Articulo de referencia

Regla funeraria

La Regla Funeraria , promulgada por la Comisión Federal de Comercio el 30 de abril de 1984 y modificada con vigencia a partir de 1994, es una regulación federal estadounidense d...

La Regla Funeraria , promulgada por la Comisión Federal de Comercio el 30 de abril de 1984 y modificada con vigencia a partir de 1994, es una regulación federal estadounidense diseñada para proteger a los consumidores al exigirles que reciban información adecuada sobre los bienes y servicios que puedan adquirir de un proveedor de servicios funerarios.

Todos los proveedores de servicios funerarios de EE. UU. deben cumplir con la Regla Funeraria. Esta regla define términos como, entre otros, proveedor funerario, bienes funerarios y servicios funerarios , y especifica diversos derechos del consumidor, así como parámetros específicos dentro de los cuales los proveedores de bienes y servicios de la industria funeraria deben respetar los derechos del consumidor y llevar a cabo sus negocios. [ 1 ]

Descripción general

La Regla Funeraria define y proporciona parámetros en las siguientes áreas temáticas clave: [ 2 ]

  • Definición de una lista general de precios, o LGP
  • Se debe proporcionar información específica por escrito al consumidor sobre el embalsamamiento, los contenedores alternativos para la cremación directa, la tarifa básica del servicio, la lista de precios de ataúdes y la lista de precios de contenedores exteriores para entierro.
  • Declaraciones falsas específicas en seis áreas: embalsamamiento , ataúd para cremación directa, contenedor exterior para entierro, requisitos legales y del cementerio , reclamaciones sobre bóvedas protectoras y de conservación, artículos de anticipo de efectivo y otras declaraciones falsas.

- La GPL debe contener un reconocimiento por escrito de que los consumidores tienen derecho a elegir los bienes y servicios funerarios que deseen, con algunas excepciones.

  • Divulgación y referencia a cualquier ley estatal o local que requiera que un consumidor compre algún artículo en particular.
  • Una funeraria no puede negarse a manejar un ataúd comprado a un proveedor externo ni cobrarle una tarifa por ello.
  • Una funeraria que también ofrece cremación debe ofrecer una caja de madera sin acabado de bajo costo o un contenedor alternativo con una carcasa no metálica que se incinera junto con el cuerpo.
  • Se debe informar por escrito al consumidor sobre su derecho a comprar una caja de madera sin acabado o un contenedor alternativo para la cremación directa.
  • Una funeraria no puede alegar que la ley estatal o local exige un ataúd para la cremación directa.
  • Se debe proporcionar una descripción escrita y una lista de precios de todos los ataúdes antes de ver cualquier ataúd en venta.
  • Se proporciona al consumidor un acuse de recibo por escrito que indica que no es necesario adquirir un paquete funerario.
  • Detalles por escrito, incluidos los gastos asociados, relativos al velatorio o la visita al difunto.
  • Detalles por escrito, incluidos los gastos asociados, de un servicio funerario formal.
  • Información detallada por escrito, incluyendo los gastos asociados, sobre el transporte al cementerio.
  • Una funeraria debe proporcionar una licencia general por escrito a todas las personas que pregunten personalmente sobre los arreglos funerarios, independientemente de si son consumidores que buscan comprar bienes y servicios funerarios de la funeraria ahora o en el futuro.
  • Se debe proporcionar la GPL para que la persona o grupo que realiza la consulta pueda conservarla.
  • La Ley de Protección al Consumidor (GPL, por sus siglas en inglés) debe ofrecerse cuando se inicie cualquier conversación sobre arreglos funerarios, bienes o servicios o los precios de los mismos, independientemente del lugar donde se lleve a cabo la conversación.
  • No es necesario enviar físicamente la GPL en respuesta a consultas telefónicas o por correo, aunque se debe proporcionar información precisa a las consultas telefónicas.
  • No se puede cobrar ninguna tarifa por proporcionar una GPL en respuesta a una consulta telefónica o por correo.

