Articulo de referencia

Decimocuarta Comisión de Finanzas

La Decimocuarta Comisión de Finanzas de la India fue una comisión de finanzas constituida el 2 de enero de 2013. El presidente de la comisión fue el exgobernador del Banco de la...

La Decimocuarta Comisión de Finanzas de la India fue una comisión de finanzas constituida el 2 de enero de 2013. El presidente de la comisión fue el exgobernador del Banco de la Reserva de la India, YV Reddy , y sus miembros fueron Sushma Nath, M. Govinda Rao, Abhijit Sen, Sudipto Mundle y AN Jha. Las recomendaciones de la comisión entraron en vigor en abril de 2015 y se aplicaron durante un período de cinco años a partir de esa fecha. [ 1 ]

El 24 de febrero de 2015, el gobierno de la India aceptó las recomendaciones de la decimocuarta comisión de finanzas para aumentar la participación de los estados en los impuestos centrales al 42%, el mayor incremento jamás recomendado. Se recomendó la distribución de bienes a los estados para los gobiernos locales utilizando datos de población de 2011 con una ponderación del 90% y la superficie con una ponderación del 10%.

Repaso del trimestre anterior

desempeño fiscal

Unión

  • La deuda de la Unión se ha mantenido dentro de los límites establecidos por la comisión anterior. Esto se debe principalmente a un elevado crecimiento nominal del PIB.
  • Los ingresos fiscales brutos, tras alcanzar un máximo del 11,9 por ciento del PIB en 2007-08, disminuyeron en más de 1,7 puntos porcentuales en 2012-13. Los tipos de los impuestos especiales y del impuesto sobre los servicios se redujeron en respuesta a la crisis económica mundial.
  • La relación impuestos/PIB había disminuido.
    • Los ingresos por intereses de los préstamos pendientes de los gobiernos estatales habían disminuido.
    • Se observaron fluctuaciones en los ingresos de capital no provenientes de deuda.
    • Los ingresos por desinversión fueron inferiores a las estimaciones.
  • Los estados quedaron excluidos de gran parte del fondo común de ingresos debido a la pérdida de ingresos, los gastos fiscales y el aumento de los tipos impositivos y recargos.
  • La calidad de la gestión fiscal se caracterizó por un crecimiento de los ingresos inferior al deseado, una fuerte reducción de los gastos de capital y un alto nivel de subvenciones.

Estados

  • Se observó una mejora en la situación fiscal de todos los estados en conjunto. El déficit fiscal bruto agregado y el déficit de ingresos, en relación con el PIB, disminuyeron en 1,4 puntos porcentuales cada uno. El déficit primario, en relación con el PIB, disminuyó en 0,2 puntos porcentuales.
  • La buena salud fiscal fue posible gracias a un aumento en los ingresos totales.

en 1,2 puntos porcentuales en relación con el PIB.

    • Los ingresos fiscales propios de los estados, en relación con el PIB, aumentaron en 0,9 puntos porcentuales.
    • La transferencia de ingresos fiscales de la Unión a los estados aumentó en 0,5 puntos porcentuales.
    • Las subvenciones procedentes de los programas centrales habían aumentado en 0,2 puntos porcentuales.
    • Los ingresos propios no tributarios disminuyeron en 0,2 puntos porcentuales.
  • Los gastos de capital disminuyeron ligeramente en relación con el PIB y solo se produjo un cambio marginal en el gasto total en relación con el PIB.
    • Los pagos de intereses se redujeron en 1,2 puntos porcentuales, por lo que los gastos corrientes disminuyeron en 1,2 puntos porcentuales.
    • Las pensiones incrementaron el gasto en 0,2 puntos porcentuales.
    • Los servicios sociales incrementaron el gasto en 0,9 puntos porcentuales.
    • Los servicios económicos incrementaron el gasto en 0,1 puntos porcentuales.
  • La deuda y los pasivos pendientes en su conjunto, como porcentaje del PIB, también se redujeron progresivamente.

Recomendaciones

Reparto de los ingresos fiscales de la Unión con los estados

Las transferencias de la Unión a los estados consisten en descentralización de impuestos, subvenciones no contempladas en el Plan, subvenciones del Plan y subvenciones para diversos programas con apoyo central (CSS, por sus siglas en inglés), incluidas aquellas que se transfirieron directamente a los organismos ejecutores sin pasar por el presupuesto.

Aportaciones a la comisión

devolución vertical

La decimocuarta comisión de finanzas considera que la descentralización tributaria debe ser la principal vía de distribución de recursos a los estados. La comisión recomienda aumentar la descentralización tributaria del fondo común a los estados al 42 % para el período 2015-2020. Esto representa un aumento del 10 % con respecto al objetivo del 32 % establecido por la decimotercera comisión de finanzas.

