La plataforma continental extendida , [ 1 ] [ 2 ] plataforma continental científica , [ 1 ] [ 2 ] o plataforma continental exterior [ 3 ] se refiere a un tipo de área marítima establecida como paradigma geojurídico por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM). Mediante el proceso conocido como extensión del límite exterior de la plataforma continental o establecimiento del borde exterior del margen continental , cada Estado ribereño tiene el privilegio, otorgado por la comunidad internacional de naciones , de adquirir derechos exclusivos y perpetuos para explotar los recursos bióticos y abióticos que se encuentran en el lecho marino y el subsuelo de estas áreas marítimas. Estas áreas se ubican más allá de las 200 millas náuticas (370 km; 230 mi) que conforman la zona económica exclusiva (ZEE) del Estado y que, de otro modo, se considerarían aguas internacionales . [ 4 ] [ 5 ]
En estas zonas de aguas profundas, la explotación de recursos ha sido técnicamente imposible con los métodos disponibles o económicamente inviable. Sin embargo, recientemente, el progreso científico e industrial sostenido y las nuevas tecnologías han permitido que estas aguas oceánicas sean cada vez más accesibles, lo que confiere a estas zonas una extraordinaria importancia geopolítica y geoeconómica. [ 4 ]
Diferencias con otros conceptos de plataformas continentales
En el caso de la plataforma continental científica o extendida, el Estado ribereño al que se le ha concedido es el único con derecho a explotar los recursos naturales que se encuentran en el lecho marino y el subsuelo, ya sean recursos minerales u otros recursos no vivos, así como los organismos vivos. Esto incluye a aquellos organismos que penetran en el lecho marino o tienen hábitos sedentarios, definidos como aquellos que permanecen inmóviles en el lecho marino durante la explotación o se mueven en contacto físico permanente con él. [ 1 ] [ 2 ]
Este tipo de espacio marítimo difiere significativamente del concepto geomorfológico de plataforma continental , que es similar a un mar epicontinental . Este concepto identifica las extensiones sumergidas de la masa terrestre del estado costero hasta profundidades de 200 metros (660 pies) .
También difiere del concepto de plataforma continental legal , [ 6 ] que se refiere al derecho de los Estados a explotar sus proyecciones marítimas hasta el límite de 200 millas náuticas (370 km; 230 mi) (independientemente de las características del lecho marino o sus profundidades, y de si existe o no una extensión de la costa bajo el mar) medidas desde sus líneas de base ( zona económica exclusiva o ZEE). En este concepto, los derechos de explotación del lecho marino y el subsuelo se combinan con los derechos sobre la columna de agua y la superficie. [ 1 ] [ 2 ]
Las plataformas científicas o extendidas siempre se ubican en áreas marítimas a más de 200 millas náuticas (370 km; 230 mi) de las líneas de base rectas desde las cuales se mide la anchura del mar territorial, y no se extienden más allá de 350 millas náuticas (650 km; 400 mi) como máximo. [ 6 ]
Historia y características
La creación e implementación de este concepto jurídico, que permite a los Estados ribereños disfrutar de derechos exclusivos sobre vastos territorios oceánicos, proviene de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), específicamente en la Parte VI. [ 7 ] Este tratado multilateral fue aprobado en abril de 1982 y entró en vigor el 16 de noviembre de 1994, un año después de su ratificación por Guyana , que cumplió con el requisito de que al menos 60 Estados signatarios lo ratificaran.