Tipos de funerales

La Regla Funeraria define claramente varios tipos de funerales para minimizar la posibilidad de falta de comunicación o malentendidos entre el proveedor de servicios funerarios y el cliente. [ 3 ]

Funeral tradicional con servicio completo

La normativa sobre funerales describe un funeral tradicional con servicio completo como aquel que incluye el velatorio o la visita al difunto, que suele tener lugar en la funeraria, un servicio funerario formal, el traslado del difunto al cementerio ( coche fúnebre ), el entierro , la inhumación o la cremación, además de la tarifa básica del director de la funeraria.

Los costos adicionales no incluidos en los arreglos mencionados anteriormente incluyen el embalsamamiento y la vestimenta del cuerpo, la tarifa básica del servicio de la funeraria , el alquiler de la funeraria para el velatorio o el servicio, el uso de vehículos (limusina) para transportar a la familia o a los portadores del féretro, el ataúd o la urna , la parcela o cripta del cementerio , las flores, el aviso fúnebre y otros.

Entierro inmediato

La Regla Funeraria describe el entierro inmediato como aquel que se realiza poco después del fallecimiento, sin velatorio ni visita, y generalmente en un ataúd o urna sencilla. Por lo general, no hay velatorio ni visita, por lo que el embalsamamiento no es necesario ni obligatorio. El servicio conmemorativo suele celebrarse en el lugar del entierro o en una fecha posterior.

Los costos asociados a esta opción incluyen los honorarios básicos de la funeraria, el transporte y cuidado del cuerpo, el ataúd o contenedor funerario y la parcela o cripta en el cementerio. Si la familia elige un servicio de sepelio, se añadirán cargos adicionales.

cremación directa

La normativa funeraria describe la cremación directa como aquella que se realiza poco después del fallecimiento, sin velatorio ni visita, y en la que no es necesario ni obligatorio el embalsamamiento . Se puede celebrar un servicio conmemorativo con o sin las cenizas. Estas pueden conservarse en el domicilio, ser enterradas, depositadas en una cripta o nicho , o esparcidas en un lugar predilecto.

Los costos asociados con la cremación directa incluyen la tarifa básica del director de la funeraria , el transporte y cuidado del cuerpo, una tarifa de cremación que puede incluirse si la funeraria ofrece servicios de cremación, el costo de una urna u otro contenedor y la parcela en el cementerio o cripta si los restos son enterrados o sepultados. Si la funeraria no ofrece servicios de cremación, también se agregará una tarifa de cremación de terceros. La Regla Funeraria establece que todas las funerarias que ofrecen cremación deben ofrecer a los consumidores contenedores distintos de los ataúdes .

Visita o visualización

Según la Regla Funeraria, los ciudadanos estadounidenses no están obligados a utilizar una funeraria para el velatorio, la visita o el funeral. Sin embargo, existen numerosos detalles y requisitos legales, por lo que es una práctica común recurrir a una. Los proveedores de servicios de traslado funerario eliminan la necesidad de una funeraria y, al mismo tiempo, facilitan que una persona sin formación especializada pueda realizar los trámites básicos de transporte, almacenamiento y preparación de documentos.

Tarifa básica por servicio

La Ley de Servicios Funerarios permite a las funerarias cobrar una tarifa básica por sus servicios. Los consumidores que eligen una funeraria en particular no pueden negarse a pagar esta tarifa, que incluye los servicios comunes a todos los funerales, tales como: - Planificación y organización del funeral, incluyendo la determinación de las fechas y horarios del velatorio o visita. - Obtención de los permisos correspondientes y copias del certificado de defunción . - Preparación de los obituarios . Si se aplica un cargo adicional por servicio, este debe ser informado por escrito. - Custodia de los restos. - Coordinación de los arreglos con el cementerio, crematorio u otro tercero. - La tarifa básica por servicio no incluye servicios ni bienes opcionales.

Bienes o servicios opcionales

El Reglamento Funerario define los bienes o servicios opcionales como todo aquello que no esté específicamente incluido en la tarifa básica del servicio, incluidos los gastos por adelantado. Algunos ejemplos de bienes o servicios opcionales son: - Transporte de los restos - embalsamamiento u otra preparación - Uso de la funeraria y el personal para el velatorio o la visita - El funeral o la ceremonia conmemorativa - Uso del coche fúnebre para el transporte al cementerio - Limusina para la familia o los portadores del féretro - Ataúd o urna - Contenedor exterior para el entierro, si lo requiere el cementerio - Contenedor alternativo para el entierro - cremación o inhumación

