Una excepción previa es un escrito procesal que objeta o impugna un escrito presentado por la parte contraria . La palabra " demur " significa "objetar"; una excepción previa es el documento que formula la objeción. Los abogados definen informalmente una excepción previa como la respuesta del demandado, que dice "¿Y qué?", al escrito. [ 1 ]
Por lo general, el demandado en un caso presentará una excepción previa a la demanda , pero también es posible que el demandante presente una excepción previa a la contestación . La excepción previa cuestiona la suficiencia legal de una causa de acción en la demanda o de una defensa afirmativa en la contestación. Si una causa de acción en la demanda no expone una pretensión admisible o si no incluye todos los elementos requeridos , entonces la causa de acción impugnada, o incluso la demanda completa, puede ser desestimada en la etapa de excepción previa por no ser legalmente suficiente. Una excepción previa se suele presentar al inicio del caso, en respuesta a la presentación de la demanda por parte del demandante o a la contestación del demandado.
En el derecho anglosajón , la excepción previa era el recurso mediante el cual un acusado impugnaba la suficiencia legal de una demanda en casos penales o civiles . Sin embargo, hoy en día, este recurso se ha dejado de utilizar en muchas jurisdicciones , incluyendo el Reino Unido , el sistema judicial federal de los Estados Unidos y la mayoría de los estados de EE. UU. (aunque algunos estados, como California , Pensilvania y Virginia , lo conservan). En los casos penales, la excepción previa se consideraba un derecho al debido proceso del derecho anglosajón , que debía ser escuchado y resuelto antes de que el acusado estuviera obligado a declararse "no culpable" o a presentar cualquier otro alegato en respuesta, sin tener que admitir ni negar ninguno de los hechos alegados .
En general, una excepción previa parte de la premisa de la veracidad de todos los hechos relevantes alegados en la demanda, y el demandado no puede presentar pruebas en contrario, incluso si dichos hechos parecen ser invenciones evidentes del demandante o si es probable que se desmientan fácilmente durante el litigio . Es decir, el objetivo de la excepción previa es determinar si una causa de acción o una defensa afirmativa, tal como se alega, es legalmente insuficiente, incluso si se presume la veracidad de todos los hechos alegados.
La única excepción a la regla de la falta de pruebas es que un tribunal puede tomar conocimiento judicial de ciertos hechos. Por ejemplo, el tribunal puede tomar conocimiento judicial de hechos de conocimiento público que no son razonablemente cuestionables, como el calendario gregoriano , o de registros públicos , como un informe legislativo publicado que muestre la intención del legislador al promulgar una ley en particular.
Descripción general
Casos civiles
Una excepción previa es comúnmente interpuesta por el demandado en respuesta a una demanda presentada por el demandante . Dicha excepción puede dar por terminado un litigio. Si bien el demandante puede objetar la contestación o las defensas afirmativas del demandado , la excepción previa a la contestación es menos frecuente, ya que podría considerarse una estrategia desacertada .
Una excepción previa a la contestación puede simplificar un litigio, pero generalmente no lo pone fin. Normalmente se utiliza solo cuando el demandante pretende solicitar un juicio sumario a su favor lo antes posible y necesita impugnar de forma preventiva algunas de las defensas afirmativas del demandado. [ 2 ]
Existe un escenario excepcional en el que una excepción previa a la contestación de un demandado puede resolver de inmediato todo el proceso: si el demandante que presenta la excepción logra demostrar, mediante una solicitud de conocimiento judicial del expediente de un proceso anterior entre las mismas partes, que las cuestiones planteadas en la contestación fueron resueltas de manera plena y justa en contra del demandado en dicho proceso anterior y, por lo tanto, están sujetas al efecto de cosa juzgada de una sentencia anterior en ese proceso. [ 3 ]
Técnicamente, una excepción previa no es una moción ; una parte no presenta una moción de excepción previa ni solicita al tribunal que la admita. Más bien, una excepción previa es un tipo particular de alegato, y la presentación de una excepción previa es el acto mediante el cual una parte solicita formalmente al tribunal que desestime una causa de acción (reclamación) o la demanda en su totalidad.
En términos sencillos, un juez que admite una excepción previa está declarando que la ley no reconoce una reclamación legal basada en los hechos expuestos por la parte demandante. Si el juez desestima la excepción previa, el tribunal permite que la reclamación o el caso continúe.
En términos legales, la parte que presenta la excepción alega que la demanda o la reconvención no constituyen una reclamación legalmente válida, incluso si se aceptan como ciertas las alegaciones de hecho contenidas en la demanda o la reconvención.
