Articulo de referencia

Consejo de NITSER

El Consejo de Institutos Nacionales de Tecnología, Educación Científica e Investigación (NITSER), comúnmente conocido como el Consejo de los NIT , es el máximo órgano rector de ...

El Consejo de Institutos Nacionales de Tecnología, Educación Científica e Investigación (NITSER), comúnmente conocido como el Consejo de los NIT , es el máximo órgano rector de los Institutos Nacionales de Tecnología (NIT), los Institutos Indios de Ingeniería, Ciencias y Tecnología (IIEST) y los Institutos Indios de Educación Científica e Investigación (IISER) de la India , según lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Institutos Nacionales de Tecnología, Educación Científica e Investigación de 2007 (Ley NITSER de 2007). El Consejo de NITSER está integrado por el presidente, los directores de todos los NIT, IIEST e IISER, junto con los representantes del gobierno de diversos sectores, y el Ministro de Educación preside el Consejo. El Consejo de NITSER es el máximo órgano de decisión en el ámbito de los NIT, IIEST e IISER y solo rinde cuentas al Gobierno de la India . Se espera que el Consejo de NITSER se reúna periódicamente y adopte medidas que favorezcan el máximo crecimiento de los NIT, IIEST e IISER en su conjunto en un futuro próximo. [ 1 ]

Composición

El Consejo de NITSER se crea en virtud de la Ley NITSER de 2007 y su composición actual es la siguiente: [ 2 ]

  • El Presidente de la India es el Visitante de todos los NIT y del IIEST, y también nombra a sus Presidentes y Directores de acuerdo con lo dispuesto en la Ley NITSER de 2007.
  • El Consejo de NITSER, presidido por el Honorable HRM, es el máximo órgano de decisión y está compuesto por los presidentes y directores de los NIT e IIEST, además de otros miembros, incluidos tres miembros del Parlamento.
  • El Consejo de Administración es el máximo órgano de decisión en cada una de estas instituciones.
  • El Senado está facultado para elaborar y revisar los planes de estudio y los programas académicos de los distintos departamentos, así como para promover la investigación en las actividades de desarrollo académico.
  • La Junta de Gobernadores, el Senado y otras autoridades del Instituto han formulado un gran número de normas, reglamentos, ordenanzas, decisiones políticas, etc., para regular el trabajo diario de las actividades ampliadas del Instituto.

Condiciones del Consejo de NITSER

La duración del mandato de un miembro es de tres años a partir de la fecha de notificación, siempre que el mandato de un miembro ex officio continúe mientras ocupe el cargo en virtud del cual es miembro y expire tan pronto como deje de ser miembro de la Cámara que lo eligió. El mandato de un miembro nominado o elegido para cubrir una vacante ocasional continuará por el resto del mandato del miembro al que sustituye, y un miembro saliente, a menos que el Gobierno Central disponga lo contrario, continuará en el cargo hasta que otra persona sea nombrada como miembro en su lugar.

Función del Consejo de NITSER

Será deber general del Consejo coordinar las actividades de todos los NIT, IIEST e IISER sin perjuicio alguno. El Consejo desempeñará las siguientes funciones, a saber: [ 3 ]

  1. Recomendar reglamentos relativos a las transacciones comerciales del Consejo, a saber, frecuencia de las reuniones, quórum para una reunión y otras transacciones comerciales relacionadas;
  2. Recomendar directrices y reglamentos sobre la facultad del Presidente del Consejo para tratar asuntos específicos, así como asuntos de emergencia, en nombre del Consejo, en consulta con el Comité Permanente;
  3. Informar al Presidente del Consejo si algún asunto requiere su consideración urgente.
  4. Finalizar los puntos del orden del día para su consideración por el consejo.
  5. Asesorar al Presidente del Consejo sobre asuntos específicos de su competencia, así como sobre cualquier asunto urgente que se le remita;
  6. Redactar resoluciones que faculten al consejo para elaborar estatutos de política común que abarquen a todos los NIT (Institutos Nacionales de Tecnología);
  7. Formular directrices sobre los temas que el Comité Permanente deberá considerar y aprobar en nombre del Consejo;
  8. Recomendar al Gobierno la estructura de la Secretaría del Consejo para su consideración;
  9. Examinar todas las propuestas que entren dentro del ámbito de competencia del Consejo en virtud de la Ley de los Institutos Nacionales de Tecnología de 2007 y formular las recomendaciones pertinentes al Consejo;
  10. Considerar todos los asuntos que sean de la competencia del Consejo y que le sean remitidos por las distintas Juntas de Gobernadores de los NIT individuales o por los Directores individuales de los NIT u otros grupos dentro de los NIT, como los Senados y las Asociaciones de Profesores o el Consejo para asuntos de su competencia para su consideración urgente o al propio Consejo en una reunión ordinaria programada o para su resolución final en el caso de asuntos delegados al Comité Permanente.

Referencias

  1. ^ "Acerca del Consejo | Consejo de NITSER" . nitcouncil.org.in . Archivado del original el 12 de enero de 2014. Consultado el 26 de mayo de 2021 .
  2. ^ "Estructura de gobernanza | Consejo de NITSER" . nitcouncil.org.in . Archivado del original el 14 de enero de 2014. Consultado el 19 de julio de 2021 .
  3. ^ "Funciones del Consejo | Consejo de NITSER" . nitcouncil.org.in . Archivado del original el 12 de enero de 2014. Consultado el 19 de julio de 2021 .
  • Ley NIT de 2007
  • Ley de Enmienda del NIT de 2012
  • Ley Integral de Impuestos sobre la Renta de 2012
  • Ley NITSER de 2014: Inclusión de BESU como IIEST Shibpur
  • Notificación en la Gaceta Oficial Ley de Enmienda de la NIT de 2017
  • Enmienda a los primeros estatutos de las NIT
  • Enmienda en los Estatutos del IIEST, Shibpur
  • Estatutos de NIT, Andhra Pradesh
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