Articulo de referencia

Presentación directa ante el consulado

La Presentación Consular Directa ( DCF , por sus siglas en inglés) es un proceso relacionado con la inmigración a los Estados Unidos mediante el cual el Formulario I-130 (Petici...

La Presentación Consular Directa ( DCF , por sus siglas en inglés) es un proceso relacionado con la inmigración a los Estados Unidos mediante el cual el Formulario I-130 (Petición para Familiar Extranjero), el Formulario I-360 (Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial) o el Formulario I-600 (Petición para Clasificar a un Huérfano como Familiar Inmediato) se presenta ante una embajada o consulado de los Estados Unidos en otro país, en lugar de hacerlo en las oficinas o centros de servicio del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos ubicados en los EE. UU. [ 1 ] El formulario aprobado puede utilizarse para obtener una visa IR o CR dentro del mismo país. La DCF solo está disponible en circunstancias excepcionales y solo puede realizarse en el país donde el peticionario (quien, en el caso de los Formularios I-130 e I-600, es distinto del solicitante de la visa ) reside legalmente. [ 1 ]

Condiciones para la presentación directa de documentos en el consulado

Reglas oficiales

El proceso de solicitud habitual para personas fuera de los Estados Unidos que deseen obtener la aprobación del Formulario I-130, I-360 o I-600 consiste en presentar la solicitud en la oficina de USCIS ubicada en Chicago , Illinois . Sin embargo, existen algunas excepciones:

  • Para las peticiones del Formulario I-130, las Embajadas y Consulados de los Estados Unidos pueden aceptar solicitudes de peticionarios que consideren que tienen situaciones excepcionales que justifican una excepción al envío por correo al Centro de Procesamiento de USCIS en Chicago. Los peticionarios que consideren que su situación justifica una excepción pueden comunicarse con la Embajada o Consulado de los Estados Unidos más cercano para solicitarla y explicar sus circunstancias en detalle. Cada solicitud de excepción se evaluará individualmente y deberá ser autorizada por la oficina de USCIS responsable de esa embajada o consulado específico. [ 1 ]
  • Para los formularios I-360 e I-600, las solicitudes serán aceptadas por la embajada o el consulado siempre que no haya una oficina de USCIS en el país. [ 1 ]

El solicitante del DCF debe residir legalmente en el distrito consular de la Embajada o Consulado de los Estados Unidos donde solicita presentar la solicitud. [ 1 ] Además, un solicitante de visa para quien se presenta una petición ante una Embajada o Consulado de los Estados Unidos debe poder permanecer en el país donde se encuentra la embajada o consulado durante el tiempo que dure el procesamiento de la visa, ya que una petición aprobada por una embajada o consulado solo puede utilizarse para solicitar una visa en la misma embajada o consulado. [ 1 ]

Consulados donde está disponible el DCF y las normas que utilizan estos consulados.

La embajada o consulado que tramita la petición del Formulario I-130 puede ser diferente de aquel cuyo distrito consular solicita el peticionario (que es también donde el solicitante se presentará para la entrevista de visa), ya que no todas las embajadas o consulados de un país pueden tramitar peticiones DCF. Por ejemplo, en India , solo la embajada de Delhi puede tramitar peticiones DCF. [ 2 ]

Referencias

  1. 1 2 3 4 5 6 "Presentación de peticiones de inmigración fuera de los Estados Unidos" . Departamento de Estado de los Estados Unidos . Archivado del original el 27 de mayo de 2015. Recuperado el 23 de mayo de 2015 .
  2. "Procesamiento del formulario I-130" . Embajada de los Estados Unidos, Nueva Delhi, India. Archivado del original el 20 de mayo de 2015. Consultado el 23 de mayo de 2015 .
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