Por lo general, una excepción previa impugna una demanda alegando que le falta uno o más elementos esenciales. Estos elementos suelen impugnarse demostrando que el demandante no alegó un elemento esencial en sí mismo o hechos que lo sustenten adecuadamente (por ejemplo, hechos que den lugar a una obligación exigible del demandado al demandante). Otro método consiste en impugnar la causa de acción en su totalidad, alegando que está abolida o prohibida por ser contraria al orden público (por ejemplo, la ley contra la vida ilícita es contraria al orden público en la mayoría de las jurisdicciones).
Las excepciones previas son resueltas por un juez, no por un jurado . El juez puede admitir la excepción previa o denegarla. Si la excepción previa es denegada, se ordena al demandado que presente una contestación dentro de un plazo determinado, o de lo contrario se le impondrá una sentencia en rebeldía . Una vez presentada la contestación, se dice que el caso está "en litigio" (porque ahora hay una demanda y una contestación en el expediente que se oponen entre sí con las respectivas alegaciones de las partes), y el caso pasa a la etapa de descubrimiento de pruebas .
Alternativamente, un juez puede admitir una excepción previa con o sin perjuicio. Con perjuicio significa que el demandante no puede presentar otra demanda para subsanar las deficiencias de la anterior. Si la excepción previa se admite sin perjuicio o con permiso para enmendar, el demandante puede corregir los errores presentando una demanda corregida o enmendada. Las excepciones previas admitidas con perjuicio se reservan para cuando el juez determina que el demandante no puede subsanar la demanda reescribiéndola o enmendándola. Dependiendo de la gravedad del defecto en la demanda, un tribunal puede admitir con perjuicio la primera excepción previa (muy raro) o permitir al demandante hasta tres o cuatro intentos antes de admitir con perjuicio una tercera o cuarta demanda enmendada.
Casos penales
En casos penales, en ciertas circunstancias se puede utilizar una excepción previa para impugnar la suficiencia legal de la acusación formal u otro instrumento de acusación similar . Tradicionalmente, si el acusado pudiera admitir todas las alegaciones de la acusación formal y aun así ser inocente de cualquier delito, entonces se admitiría una excepción previa general y se desestimaría la acusación formal. Una excepción previa especial se refiere a una impugnación de la forma, más que del fondo, de la acusación formal: si el acusado identifica correctamente algún defecto "en el texto" de la acusación formal, entonces los cargos están sujetos a ser desestimados, aunque generalmente la acusación formal puede ser reformulada y presentada nuevamente ante el gran jurado u otra autoridad competente para la acusación formal. Si bien existen diferentes maneras de lograr los objetivos de una excepción previa especial, a menudo un método alternativo para impugnar la suficiencia de la acusación formal es una impugnación del caso de la fiscalía antes del juicio, y generalmente se hace mediante una moción de desestimación .
Inglaterra y Gales
En derecho civil, la excepción previa como tal ya no está disponible según la legislación vigente en Inglaterra y Gales . Sin embargo, se pueden emplear dos procedimientos similares cuando es necesario desestimar con prontitud las demandas sin fundamento.
Primero, se puede presentar una solicitud con notificación para obtener un fallo sumario a favor de la parte que se opone. Segundo, el tribunal tiene la facultad de desestimar los detalles de la demanda .
Sin embargo, para que se desestime una demanda sin fundamento, la diferencia entre ambos procedimientos radica en que, cuando se desestiman los detalles de la demanda, el demandante suele tener otra oportunidad de presentar una demanda modificada, por ejemplo, en un plazo de cuatro semanas, mientras que la sentencia sumaria es definitiva, aunque susceptible de apelación.
En derecho penal, la excepción previa es obsoleta, aunque no ha sido abolida formalmente. Ha sido sustituida por la moción de anulación , más moderna , que suele consistir en una solicitud verbal al juez para que declare la acusación nula y sin efecto y detenga el caso. (La excepción previa se presentaba por escrito).
Estados Unidos
tribunales federales
En los casos civiles ante los tribunales de distrito de los Estados Unidos , la excepción previa fue expresamente abolida por la Regla 7(c) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil ("FRCP", también "Reglas Federales") cuando las FRCP entraron en vigor el 16 de septiembre de 1938. La excepción previa fue reemplazada por la moción de desestimación de la Regla 12(b)(6) por falta de fundamento de la demanda para otorgar una reparación.
La excepción previa fue abolida después de que los abogados estadounidenses comprendieran que los alegatos debían limitarse a plantear las cuestiones que se litigarían activamente mediante mociones una vez que ambas partes hubieran expuesto plenamente sus posiciones y el caso estuviera en discusión. Si bien la excepción previa también definía técnicamente las cuestiones del caso, tratarla como un alegato llegó a considerarse irracional, ya que era el único que requería una audiencia y una resolución inmediatas sobre su contenido (que consistía en una impugnación de la demanda), mientras que la demanda y la contestación simplemente exponían las posiciones respectivas de cada parte, pero no requerían audiencias en sí mismas. Por lo tanto, tenía sentido que una impugnación discrecional de la demanda, que ya se estaba redactando, programando, escuchando y resolviendo como una moción, se tratara simplemente como tal.