Las normas elaboradas y emitidas por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS) tienen aplicación mundial. La reunión de los Estados parte de la convención estableció la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLCS), y la validación de la comisión le otorga legitimidad política y jurídica. Esta comisión tiene su sede en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York. [ 4 ]
Para que un Estado ribereño adquiera derechos sobre plataformas continentales científicas, debe seguir rigurosamente pasos específicos. Primero, debe presentar un informe detallado a la CLCS, en el que demuestre sus derechos sobre un área específica, delimitada en una presentación cartográfica. Este proceso debe considerar las directrices científico-técnicas establecidas por la UNCLOS, y el informe debe basarse en una amplia recopilación de datos, incluyendo estudios y diversos análisis científicos, tales como estudios gravimétricos, batimétricos, magnetométricos, geológicos, geofísicos, morfológicos, sísmicos, sedimentológicos, etc. Especialistas en múltiples disciplinas, incluyendo oceanografía, hidrografía , geografía, cartografía, derecho y derecho internacional, participan en este esfuerzo. [ 5 ] [ 3 ]
La CLCS, a través de una subcomisión de siete miembros de un total de 21 expertos técnicos en hidrografía, geofísica y geología, revisa la reclamación. Examinan cuidadosamente los argumentos del estado, los datos técnicos y los mapas adjuntos. La comisión puede solicitar reuniones aclaratorias, hacer recomendaciones para modificaciones o brindar asesoramiento científico-técnico, lo que podría implicar el reprocesamiento de los datos presentados. [ 5 ] [ 8 ] [ 9 ]
Tras completar el análisis, la subcomisión emite recomendaciones preliminares, que posteriormente son aprobadas por la comisión en pleno. Si el estado sigue estas recomendaciones, se validan los nuevos límites. Si la comisión detecta extensiones excesivas, puede recomendar ajustes, dejando en suspenso las secciones en disputa. [ 10 ] El estado puede aceptar o revisar su solicitud y, tras una revisión adicional, la comisión puede finalmente validar la presentación. [ 4 ] [ 5 ]
Según el artículo 76.8 de la UNCLOS, una vez que la CLCS valida el límite exterior de un Estado, este es definitivo y vinculante, ejecutable frente a terceros Estados y de cumplimiento obligatorio a nivel internacional. [ 4 ] [ 5 ]
Legalmente, el Estado traza la frontera, y la CLCS solo proporciona recomendaciones para garantizar el cumplimiento de los requisitos de la UNCLOS. Esto asegura que la extensión se ajuste a los derechos desarrollados en virtud de la convención. [ 11 ]
El Estado ribereño presentará al Secretario General de las Naciones Unidas la cartografía, los datos geodésicos y la información adicional que describa el nuevo límite exterior, establecido de forma permanente, quien, al recibirlos, les dará la difusión adecuada para que dichos límites sean respetados por la comunidad internacional. [ 12 ] [ 13 ]
Fórmulas para medir el borde exterior del margen continental.

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), en su artículo 76, establece directrices técnico-científicas complejas que todos los Estados ribereños deben seguir al estimar la extensión de su plataforma continental. Estas directrices se sintetizan en cuatro reglas: dos fórmulas y dos restricciones. Dichas normas fueron objeto de debate y consenso durante varios años, y finalmente se aprobaron en la ciudad de Nueva York el 13 de mayo de 1999, durante el quinto período de sesiones.
El procedimiento para los Estados que desean expandir su área marítima comienza con la localización del pie del talud continental, definido como el punto de mayor cambio de pendiente en su base. Una vez identificado este punto, se trazan líneas de fórmula para encontrar el límite exterior más alejado, que corresponderá al borde exterior de la plataforma continental que el Estado pretende defender. Cada Estado elegirá la fórmula a utilizar en cada sección, aplicando la más conveniente según las características del lecho marino y las distancias, para lograr la mayor extensión posible de la plataforma continental exclusiva. [ 4 ] [ 5 ]
Cada fórmula fue propuesta por un geólogo, y su nombre técnico lleva el apellido del científico:
Fórmula de Gardiner o fórmula de espesor de sedimentos
Su aplicación da como resultado una línea trazada a través de puntos fijos donde el espesor de la roca sedimentaria es al menos el 1% de la distancia más corta entre ese punto y la base de la pendiente.
Fórmula de Hedberg o fórmula de distancia
Al aplicarse, se traza una línea que pasa por puntos fijos situados a no más de 60 millas náuticas del pie del talud continental.
Posteriormente, la propuesta obtenida se evalúa mediante la prueba de pertenencia, en la que debe demostrarse que la plataforma continental se extiende más allá de 200 millas náuticas (370 km; 230 millas) medidas desde las líneas de base.
En el siguiente paso, se aplican las reglas de restricción, que son dos:
- Ningún punto del área reclamada puede exceder las 350 millas náuticas (650 km; 400 millas) medidas desde las líneas de base;
- Ningún punto del área reclamada puede exceder una distancia de 100 millas náuticas (190 km; 120 millas) medida desde la línea donde se encuentra la isobata de 2.500 metros (8.200 pies) .
