Articulo de referencia

Decurio

Decurio era un título oficial en la Antigua Roma , utilizado en diversos contextos: Decurión (administrativo) , miembro del orden senatorial en las ciudades italianas bajo la ad...

Decurio era un título oficial en la Antigua Roma , utilizado en diversos contextos:

  • Decurión (administrativo) , miembro del orden senatorial en las ciudades italianas bajo la administración de Roma, y ​​posteriormente en las ciudades provinciales organizadas según el modelo italiano. El número de decuriones variaba en las distintas ciudades, pero generalmente era de 100. Los requisitos para el cargo se fijaban en cada ciudad mediante una ley específica para esa comunidad ( lex municipalis ). Cicerón (en Verr. 2. 49, 120) alude a un límite de edad (originalmente treinta años, hasta que Augusto lo redujo a veinticinco), a un requisito de propiedad (cf. Plinio , Ep. i. 19. 2) y a ciertas condiciones de rango. El método de nombramiento variaba en las distintas ciudades y en diferentes épocas. En la constitución municipal primitiva, los exmagistrados pasaban automáticamente al Senado de su ciudad; pero posteriormente este orden se invirtió y la pertenencia al Senado se convirtió en un requisito para la magistratura. Cicerón ( loc. cit. ) habla del Senado en las ciudades sicilianas como designado por votación del municipio. Pero en la mayoría de las ciudades, era deber del magistrado principal elaborar una lista ( álbum ) de los senadores cada cinco años. Los decuriones eran vitalicios. Eran convocados por el magistrado, quien presidía como en el Senado romano . Sus poderes eran amplios. En todos los asuntos, los magistrados estaban obligados a actuar según sus directrices, y en algunas ciudades conocían de los casos de apelación contra las sentencias judiciales dictadas por el magistrado. Para la época de la ley municipal de Julio César (45  a. C.), se confirieron privilegios especiales a los decuriones , incluido el derecho a apelar a Roma para ser juzgados en casos penales. Bajo el principado , su estatus sufrió un marcado declive. El cargo dejó de ser codiciado, y documentos de los siglos III y IV muestran que se idearon medios para obligar a los miembros de las ciudades a asumirlo. En la época de los juristas, se había vuelto hereditario y obligatorio. Este cambio se debió en gran medida a las fuertes cargas financieras que el gobierno romano imponía a los senados municipales. [ 1 ]
  • El líder de una decuria , una subdivisión de la curia . [ 1 ]
  • Decurión , oficial de la caballería romana, que originalmente comandaba una tropa de diez hombres ( decuria ) [ 1 ] durante la primera época republicana. A finales de la República y durante el Imperio, un decurión comandaba una turma de 32 hombres en la caballería auxiliar . Es el equivalente del antiguo dekarchos griego , oficial de caballería.
  • Decurio era también un nombre dado a ciertos sacerdotes destinados, al parecer, a sacrificios particulares u otras ceremonias religiosas; o a los sacrificios de familias y casas particulares, como conjetura Burkhard Gotthelf Struve (1671-1738), de quien deriva su nombre. Cualquiera que sea el origen del nombre, tenemos una inscripción en la obra de Gruter que confirma su función: ANCHIALVS. CVB. AED. Q. TER. IN. AEDE. DECVRIO. ADLECTVS. EX. CONSENSV. DECVRIONVM. FAMILIAE. VOLVNTATE., que describe un decurio en la casa de una persona particular, Q. Terentius. [ 2 ]

Referencias

  1. 1 2 3 Una o más de las oraciones anteriores incorporan texto de una publicación que ahora es de dominio público : Chisholm, Hugh , ed. (1911). " Decurio ". Encyclopædia Britannica . Vol. 7 (11.ª ed.). Cambridge University Press. pág. 917.    Citas:
    • Carl Georg Bruns , Fuentes juris Romani , c. 3, núm. 18, c. 4, núms. 27, 29, 30 ( leges municipales )
    • Johann Caspar Orelli , Inscr. Latinae , n.º 3721 (Álbum de Canusium)
    • Godefroy, Paratitl. bacalao publicitario. Teodosianam , xii. 1 (vol. iv. págs.  352 y siguientes, ed. Ritter)
    • J. Marquardt , Römische Staatsverwaltung , i. págs.  183 y siguientes. (Leipzig, 1881)
    • P. Willems , Droit public romain , págs.  535 y siguientes. (París, 1884)
    • Pauly-Wissowa , Realencyclopädie , IV. ii. págs.2319  sig. (Stuttgart, 1901)
    • W. Liebenam, Stadtverwaltung im römischen Kaiserreichen (Leipzig, 1900)
  2. Este artículo incorpora texto de una publicación que ahora es de dominio público : Chambers, Ephraim , ed. (1728). Cyclopædia, o un diccionario universal de artes y ciencias (1.ª ed.). James y John Knapton, et al.Dominio público   {{cite encyclopedia}}: Falta o está vacío |title=( ayuda )