Articulo de referencia

Cruz por Servicio Distinguido (Nueva York)

La Cruz por Servicio Distinguido es una condecoración otorgada por el Estado de Nueva York por servicios militares. Elegibilidad Los criterios generales para la Cruz por Servici...

La Cruz por Servicio Distinguido es una condecoración otorgada por el Estado de Nueva York por servicios militares.

Elegibilidad

Los criterios generales para la Cruz por Servicio Distinguido del Estado de Nueva York requieren que una persona cumpla con las cuatro condiciones:

    • Un ciudadano actual del estado de Nueva York O
    • Un ciudadano del estado de Nueva York mientras prestaba servicio activo federal.
  1. Personal militar en activo o retirado a tiempo completo que presta servicio en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos con fines distintos al entrenamiento desde 1917; se exceptúa al personal de la Guardia Nacional/Reserva en servicio activo (AGR).
    • Actualmente prestando servicio en condiciones honorables O
    • Dado de baja con honores del servicio activo.
  2. Recibió al menos una de las siguientes condecoraciones:

La Cruz al Servicio Distinguido también se otorga a los miembros de la Milicia Organizada de Nueva York que fueron prisioneros de guerra , sirvieron en Pearl Harbor el 7 de diciembre de 1941, participaron directamente en el desembarco de Normandía el 6 de junio de 1944 o fueron declarados muertos o desaparecidos en combate por el Departamento de Defensa. Asimismo, puede otorgarse por servicios distinguidos al Estado de Nueva York.

Véase también

Referencias

  • Cruz de Servicio Destacado