La comisión recomendó que la nueva descentralización tributaria sea la principal vía de transferencia de recursos a los estados, dado que se basa en fórmulas y, por lo tanto, favorece un federalismo fiscal sólido. Sin embargo, en la medida en que las transferencias basadas en fórmulas no satisfagan las necesidades de estados específicos, deberán complementarse con subvenciones.

La comisión consideró que el nuevo objetivo cumple el doble propósito de aumentar el flujo de transferencias incondicionales a los Estados y, al mismo tiempo, dejar suficiente margen fiscal para que la Unión lleve a cabo otras funciones y transferencias con fines específicos a los Estados.

Devolución horizontal

La comisión ideó una nueva fórmula para repartir el 42% del fondo común entre los estados.

Área

La comisión siguió el método adoptado por la 12ª comisión y fijó el límite mínimo en el 2 por ciento para los Estados más pequeños, asignándoles una ponderación del 15 por ciento.

Cobertura forestal

La comisión asignó un peso del 7,5 por ciento a la cobertura forestal como nuevo criterio para equilibrar el beneficio de las enormes ventajas ecológicas y el coste de oportunidad en términos de superficie no disponible para otras actividades económicas, lo que se convierte en un indicador de incapacidad fiscal.

Población

La comisión consideró que la asignación basada en datos demográficos obsoletos no era justa, y asignó una ponderación del 17,5 por ciento a la población de 1971 y una ponderación del 10 por ciento a la población de 2011 para reflejar los cambios demográficos desde 1971, tanto en términos de migración como de estructura por edades.

Distancia de ingresos

La comisión asignó un peso del 50% a la distancia de ingresos, ya que es la única medida de capacidad fiscal. Se trata de la distancia del ingreso per cápita real de un estado con respecto al estado con el ingreso per cápita más alto. La comisión calculó la distancia de ingresos siguiendo el método utilizado por la 12.ª comisión. Se tomó un promedio de tres años (2010-11 a 2012-13) del PIB estatal per cápita comparable para los veintinueve estados. La distancia de ingresos se calculó tomando la distancia desde el estado con el PIB estatal per cápita más alto. Goa tenía el más alto, seguido de Sikkim. Dado que estos dos son estados muy pequeños, la distancia de ingresos se calculó a partir del tercero, Haryana. A Goa, Sikkim y Haryana se les asignó la misma distancia que se obtuvo para Haryana.

Participación horizontal de los Estados

La comisión determinó la siguiente distribución entre los estados basándose en los criterios y en la consideración de que no se aplica el impuesto sobre los servicios y, por lo tanto, no se puede compartir con el estado de Jammu y Cachemira.

Gobiernos locales

La comisión había asignado subvenciones y también identificado muchas fuentes de ingresos para los organismos locales, y proporcionó directrices a los gobiernos central y estatales para fortalecerlos.

asignación de subvenciones

Las subvenciones del gobierno central deben utilizarse únicamente para los servicios básicos que les corresponden por ley: suministro de agua, saneamiento, alcantarillado, drenaje de aguas pluviales, gestión de residuos sólidos, alumbrado público, carreteras y aceras municipales, parques, zonas de juego, etc.

La Comisión fijó el monto total de la subvención en 287.436 millones de rupias para el período 2015-2020, lo que representa una ayuda de 488 rupias per cápita al año en total. De este monto, la subvención para los panchayats es de 200.292,2 millones de rupias y para los municipios es de 87.143,8 millones de rupias.

descentralización de subvenciones

La Comisión recomendó que la distribución de las subvenciones a los estados se realice utilizando los datos de población de 2011, con una ponderación del 90 %, y la superficie, con una ponderación del 10 %. La subvención para cada estado se dividirá en dos: una para los consejos locales (gram panchayats) debidamente constituidos y otra para los municipios debidamente constituidos, en función de la población urbana y rural de cada estado, según los datos del censo de 2011.

Calendario

Cada subvención consta de dos componentes: básico y por desempeño. La comisión recomienda que el 50% de la subvención básica anual se entregue al Estado como primer pago. El resto de la subvención básica y la totalidad de la subvención por desempeño se entregarán como segundo pago. El Gobierno Estatal deberá entregar las subvenciones a los organismos locales en un plazo de quince días a partir de su abono en sus cuentas por parte del Gobierno Central. En caso de retraso, el Gobierno Estatal deberá abonar la cuota con los intereses correspondientes, utilizando sus propios fondos.

