En la ley de Luisiana , la propiedad extradotal es aquella que no forma parte de la dote de una mujer (lo que significaría que su esposo tiene ciertos derechos sobre ella [ 1 ] ), sino que le pertenece solo a ella. [ 2 ] [ 3 ] También se la denomina "propiedad parafernal", [ 4 ] [ 5 ] del griego que significa "más allá de la dote", lo que nos da la palabra " parafernalia ". [ 6 ]
En el caso Fleitas v. Richardson , la Corte Suprema de los Estados Unidos determinó el alcance y el efecto del derecho extradotal sobre los derechos de las mujeres casadas en Luisiana.
Referencias
- ↑ Véase el artículo 969 del Código de Procedimiento Civil de Luisiana.
- ↑ Henry C. Black, Black's Law Dictionary , 4.ª ed. revisada, 1968, pág. 697, citando el antiguo Código Civil de Luisiana, artículo 2335.
- ↑ Fleitas v. Richardson , 147 US 550, 553, 37 L.Ed. 276, 13 S.Ct. 495 ("Los bienes dotales son aquellos que la esposa aporta al esposo para ayudarlo a sufragar los gastos del matrimonio. Los bienes extradotales... son aquellos que no forman parte de la dote.").
- ↑ Black, Black's Law Dictionary , 4.ª ed. revisada, 1968, pág. 697.
- ^ Fleitas contra Richardson , 147 EE. UU. en 553.
- ↑ Diccionario American Heritage .
Enlaces externos
- Fleitas contra Richardson .
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