Tras haber eliminado la excepción de inadmisibilidad de los tribunales federales, la Regla 7(c) fue considerada obsoleta por el Comité Asesor de Reglas de Procedimiento Civil durante el ciclo de revisión de las Reglas Federales de Procedimiento Civil (FRCP) de 2002 a 2007. Por consiguiente, fue eliminada de la versión de las FRCP que entró en vigor el 1 de diciembre de 2007.
tribunales estatales
La mayoría de los estados de EE. UU. (aproximadamente 35) han adoptado normas de procedimiento civil basadas en las Reglas Federales y, por lo tanto, han abolido la excepción previa y la han reemplazado por la moción de desestimación por falta de fundamento de la demanda. En Ohio , por ejemplo, las excepciones previas están específicamente prohibidas. [ 4 ]
Sin embargo, el demandado aún puede presentar una excepción previa en una minoría de sistemas judiciales estatales de EE. UU. Las excepciones previas todavía se utilizan en la práctica civil de los tribunales estatales de California [ 5 ] y Virginia [ 6 ] . En California, una excepción previa debe asumir la veracidad de los hechos alegados por la parte demandante, pero impugna la demanda como una cuestión de derecho. [ 7 ] Si se admite una excepción previa con respecto a la forma de la demanda, se concede con frecuencia permiso para enmendarla, y la denegación de dicho permiso puede constituir un abuso de discreción. [ 8 ] Además, cuando los niños son separados de sus padres y puestos bajo cuidado de crianza en California, los padres pueden impugnar la suficiencia de la demanda de dependencia mediante una moción similar a una excepción previa , que opera de manera similar a una excepción previa. [ 9 ] Sin embargo, las excepciones previas están prohibidas en California en otros casos de derecho familiar. [ 10 ] También en California, no se dice que una excepción previa sea "concedida", sino que se dice que sea "admitida" o "revocada". Una orden que admite una excepción previa no es una orden fácilmente apelable a menos que resuelva toda la acción sin posibilidad de enmienda y dé lugar a una sentencia. [ 11 ]
El término objeción preliminar se utiliza en los tribunales estatales de Pensilvania para referirse a todas las mociones presentadas después de la presentación de una demanda pero antes de la presentación de una contestación; las objeciones preliminares pueden hacerse "a modo de excepción previa" (buscando desestimar una causa de acción por insuficiencia legal) o "a modo de moción de eliminación " (buscando eliminar partes de un escrito por incumplimiento de las reglas técnicas), así como por otros medios. [ 12 ] Al igual que la excepción previa tradicional, las objeciones preliminares se consideran alegaciones. Las objeciones preliminares a modo de excepción previa se rigen por la Regla 1028(a)(4) de las Reglas de Procedimiento Civil de Pensilvania.
Referencias
- ↑ Pyle, Ransford C.; Bast, Carol M. (2017). Fundamentos del Derecho: Casos, Comentarios y Ética (6.ª ed.). Boston: Cengage Learning. pág. 183. ISBN 9781305856387Consultado el 1 de noviembre de 2021 .
- ↑ Pelletier, Ted; Halbany, Laurel (diciembre de 2018). "Dos pueden jugar a ese juego" . Demandante .
- ↑ Olwell v. Hopkins , 28 Cal. 2d 147, 152 (1946).
- ↑ Regla 7(C) de las Reglas de Procedimiento Civil de Ohio ("No se utilizarán excepciones perentorias").
- ↑ Código de Procedimiento Civil de California, Sección 430.10.
- ↑ Código de Virginia, Sección 8.01-273.
- ↑ Hensler v. Ciudad de Glendale (1994) 8 Cal.4th 1
- ^ Goodman contra Kennedy (1976) 18 Cal.3d 335
- ↑ En re Fred J. (1979) 89 Cal.App.3d 168
- ↑ Reglas de la Corte de California, regla 5.74(b)(2) .
- ↑ 9 WITKIN, Procedimiento de California (5.ª edición), Apelación , Sección 154 y 5 WITKIN, Procedimiento de California (5.ª edición), Alegaciones , Sección 997.
- ↑ Pa. RCP 1028
Enlaces externos
- . Enciclopedia Británica . vol. VII (9ª ed.). 1878. pág. 75.
- Procedimiento civil
- Terminología jurídica del derecho consuetudinario