La exposición en caso de incumplimiento ( EAD , por sus siglas en inglés) es un parámetro utilizado en el cálculo del capital económico o el capital regulatorio según Basilea II para una entidad bancaria. Se define como la exposición bruta de un crédito en caso de incumplimiento de un deudor. [ 1 ] [ 2 ]
Fuera del marco de Basilea II, este concepto se conoce a veces como exposición crediticia ( EC ). Representa la pérdida inmediata que sufriría el prestamista si el prestatario (contraparte) incumple totalmente su deuda.
El EAD está estrechamente vinculado a la pérdida esperada , que se define como el producto del EAD, la probabilidad de incumplimiento (PD) y la pérdida en caso de incumplimiento (LGD) .
Definición
En general, el EAD se considera una estimación del grado de exposición de un banco a una contraparte en caso de incumplimiento por parte de esta. El EAD es igual al importe pendiente actual en el caso de exposiciones fijas, como los préstamos a plazo. Para exposiciones rotatorias, como las líneas de crédito, el EAD se puede dividir en compromisos desembolsados y no desembolsados; normalmente, se conoce el compromiso desembolsado, mientras que el no desembolsado debe estimarse para obtener un valor de EAD. Según las Directrices de Basilea, el EAD para compromisos mide el importe de la facilidad que probablemente se desembolsará en caso de incumplimiento. [ 3 ] Dos términos comunes utilizados para expresar el porcentaje del compromiso no desembolsado que se desembolsará y estará pendiente en caso de incumplimiento son el Factor de Conversión (CF) [ 4 ] y el Equivalente de Préstamo (LEQ). [ 5 ]
Cálculo
El cálculo del EAD difiere entre el enfoque básico y el avanzado. Mientras que en el enfoque básico ( F-IRB ) el cálculo del EAD está guiado por los reguladores, en el enfoque avanzado ( A-IRB ) los bancos gozan de mayor flexibilidad en la forma de calcularlo.
Enfoque fundamental
Bajo F-IRB , la EAD se calcula teniendo en cuenta el activo subyacente, la valoración a plazo, el tipo de facilidad y los detalles del compromiso. Este valor no tiene en cuenta las garantías, los avales ni las garantías (es decir, ignora las técnicas de mitigación del riesgo crediticio, con la excepción de la compensación en balance, donde el efecto de la compensación se incluye en la Exposición en Incumplimiento). Para las transacciones en balance, la EAD es idéntica al importe nominal de la exposición. La compensación en balance de préstamos y depósitos de un banco a una contraparte corporativa está permitida para reducir la estimación de la EAD bajo ciertas condiciones. Para los elementos fuera de balance, existen dos tipos generales que el enfoque IRB debe abordar: transacciones con desembolso futuro incierto, como compromisos y créditos rotatorios , y contratos extrabursátiles de divisas, tipos de interés y derivados de renta variable. [ 6 ]
Enfoque avanzado
Bajo el A-IRB , el propio banco determina cómo se debe aplicar el EAD apropiado a cada exposición. Un banco que utilice estimaciones internas de EAD para fines de capital podría diferenciar los valores de EAD en función de un conjunto más amplio de características de la transacción (por ejemplo, tipo de producto), así como de las características del prestatario. Se espera que estos valores representen una visión conservadora de los promedios a largo plazo, aunque los bancos tendrían la libertad de utilizar estimaciones más conservadoras. Un banco que desee utilizar sus propias estimaciones de EAD deberá demostrar a su supervisor que puede cumplir con requisitos mínimos adicionales pertinentes a la integridad y confiabilidad de dichas estimaciones. Todas las estimaciones de EAD deben calcularse netas de cualquier provisión específica que un banco pueda haber constituido contra una exposición. [ 6 ]
Importancia
Para que una ponderación de riesgo derivada del marco IRB se transforme en un activo ponderado por riesgo, debe vincularse a un importe de exposición. Cualquier error en el cálculo de la EAD afectará directamente al activo ponderado por riesgo y, por consiguiente, al requisito de capital .
Referencias
- ↑ "Pág. 46: Borrador de la Guía de Supervisión sobre Sistemas Internos Basados en Calificaciones para el Crédito Corporativo" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 27/11/2011 . Consultado el 22/12/2011 .
- ↑ Exposición en caso de incumplimiento , Glosario de Basilea II
- ↑ Resumen del nuevo Acuerdo de Basilea sobre Capitales. Documento consultivo del BIS, abril de 2003.
- ↑ "FSA: Documento del Grupo de Expertos sobre la Exposición en Caso de Incumplimiento" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 5 de agosto de 2011. Consultado el 22 de diciembre de 2011 .
- ↑ OCC: Exposición al riesgo de impago de tarjetas de crédito no garantizadas
- 1 2 Información sobre la regulación de la gestión de riesgos financieros Archivada el 5 de julio de 2012 en Wayback Machine
Enlaces externos
- Basilea II: Marco de capital internacional revisado , BCBS
- Basilea II: Convergencia internacional de la medición del capital y los estándares de capital: un marco revisado , BCBS
- Basilea II: Convergencia internacional de la medición del capital y los estándares de capital: un marco revisado , revisión de noviembre de 2005
- Basilea II: Convergencia internacional de la medición y los estándares de capital: un marco revisado, versión integral , revisión de junio de 2006.
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- Términos bancarios
- Riesgo de crédito