Los Tribunales del DIFC son un órgano judicial independiente de derecho consuetudinario , de habla inglesa , con sede en el Centro Financiero Internacional de Dubái (DIFC) y jurisdicción sobre litigios civiles y comerciales a nivel nacional, regional e internacional. Los Tribunales iniciaron sus operaciones en 2006.
Originalmente, la jurisdicción de los Tribunales del DIFC se limitaba al área geográfica del DIFC. El 31 de octubre de 2011, la firma de la Ley de Dubái n.° (16) de 2011 [ 1 ] permitió a los Tribunales del DIFC conocer de cualquier caso local o internacional y resolver disputas comerciales con el consentimiento de todas las partes.
Los Tribunales del DIFC forman parte de la estructura soberana del Emirato de Dubái , dentro de los EAU , y son independientes de los Tribunales de Dubái y del Gobierno de Dubái . En concreto, la Ley de Dubái n.º 12 de 2004 [ 2 ] («Ley de Dubái n.º 12») es la ley que rige la Autoridad Judicial del DIFC (que incluye los dos Tribunales del DIFC: el Tribunal de Primera Instancia y el Tribunal de Apelación).
Historia
En septiembre de 2004, la legislación federal de los EAU autorizó a los siete Emiratos a crear las estructuras legales necesarias para el establecimiento de centros financieros internacionales. El entonces gobernante de Dubái , el jeque Maktoum Bin Rashid Al Maktoum , promulgó la Ley de Dubái n.º (9) de 2004 («Ley de Dubái n.º 9») [ 3 ] y nombró a Su Alteza el jeque Mohammed Bin Rashid Al Maktoum (entonces príncipe heredero de Dubái) como presidente del DIFC.
La Ley n.º 9 de Dubái establecía que el Centro contaba con tres órganos constituyentes: la Autoridad del DIFC (DIFCA), la Autoridad de Servicios Financieros de Dubái (DFSA) y la Autoridad Judicial del DIFC (actualmente conocida como Tribunales del DIFC).
Jurisdicción
Los tribunales del DIFC tienen jurisdicción sobre la mayoría de los asuntos civiles y comerciales que se originan dentro del DIFC (además de su jurisdicción internacional). Esto significa que, cuando los tribunales del DIFC tienen jurisdicción, esta excluye la jurisdicción de los tribunales de Dubái . Las partes son libres de acordar someterse a la jurisdicción de cualquier otro tribunal conforme al artículo 5(2) de la Ley de Dubái n.º (12) de 2004 (excepto en el caso de objeciones presentadas contra decisiones de los órganos del Centro, las cuales están sujetas a objeción de conformidad con las leyes y reglamentos del Centro).
Los tribunales del DIFC no tienen jurisdicción sobre asuntos penales, y todos los casos penales siguen remitiéndose a la Fiscalía de Dubái y se tramitan en los tribunales de Dubái . Los tribunales del DIFC tampoco tienen jurisdicción sobre asuntos familiares y matrimoniales.
Legislación y reglamento
Las leyes y regulaciones del DIFC son elaboradas por la Autoridad del DIFC (DIFCA) y la Autoridad de Servicios Financieros de Dubái (DFSA). La DIFCA es responsable de las leyes y regulaciones que rigen las actividades no financieras dentro del DIFC, incluyendo el derecho laboral, el derecho mercantil y societario , y el derecho inmobiliario. La DFSA es responsable de las leyes y regulaciones relativas a todos los servicios financieros y auxiliares dentro del DIFC.
Los tribunales del DIFC aplican las leyes y reglamentos del DIFC, a menos que las partes acuerden explícitamente que otra ley rige su disputa.
Sentencias, órdenes y ejecución
Los Tribunales del DIFC tienen la facultad de dictar órdenes e instrucciones sobre la conducción de cualquier procedimiento ante los Tribunales del DIFC que consideren apropiado, incluyendo:
- Órdenes prescritas por cualquier legislación bajo la ley del DIFC;
- Órdenes judiciales, incluyendo la obligación de realizar un acto;
- Órdenes provisionales o interlocutorias;
- Órdenes realizadas sin previo aviso a ninguna otra parte y las circunstancias en las que dichas órdenes son apropiadas;
- Órdenes por desacato;
- Órdenes dictadas en interés de la justicia o
- Remisión de los asuntos al Fiscal General de Dubái
Los tribunales del DIFC tienen la facultad de ejecutar dentro del DIFC las sentencias, órdenes o laudos dictados o ratificados por dichos tribunales. El Presidente del Tribunal Supremo designará a un Juez del Tribunal de Primera Instancia como Juez Ejecutivo con jurisdicción para emitir órdenes de ejecución dentro del DIFC.