Al combinar la fórmula seleccionada en el segmento con las restricciones aplicadas, se trazan los límites exteriores de la plataforma continental extendida, y todos los segmentos finalmente se unen en una línea continua. [ 14 ]
Plazos de entrega
Se estableció que mayo de 2009 sería la fecha límite para que cada Estado parte de la UNCLOS presentara un informe a la CLCS, argumentando su solicitud de expansión, la cual podía ser completa o solo para una sección. Los Estados que presentaron su informe a tiempo pudieron incluir información complementaria sobre otras áreas reclamadas en presentaciones posteriores. Un Estado que no presentó su informe antes de la fecha límite quedó descalificado. En el caso de un Estado que aún no ha ratificado la UNCLOS, cualquier expansión de límites marítimos iniciada por él mismo carece de valor jurídico. Solo adquirirá derechos si primero se adhiere a la convención, después de lo cual debe presentar sus estudios a la CLCS. Se concede un plazo de 10 años para ello, a partir de la fecha de ratificación; si el Estado no presenta el informe dentro de este plazo, perderá su derecho a la expansión de forma permanente. [ 1 ] [ 2 ]
Territorios marítimos en disputa

Los procedimientos establecidos por la UNCLOS se basan en el principio de que "la tierra domina al mar", lo que significa que el estatus de los espacios marítimos legitimados por sus órganos deriva del estatus de las masas terrestres costeras. Si la CLCS encuentra reclamaciones de jurisdicción superpuestas o conflictos pendientes durante el proceso de extensión —es decir, áreas oceánicas reclamadas por dos o más países, incluidas las proyectadas desde islas en disputa—, ninguna presentación relativa a esas áreas será examinada ni evaluada, ya que la comisión no puede intervenir en la cuestión sustantiva. En cambio, el trazado o la asignación definitiva se pospondrán, sujetos al resultado de otros órganos jurídicos o mecanismos de negociación apropiados a la naturaleza de estas controversias, tales como tratados, acuerdos, negociaciones entre las partes, mediación, resoluciones de tribunales internacionales, etc. [ 15 ] [ 16 ] [ 17 ]
Solo si los reclamantes presentan una presentación conjunta a la CLCS [ 18 ] [ 19 ] —una sugerencia que incluso ha sido alentada por la propia comisión [ 20 ] — o expresan su consentimiento, la delimitación no perjudicará la solución jurídica final.
En julio de 2023, la Corte Internacional de Justicia dictaminó sobre la prioridad de una plataforma continental sobre una plataforma continental extendida en el caso de la disputa territorial y marítima entre Colombia y Nicaragua . [ 21 ]
Según los términos del artículo 59 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, las reclamaciones controvertidas y superpuestas no tienen fuerza jurídica hasta que la controversia se resuelva entre las partes en conflicto. [ 22 ]
CONVEMAR es una comisión consultiva que formula recomendaciones que no son jurídicamente vinculantes, y la comisión no tiene jurisdicción sobre cuestiones de soberanía. [ 23 ]
El 19 de diciembre de 2023 ( 2023-12-19 ) , el Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció los resultados de su "Proyecto de Plataforma Continental Extendida de EE. UU." Declaró una expansión de los límites exteriores de la plataforma continental de los Estados Unidos en numerosas regiones. La Plataforma Continental Extendida de EE. UU. se superpone parcialmente con las áreas de la plataforma continental extendida de Canadá , las Bahamas y Japón . En estas áreas, los Estados Unidos y estos países deberán establecer límites marítimos en el futuro. [ 24 ] [ 25 ]
Véase también
- margen continental
- Plataforma continental de Chile
- Plataforma continental de Rusia
- Plataforma continental de los Estados Unidos
- Convenio sobre la Plataforma Continental
- Disputa sobre la plataforma continental extendida en el Mar de la Zona Sur entre Argentina y Chile.
- Territorios en disputa
- Tribunal Internacional del Derecho del Mar
- Reivindicaciones territoriales en el Ártico#Rusia
- Aguas territoriales
Referencias
- 1 2 3 4 5 Guzmán, Jorge G. (2016). "Introducción al problema de la plataforma continental extendida más allá de las 200 millas náuticas: El caso de Chile y Argentina en el Océano Austral y la Antártida Sudamericana" (PDF) . pp. 14 páginas.
- 1 2 3 4 5 Guzmán, Jorge G. (2017). "La plataforma continental extendida: El caso de Chile y Argentina en el Océano Austral y la Antártida" . Revista de Marina (957): 12– 17. ISSN 0034-8511 .
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- ↑ «Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar» (PDF) . Naciones Unidas . Consultado el 31 de diciembre de 2024. Artículo
59: En los casos en que la presente Convención no atribuya derechos ni jurisdicción al Estado ribereño ni a otros Estados dentro de la zona económica exclusiva, y surja un conflicto entre los intereses del Estado ribereño y cualquier otro Estado o Estados, el conflicto deberá resolverse sobre la base de la equidad y a la luz de todas las circunstancias pertinentes, teniendo en cuenta la importancia respectiva de los intereses en juego para las partes, así como para la comunidad internacional en su conjunto.
- ↑ "Argentina celebra el fallo marítimo de la ONU" . DW. 29 de marzo de 2016. Consultado el 31 de diciembre de 2024 .
- ↑ "Destino manifiesto en las profundidades: Estados Unidos reclama una nueva y enorme "plataforma continental extendida" a través de dos océanos" (PDF) .
- ↑ "Plataforma continental extendida de EE. UU. "
Bibliografía
Enlaces externos
- "Naciones Unidas – Comisión de Límites de la Plataforma Continental" .
- Derecho del mar
- Oceanografía
- estantes continentales