Articulo de referencia

Concordatos de Constanza

Los Concordatos de Constanza fueron cinco acuerdos entre la Iglesia Católica y las "naciones" de Inglaterra (incluida Escocia ), Francia , Alemania (incluidas Escandinavia y Eur...

Los Concordatos de Constanza fueron cinco acuerdos entre la Iglesia Católica y las "naciones" de Inglaterra (incluida Escocia ), Francia , Alemania (incluidas Escandinavia y Europa del Este ), Italia ( Italia Imperial , los Estados Pontificios , Nápoles , Sicilia y la República de Venecia ) [ 1 ] [ 2 ] y España ( Aragón , Castilla , Navarra y Portugal ) tras el Concilio de Constanza (1414-18) que puso fin al Cisma de Occidente . [ 3 ] Los concordatos francés y alemán se firmaron el 15 de abril de 1418, el español el 13 de mayo y el inglés el 12 de julio. El acuerdo italiano se ha perdido. Los delegados al concilio se reunieron como cinco naciones —Inglaterra, Francia, Alemania, Italia y España— cada una con un voto. El 21 de marzo de 1418, los concordatos fueron aprobados de antemano por el consejo por ajustarse y cumplir los decretos del 30 de octubre de 1417. [ 4 ]

Los asuntos tratados en los concordatos eran de importancia relativamente menor y no estaban relacionados con el movimiento de reforma en la Iglesia. Su importancia principal radica en que, junto con los siete estatutos de reforma del Papa Martín V , resolvieron todos los asuntos pendientes y pusieron fin al cisma papal. Mientras que el concordato inglés era perpetuo, los concordatos francés y alemán tenían una vigencia de cinco años (es decir, expiraron en 1423), ya que los franceses y los alemanes acordaron remitir los anatos al papado solo hasta que este estuviera firmemente establecido y pudiera subsistir de sus propios ingresos [ 4 ].

El concordato inglés limitaba la concesión de dispensas papales para ostentar varios beneficios eclesiásticos a hombres de noble cuna o de gran erudición. No se concederían tales dispensas como favores a los cortesanos de señores seculares o eclesiásticos. Se revocaron las dispensas que permitían a los clérigos vivir lejos de sus beneficios o a los laicos ostentarlos durante períodos de gracia antes de ordenarse sacerdotes . Se prohibía la apropiación de beneficios para uso de monasterios, iglesias colegiatas o cabildos catedralicios sin la aprobación del obispo local. [ 5 ]

Durante mucho tiempo se creyó que se habían firmado concordatos con las naciones española e italiana, pero que los textos se habían perdido. En 1867, el historiador alemán Bernhard Hübler argumentó que el concordato francés también se aplicaba a Italia y España. Por ejemplo, en los anatos, se lee: «Todos los contenidos en el presente capítulo se incorporan a toda la nación francesa». [ a ] De las abadías, dice que «el fruto de [las abadías], según la valoración de los diezmos, [será] 200 libras tornesas ; en Italia y España, sin embargo, [no] excederá el valor anual de 60 libras tornesas , estableciendo confirmaciones o disposiciones canónicas para las que pertenecen a otros». [ b ] Al subsumir los intereses españoles e italianos bajo los franceses y remitir ciertos anatos a Francia, el concordato aumentó el prestigio de Francia. [ 4 ] Sin embargo, posteriormente se encontró una copia del concordato español y se publicó en 1954. Todavía no se ha encontrado ningún concordato italiano. [ 6 ]

Notas

  1. ^ quae omnia in praesenti capitulo contenta locum habeant pro tota Gallica natione
  2. De abbatiis... quarum fructus, secundum taxationem decimae, cc librarum Turonensium parvorum, in Italia vero et Hispania lx librarum Turonensium parvorum valorem annuum non excedant, fiant confirmes aut provisiones canonicae per illos ad quos alias pertinet

Referencias

  1. "La península italiana podría haber estado formada por muchas ciudades-estado, estados papales, el Reino de Nápoles y el Ducado de Milán, sin un gobierno centralizado, pero era una nación en el sentido de que todos sus prelados eran considerados por la Iglesia como parte de la nación italiana."
  2. ^ Semeria, Giovanni B. (1843). "Secoli Cristiani della Liguria" .
  3. ^ Los cuatro acuerdos supervivientes están publicados en Giovanni Mercati, ed., Raccolta di concordati su materie ecclesiastiche tra la Santa Sede e le autorità civili, 1098-1914 (Ciudad del Vaticano, 1954), vol. Yo, págs. 144–68.
  4. 1 2 3 Mandell Creighton, Historia del Papismo durante el período de la Reforma, vol. I: El Gran Cisma—El Concilio de Constanza, 1378–1418 (Boston: Houghton, Mifflin & Co., 1882), págs. 406–07.
  5. Joseph M. McCarthy, "Concordato inglés de 1418", en Ronald H. Fritze y William B. Robison, eds., Diccionario histórico de la Inglaterra bajomedieval, 1272–1485 (Westport, CT: Greenwood Press, 2002), págs. 191–92.
  6. Phillip H. Stump, Las reformas del Concilio de Constanza (1414–1418) (Leiden: EJ Brill, 1994), pág. 47, nota 64.