Gram Panchayats

En el caso de los consejos locales (gram panchayats), el 90% de la subvención corresponderá a la subvención básica y el 10% a la subvención por desempeño. Las subvenciones para los consejos locales deben destinarse exclusivamente a ellos, sin que se compartan con otros niveles de gobierno del estado. Los gobiernos estatales deben atender las necesidades de los demás niveles y distritos.

Las subvenciones para los consejos locales (gram panchayats) dentro de un estado se distribuirán según la fórmula elegida por la comisión financiera estatal. En caso de que no se disponga de dicha fórmula, la participación de cada consejo local se calculará en función de la población de 2011, con una ponderación del 90 %, y la superficie, con una ponderación del 10 %.

Municipios

En el caso de los municipios, la división entre la subvención básica y la de desempeño será en una proporción de 80:20. La subvención básica para los organismos locales urbanos se dividirá en partes por niveles y se distribuirá entre cada nivel, las corporaciones municipales, los municipios (los organismos locales urbanos de nivel II) y los nagar panchayats (los organismos locales de nivel III) utilizando la fórmula dada por una comisión financiera estatal. En caso de que la fórmula SFC no esté disponible para los organismos locales urbanos, las partes de cada uno de los tres niveles se basarán en la población de 2011 con un peso del 90 por ciento y el área con un peso del 10 por ciento, y luego se distribuirán entre las entidades de cada nivel en proporción utilizando la misma fórmula. Los procesos de licitación de los organismos locales no son transparentes. Las reglas de licitación de los organismos locales son estrictas, por lo que algunas personas cercanas participan en la licitación.

Subvenciones por desempeño

Las subvenciones por desempeño se otorgarán a partir del segundo año o 2016 en adelante. Para ser elegible para las subvenciones por desempeño,

  • Los organismos locales y el gobierno estatal deben presentar cuentas anuales auditadas que correspondan a un año no anterior a los dos años previos al año en que el organismo solicita la subvención por desempeño.
  • Deben demostrar un aumento en los ingresos propios del organismo local con respecto al año anterior.
  • En el caso de los organismos locales urbanos, deben medir y publicar parámetros de referencia sobre el nivel de servicio de los servicios básicos.

El importe no desembolsado deberá distribuirse de forma equitativa entre todos los organismos locales que reúnan los requisitos para recibir la subvención por desempeño en el Estado.

Empoderar a los organismos locales

Los gobiernos estatales deben garantizar que los organismos locales obtengan ingresos de todas las fuentes locales.

  • Es necesario revisar las normas vigentes para facilitar el cobro del impuesto sobre la propiedad y la reevaluación de las propiedades por parte de los organismos locales.
  • Es necesario fortalecer la SFC con una constitución oportuna y apoyo administrativo.
  • Hay que permitir que los panchayats cobren el impuesto sobre terrenos baldíos y los cargos por conversión de terrenos.
  • Es necesario tomar medidas para facultar a los organismos locales a imponer impuestos sobre la publicidad.
  • Revisar el impuesto sobre el entretenimiento y permitir que los organismos urbanos locales se beneficien de él.
  • Participar en las regalías de la minería en la zona donde se ubica la mina.
  • Permitir que los organismos locales estudien la posibilidad de emitir bonos municipales.

Plan fiscal

Transferencia a estados especiales

    • Se destinarán 1,94 billones de rupias como subvención para cubrir el déficit de ingresos posterior a la descentralización para los 11 estados con déficits de ingresos abismales.
    • El déficit fiscal deberá reducirse al 3% del PIB, y el déficit de ingresos deberá ser del 0% para 2017.
    • El plan fiscal a mediano plazo (PFMP) debe ser una declaración de compromiso en lugar de una declaración de intenciones.
    • Se fijará un objetivo del 62% del PIB para la deuda combinada del gobierno central y los estados. Esto supone una mejora con respecto al 68% establecido por la comisión anterior.
    • Los estados podrán optar a un límite de endeudamiento adicional del 0,25% del PIB estatal.
    • La actual Ley FRBM se modificará para explicar la naturaleza de las perturbaciones que requieren una flexibilización del objetivo y se fusionará con una Ley de Límite de Deuda y Responsabilidad Fiscal.
  • Medidas para abordar la menor capacidad fiscal del gobierno central.
    • Se creará un consejo independiente para evaluar las implicaciones de la política fiscal.
    • Se ampliará el consejo interestatal para promover el federalismo cooperativo, con el fin de identificar subvenciones sectoriales para los estados.
    • Se han propuesto iniciativas para reducir 30 programas financiados por el gobierno central. El gobierno central ha aceptado 8 de ellos.

Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST)

La comisión recomendó al gobierno central la creación de un fondo de compensación del GST (Impuesto sobre Bienes y Servicios). Esta compensación se destinará a cubrir el 100% del déficit en el primer año, el 75% en el segundo y el 50% en el tercero. Esta carga fiscal adicional para el gobierno central debe considerarse una inversión para obtener beneficios a mediano y largo plazo.

Fondo Nacional de Ayuda para Desastres

La financiación del NDRF provenía de la aplicación de un impuesto especial a determinados artículos, algunos de los cuales se integrarán en el GST (Impuesto sobre Bienes y Servicios). La comisión recomendó al Gobierno central garantizar una fuente de financiación estable. Asimismo, recomendó considerar la exención fiscal para las contribuciones privadas al NDRF.

La comisión recomendó revisar el reembolso de los gastos incurridos por las fuerzas de defensa para no obstaculizar su eficacia durante las labores de socorro en casos de desastre.

La comisión recomendó al Gobierno de la Unión que acelerara el desarrollo y la validación científica de los perfiles de riesgo, vulnerabilidad y peligros de los estados.

La comisión recomendó mantener un fondo común para todos los estados de 61.219 millones de rupias durante los cinco años, con base en los gastos de años anteriores. La comisión recomendó que cada estado aportara el 10% y la Unión el 90% restante. Considerando la necesidad de atender desastres específicos de cada estado, la comisión recomendó que los estados puedan utilizar hasta el 10% de los fondos disponibles del Fondo Estatal de Respuesta ante Desastres (SDRF) para desastres naturales que consideren "desastres" dentro del contexto local del estado y que no estén incluidos en la lista oficial de desastres del Ministerio del Interior.

Servicios públicos

Fuerza

La comisión recomienda que se logre la medición del 100 por ciento en un plazo determinado para todos los consumidores de electricidad.

La Ley de Electricidad de 2003 no contempla actualmente sanciones por retrasos en el pago de subsidios por parte de los gobiernos estatales. La comisión recomendó que se modificara la ley para facilitar la imposición de dichas sanciones.

La Ley de Electricidad permite que los gobiernos estatales creen un Fondo para la Comisión Reguladora Estatal de Electricidad (SERC, por sus siglas en inglés) para que las SERC puedan cumplir con sus responsabilidades. La comisión recomendó a todos los estados que establezcan un Fondo SERC, tal como lo establece la ley.

Transporte

La comisión recomendó a la Autoridad de Tarifas Ferroviarias (RTA) que sustituyera con urgencia al organismo asesor por un organismo legal, introduciendo las modificaciones necesarias en la Ley de Ferrocarriles de 1989.

La comisión recomendó que los sistemas contables de las Unidades de Transición de Servicios Regionales (UTSR) expliciten todas las formas de subvención, la base para determinar el alcance de las subvenciones y también el alcance del reembolso por parte de los Gobiernos Estatales.

La comisión recomendó establecer organismos reguladores independientes para el sector del transporte terrestre de pasajeros con el fin de ayudar en la fijación de tarifas, la regulación de la calidad del servicio y la recopilación y difusión de información del sector. SASAS

suministro de agua

La comisión recomendó a todos los estados que establecieran una autoridad reguladora del agua (ARA) para fijar precios para el agua de uso doméstico, de riego y otros. Recomendó a todos los estados que invirtieran en la medición volumétrica del agua de riego. Asimismo, recomendó a los estados y a los organismos locales que avanzaran progresivamente hacia la instalación de contadores al 100% y que completaran la instalación para 2017, con los costos a cargo de los consumidores. La comisión recomendó otorgar nuevas conexiones en las zonas urbanas únicamente cuando los contadores estén instalados y en funcionamiento.

Empresas del sector público

La comisión recomendó que se designara un Comité de Empresas Públicas del Sector Financiero para examinar y recomendar parámetros para un apoyo fiscal futuro adecuado a las empresas públicas del sector financiero, reconociendo las necesidades regulatorias y la multiplicidad de unidades en cada actividad.

La comisión recomendó clasificar a las empresas del sector público en categorías de alta, baja y ninguna prioridad para decidir la política actual y el curso de acción futuro.

La comisión recomendó liquidar el Fondo Nacional de Inversiones y que todos los ingresos procedentes de la desinversión se depositaran en el Fondo Consolidado de la India.

Referencias

  1. Jagannathan, KT (24 de febrero de 2015). "Todo lo que necesitas saber sobre la Comisión de Finanzas" . The Hindu . Consultado el 18 de noviembre de 2017 .

Revista-libro de Arihant 2017