanimidad, ya que se consideró que llevar a una persona ante un tribunal militar podría tener consecuencias más graves que una decisión de privarla de los beneficios que ofrece la Convención (13). Por lo tanto, se introdujo otra enmienda al texto de Estocolmo, estipulando que la decisión sobre las personas cuyo estatus estaba en duda sería adoptada por un "tribunal competente", y no específicamente por un tribunal militar.
Se introdujo otro cambio en el texto del párrafo, tal como estaba redactado en Estocolmo, a fin de especificar que se aplica a los casos en que exista duda sobre si las personas que han cometido un acto beligerante y han caído en manos del enemigo pertenecen a alguna de las categorías enumeradas en el artículo 4 (14). La aclaración contenida en el artículo 4 debería, por supuesto, reducir el número de casos dudosos en cualquier conflicto futuro. Por
lo tanto, nos parece que esta disposición no debería interpretarse de manera demasiado restrictiva; la referencia que se hace en la Convención a "un acto beligerante" se refiere al principio que motivó a la persona que lo cometió, y no simplemente a la manera en que se cometió el acto.
- (10) [(1) p.77] Véase ' XVII Conferencia Internacional de la Cruz Roja, Proyectos de Convenios revisados o nuevos ', p. 54;
- (11) [(2) p.77] Véase ' Acta Final de la Conferencia Diplomática de Ginebra de 1949 ', Vol. II-A, pág. 388;
- (12) [(3) p.77] Ibíd., Vol. III, p. 63, No. 95;
- (13) [(4) p.77] Ibíd., Vol. II-B, pág. 270;
- (14) [(5) p.77] Ibíd., págs. 270-271;
— Comentario del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre el artículo 5 [1]
Estados Unidos
Según las normas militares de Estados Unidos, un tribunal estaría compuesto por:
- Tres oficiales comisionados ; un registro escrito de los procedimientos; los procedimientos serán abiertos con ciertas excepciones; las personas cuyo estatus se va a determinar serán informadas de sus derechos al comienzo de sus audiencias, se les permitirá asistir a todas las sesiones abiertas, se les permitirá llamar a testigos si están razonablemente disponibles y a interrogar a los testigos llamados por el Tribunal, y tendrán derecho a testificar; y un tribunal determinará el estatus por una preponderancia de la evidencia . [2]
Las posibles determinaciones son:
- Prisionero de guerra enemigo.
- Personal retenido recomendado (RP), con derecho a las protecciones de EPW, que debe ser considerado para la certificación como RP de una sociedad de ayuda médica, religiosa o voluntaria.
- Civil inocente que debe ser devuelto inmediatamente a su hogar o liberado.
- Internado civil que por razones de seguridad operacional o causa probable relacionada con una investigación criminal, debería ser detenido. [2]
"Tribunales competentes" durante la Guerra del Golfo de 1991
Durante la Guerra del Golfo de 1991 , algunos detenidos que inicialmente habían sido catalogados como prisioneros de guerra resultaron ser civiles inocentes que se habían rendido para recibir comida y alojamiento gratuitos. Se convocaron 1.196 tribunales, de los cuales a 310 personas se les concedió el estatus de prisioneros de guerra. Los 886 detenidos restantes "se determinó que eran civiles desplazados y fueron tratados como refugiados. No se encontró que ningún civil hubiera actuado como combatiente ilegal". [3]
"Tribunales competentes" en el contexto de los detenidos en la bahía de Guantánamo
Este término empezó a recibir mucha atención cuando el presidente George W. Bush anunció que Estados Unidos respetaría las Convenciones de Ginebra tal como se interpretaban estrictamente y que la guerra en Afganistán no entraba dentro de ese ámbito. [4] Por ello, el presidente Bush declaró que los combatientes capturados en la guerra de Afganistán serían tratados como " combatientes ilegales ".
Los críticos afirmaron que los signatarios de las Convenciones de Ginebra, como Estados Unidos, están obligados a tratar a todos los combatientes capturados como si calificaran para el estatus de prisioneros de guerra, hasta que un "tribunal competente" considere su caso y determine que no califican para el estatus de prisioneros de guerra.
