Un interés contingente es un interés incierto, ya sea en cuanto a la persona que lo disfrutará en posesión o en cuanto al evento que lo originará. 57 Am J1st Wills § 1217. [ 1 ]
Un derecho futuro es contingente cuando la persona a quien se refiere o el evento del que depende para surtir efecto en posesión o convertirse en un derecho adquirido es incierto. Caine v Payne , 86 App DC 404, 182 F2d 246, 20 ALR2d 823. Si la condición de la que depende un derecho futuro es precedente, el derecho es contingente; si la condición es posterior, el derecho es adquirido, sujeto a extinción. Anno: 131 ALR 712.
Referencias
- ↑ "interés contingente" . Diccionarios y enciclopedias académicas . Consultado el 6 de junio de 2019 .
- Terminología inmobiliaria