Tribunal de primera instancia
El Tribunal de Primera Instancia tiene jurisdicción exclusiva sobre cualquier caso civil o mercantil relacionado con el DIFC. Tras la modificación de la ley aplicable en octubre de 2011, los Tribunales del DIFC también pueden conocer de casos en los que el contrato en cuestión especifica su jurisdicción (jurisdicción previa al litigio) o cuando ambas partes optan por recurrir a ellos para resolver una controversia ya surgida (jurisdicción posterior al litigio). Esto se conoce comúnmente como jurisdicción de aceptación voluntaria.
tribunal de apelación
Se ocupa de una variedad de disputas civiles y comerciales. Está compuesto por al menos tres jueces, incluido el Presidente del Tribunal. El Tribunal de Apelación A tiene jurisdicción exclusiva sobre:
- Recursos de apelación interpuestos contra sentencias y laudos dictados por el Tribunal de Primera Instancia.
- La interpretación de cualquier artículo de las leyes del DIFC, a solicitud de cualquiera de sus establecimientos, siempre que dicho establecimiento obtenga la autorización del Presidente del Tribunal Supremo, tendrá fuerza de ley.
- El Tribunal de Apelación es el tribunal de mayor jerarquía en los Tribunales del DIFC y no cabe recurso alguno contra una decisión de este tribunal.
Tribunal de Reclamaciones Menores
El Tribunal de Reclamaciones Menores, único tribunal de este tipo en funcionamiento en la región, fue creado para facilitar el acceso a la justicia de manera rápida y eficiente. Puede conocer de:
Cualquier caso relacionado con el DIFC, donde el monto de la reclamación o el valor del objeto de la reclamación no exceda los 100.000 AED o los 200.000 AED [ 4 ] en materia laboral; o
- Un caso en el que la reclamación se refiera a un asunto laboral de cualquier cuantía y ambas partes de la reclamación opten por escrito por que sea tramitada por el Tribunal de Reclamaciones Menores; o
- Casos no relacionados con el empleo en los que el importe de la reclamación o el valor del objeto de la misma no supere los 500.000 AED; y todas las partes implicadas en la reclamación opten por escrito por que sea tramitada por el Tribunal de Reclamaciones Menores.
- Cualquier caso que no esté relacionado con el DIFC, donde ambas partes consientan en utilizar el Tribunal de Reclamaciones Menores y ya sea i) donde el monto de la reclamación o el valor del objeto de la reclamación no exceda los 500.000 AED o ii) donde la reclamación esté relacionada con un asunto laboral de cualquier monto de reclamación.
Pro bono
Los Tribunales del DIFC implementaron el primer Programa Pro Bono de Oriente Medio [ 5 ] en 2009. Los Tribunales ofrecen servicios que van desde asesoramiento básico hasta la gestión integral de casos y representación en procedimientos para personas elegibles. El Programa Pro Bono está diseñado para garantizar que cualquier persona que pueda demostrar que no puede costearse representación legal tenga acceso a asesoramiento jurídico profesional.
Comité de Usuarios de los Tribunales
El Comité de Usuarios de los Tribunales del DIFC actúa como enlace entre los Tribunales del DIFC y sus usuarios (incluidos los profesionales del derecho inscritos en ellos). El Comité asesora sobre el desempeño, la reputación percibida, la dirección estratégica, las mejores prácticas internacionales y las novedades legales locales. Asimismo, asesora al Presidente del Tribunal Supremo sobre cuestiones administrativas relacionadas con los Tribunales y cualquier otro asunto pertinente que contribuya a aumentar la satisfacción de los usuarios.
Centro de Servicios de Testamentos
El Centro de Servicios de Testamentos del DIFC [ 6 ] (el "Servicio de Testamentos") es una iniciativa conjunta del Gobierno de Dubái y los Tribunales del DIFC que ofrece a los no musulmanes que invierten y viven en los EAU la opción de transmitir sus bienes y/o nombrar tutores para sus hijos, de acuerdo con las instrucciones de su testamento.
El Servicio de Testamentos fue creado mediante la Resolución n.º 4 de 2014, emitida por Su Alteza el Jeque Maktoum bin Mohammed bin Rashid Al Maktoum, Presidente del Centro Financiero Internacional de Dubái (DIFC), y su autoridad fue reafirmada por la Ley de Dubái n.º 15 de 2017, emitida por Su Alteza el Jeque Mohammed bin Rashid Al Maktoum, Vicepresidente y Primer Ministro de los EAU y Gobernante de Dubái, que regula la herencia, los testamentos y la sucesión testamentaria para los no musulmanes.
Referencias
- ↑ Ley N° (16) de 2011
- ↑ "Ley N° (12) de 2004" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 15 de agosto de 2011. Recuperado el 12 de noviembre de 2012 .
- ↑ "Ley N° (9) de 2004" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 15 de agosto de 2011. Consultado el 12 de noviembre de 2012 .
- ↑ Tribunal de Reclamaciones Menores: Sitio web de los Tribunales del DIFC
- ↑ Ofertas de la semana: Asesoramiento legal gratuito ofrecido por los tribunales del DIFC
- ↑ "Acerca de los testamentos del DIFC" . Tribunales del DIFC. Archivado del original el 4 de agosto de 2019. Consultado el 21 de septiembre de 2019 .
Enlaces externos
- Sitio web oficial
- Fuerzas del orden en los Emiratos Árabes Unidos
- Tribunales comerciales y mercantiles
- Tribunales de los Emiratos Árabes Unidos