La Corte Suprema dejó de lado esta cuestión en el caso de Hamdan v. Rumsfeld . Aunque falló en contra de la administración Bush sobre la legalidad de las comisiones militares de Guantánamo , también determinó que estos detenidos tenían derecho a los derechos concedidos en virtud del artículo 3 común, más limitado . Reservó el fallo sobre el artículo 5 a sus tribunales competentes.
Tribunal de Revisión del Estatuto de Combatiente como tribunales competentes
Tras el fallo Rasul v. Bush de 2004 , la administración Bush comenzó a utilizar los Tribunales de Revisión del Estatuto de Combatiente para determinar el estatus de los detenidos.
La administración Bush intentó mantener en secreto la identidad de todos los detenidos de Guantánamo, pero la de algunos de ellos se filtró. Abogados solidarios consiguieron el permiso de las familias de esos detenidos y presentaron recursos legales para intentar proteger sus derechos humanos. La administración Bush perdió y se vio obligada a instituir un Tribunal de Revisión del Estatuto de Combatiente.
Las revisiones determinaron que sólo 38 detenidos no eran combatientes ilegales. Luego, por algún tipo de confusión, el expediente de Murat Kurnaz fue desclasificado accidentalmente. [5] Los críticos examinaron su contenido. Tenía cientos de páginas. Todos los documentos del expediente de Kurnaz, excepto uno, establecían su inocencia, establecían que no había razón para creer que tenía alguna asociación con el terrorismo. La única excepción no estaba firmada y contenía sólo una acusación vaga. Este único memorando no aportaba ninguna prueba que respaldara su acusación de que Kurnaz conocía a un terrorista suicida, y el memorando ni siquiera mencionaba correctamente el nombre de ese terrorista.
Los críticos argumentaron que, dado que una sola acusación vaga había sido suficiente para mantener a un detenido encarcelado, si se asumía que su caso era típico, era razonable creer que muchos otros detenidos que las revisiones determinaron que eran combatientes ilegales podrían haber sido igualmente cuestionables.
Además, los estudios de Seton Hall realizados por los abogados de los detenidos descubrieron que el 92% de los detenidos en la bahía de Guantánamo no eran "combatientes de Al Qaeda" y sostienen que el CSRT tenía un sesgo severo en contra de los sospechosos a favor de determinar que eran combatientes ilegales . El estudio en sí revela que ese 92% que no son "combatientes de Al Qaeda" fueron considerados otros miembros de Al Qaeda o talibanes o miembros de otros grupos hostiles afiliados. [6]
Por esta y otras razones, los opositores argumentaron que los Tribunales de Revisión del Estatuto de Combatiente no constituyen un tribunal competente según lo estipula la Convención de Ginebra. La Corte Suprema dictaminó en Hamdan v. Rumsfeld que esto era irrelevante, pero también dictaminó que el CSRT no era legal sin la autorización del Congreso. En respuesta, se aprobó la Ley de Comisiones Militares .
Véase también
- Responsabilidad del mando
- Convenciones de Ginebra
- Sólo en bello
- Carta de la ONU
- Policía militar: prisioneros de guerra enemigos, personal retenido, internados civiles y otros detenidos
Referencias
- ^ Comentario del Convenio (III) relativo al trato debido a los prisioneros de guerra, artículo 5, CICR
- ^ Prisioneros de guerra enemigos, personal retenido, internados civiles y otros detenidos, Reglamento del Ejército de los EE. UU. 190-8 , octubre de 1997
- ^ Conducta en la Guerra del Golfo Pérsico: Informe final al Congreso Archivado el 2 de mayo de 2006 en Wayback Machine (página 663), Departamento de Defensa , abril de 1992
- ^ Jon Leyne (29 de enero de 2002). "Riesgo en el equipo de Bush por los detenidos". BBC . Consultado el 19 de febrero de 2008. Si
Colin Powell gana, un tribunal tendría que determinar el estatus de los detenidos.
- ^ El panel ignoró las pruebas sobre el detenido: la inteligencia militar estadounidense y las autoridades alemanas no encontraron vínculos con terroristas, The Washington Post , 27 de marzo de 2005
- ^ Mark Denbeaux et al., Informe sobre los detenidos de Guantánamo: un perfil de 517 detenidos (.pdf) Archivado el 3 de marzo de 2007 en Wayback Machine , Seton Hall University , 8 de febrero de 2006