La Undécima Enmienda de la Ley de Constitución de 1992 (anteriormente, proyecto de ley n.º 12 de 1992) es una enmienda a la Constitución de Irlanda que permitió al estado ratificar el Tratado de la Unión Europea, comúnmente conocido como Tratado de Maastricht . Fue aprobada por referéndum el 18 de junio de 1992 y promulgada como ley el 16 de julio del mismo año.
Descripción general

La Undécima Enmienda de la Constitución fue una de varias enmiendas que se han realizado para permitir expresamente que el estado ratifique cambios a los tratados fundacionales de la Unión Europea (entonces conocida como la Comunidad Europea ) (otras han sido las Enmiendas Décima , Decimoctava , Vigésima Sexta y Vigésima Octava ). Todas estas enmiendas fueron adoptadas debido a la conclusión de la Corte Suprema en Crotty v. An Taoiseach (1987) de que los cambios importantes a los tratados son inconstitucionales a menos que estén acompañados de una enmienda.
La Undécima Enmienda fue presentada por un gobierno de coalición entre el Fianna Fáil y los Demócratas Progresistas y también contó con el apoyo de los partidos de la oposición, el Fine Gael y el Partido Laborista . La Izquierda Democrática y el Partido Verde se opusieron a ella. Algunos grupos antiabortistas también se opusieron al tratado, argumentando que podría llevar a la legalización del aborto en Irlanda.
Cambios en el texto
La Undécima Enmienda modificó el artículo 29.4 mediante la supresión de la frase resaltada del apartado 3°:
3° El Estado podrá convertirse en miembro de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (instituida por el Tratado firmado en París el 18 de abril de 1951), de la Comunidad Económica Europea (instituida por el Tratado firmado en Roma el 25 de marzo de 1957) y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (instituida por el Tratado firmado en Roma el 25 de marzo de 1957). El Estado podrá ratificar el Acta Única Europea (firmada en nombre de los Estados miembros de las Comunidades en Luxemburgo el 17 de febrero de 1986 y en La Haya el 28 de febrero de 1986).Ninguna disposición de la presente Constitución invalidará las leyes dictadas, los actos realizados o las medidas adoptadas por el Estado que sean necesarios para las obligaciones de pertenencia a las Comunidades, ni impedirá que las leyes dictadas, los actos realizados o las medidas adoptadas por las Comunidades o sus instituciones tengan fuerza de ley en el Estado.
y mediante la adición de los siguientes incisos:
4° El Estado podrá ratificar el Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992 y podrá convertirse en miembro de dicha Unión.5° Ninguna disposición de la presente Constitución invalidará las leyes dictadas, los actos realizados o las medidas adoptadas por el Estado que sean necesarios en razón de las obligaciones derivadas de la pertenencia a la Unión Europea o a las Comunidades, ni impedirá que las leyes dictadas, los actos realizados o las medidas adoptadas por la Unión Europea o por las Comunidades o por sus instituciones o por los órganos competentes en virtud de los Tratados constitutivos de las Comunidades, tengan fuerza de ley en el Estado.
6° El Estado podrá ratificar el Acuerdo sobre la patente comunitaria celebrado entre los Estados miembros de las Comunidades y hecho en Luxemburgo el 15 de diciembre de 1989.
Resultado
Véase también
- Tercera enmienda de la Constitución de Irlanda (pertenencia a las Comunidades Europeas)
- Política de la República de Irlanda
- Historia de la República de Irlanda
- Enmienda constitucional
Referencias
- ^ ab "Resultados del referéndum 1937–2015" (PDF) . Departamento de Vivienda, Planificación y Gobierno Local . 23 de agosto de 2016. p. 44. Archivado (PDF) del original el 20 de diciembre de 2017 . Consultado el 9 de junio de 2018 .
Enlaces externos
- Ley de 1992 sobre la undécima enmienda de la Constitución
- Proyecto de ley de 1992 sobre la undécima enmienda de la Constitución
- Ley de referéndum de 1992
- Texto completo de la Constitución de Irlanda