Un anticipo en efectivo se utiliza para cualquier bien o servicio que la funeraria adquiera de un proveedor externo en nombre de su cliente. Algunos ejemplos de artículos que se pueden cubrir con un anticipo en efectivo incluyen: - Flores - Aviso fúnebre - Portadores del féretro - Clérigo oficiante - Organista o solista

La Regla Funeraria subraya la importancia de que el consumidor aclare con la funeraria si se cobra un recargo por los anticipos en efectivo. Algunas funerarias trasladan el costo exacto a sus clientes, mientras que otras aplican un margen de ganancia, lo cual está permitido por la Regla Funeraria. Según esta regla, las funerarias que cobran un margen de ganancia deben informarlo por escrito a sus clientes, pero no es necesario revelar el monto ni el porcentaje del mismo. La Regla Funeraria también establece que las funerarias deben informar si se aplican reembolsos, descuentos o rebajas a los anticipos en efectivo.

Declaración detallada

La normativa sobre servicios funerarios establece que la funeraria debe proporcionar al cliente un estado de cuenta detallado por escrito, incluyendo el costo total. Sin embargo, no especifica un formato para dicho estado de cuenta, el cual puede incluirse en cualquier documento entregado al cliente al finalizar la conversación sobre los arreglos funerarios. La normativa subraya la importancia de comprender qué bienes y servicios están incluidos en la tarifa base y cuáles se detallan como opcionales y se cobran por separado. El estado de cuenta detallado debe incluir los cargos por anticipos en efectivo. Si la funeraria desconoce el monto exacto de los anticipos en efectivo, debe proporcionar una estimación por escrito. El estado de cuenta detallado también debe revelar cualquier requisito legal, del crematorio o del cementerio para los bienes o servicios adquiridos.

Embalsamamiento

Muchas funerarias exigen el embalsamamiento si se planea un velatorio o una visita, sin embargo, no existe ninguna ley federal o estatal que dicte que el embalsamamiento sea obligatorio y las funerarias tienen prohibido afirmar que existe tal ley.

La normativa funeraria estableció las siguientes directrices sobre el embalsamamiento: - El embalsamamiento no puede realizarse sin el permiso específico del cliente. - Las funerarias no pueden afirmar que el embalsamamiento es un requisito legal, excepto en ciertas circunstancias especiales, y deben proporcionar una divulgación por escrito de ello. - No se puede cobrar a los clientes por el embalsamamiento sin su permiso, a menos que sea requerido por la ley estatal en ciertas circunstancias especiales. - El cliente debe recibir una divulgación por escrito que indique que las personas generalmente tienen derecho a elegir una disposición que no requiera embalsamamiento, como la cremación directa o el entierro inmediato . - Se debe proporcionar una divulgación por escrito si un arreglo funerario, como un velatorio o una visita, puede requerir el embalsamamiento como una necesidad práctica y, por lo tanto, una compra obligatoria.

Ataúdes

Los ataúdes suelen ser de metal, madera, fibra de vidrio, aglomerado o plástico. La normativa funeraria establece que, antes de ver cualquier ataúd, se debe proporcionar a los clientes una descripción escrita de cada ataúd ofrecido y la lista de precios correspondiente. Asimismo, la normativa estipula que la funeraria debe aceptar cualquier ataúd adquirido por un tercero y no puede cobrar ninguna tarifa por dicha aceptación.

Algunos ataúdes incluyen características como «con junta», «protector» o «sellador». Estos términos generalmente significan que el ataúd tiene una junta de goma u otra característica diseñada para retrasar la filtración de agua y prevenir la oxidación. Según la Regla Funeraria, estas características pueden retrasar la descomposición de los restos, pero no la evitarán para siempre. Algunos ataúdes vienen con garantías, pero la garantía cubre la durabilidad del ataúd, no la protección contra la eventual descomposición de los restos. Según la Regla Funeraria, ninguna persona que venda un ataúd puede afirmar que los ataúdes con estas características evitarán la descomposición de los restos para siempre, porque eso no es posible.

Cremación

Según la Regla Funeraria, las funerarias y los crematorios deben cumplir con lo siguiente: - Debe proporcionarse un contenedor económico de madera sin acabado o de material alternativo, con una carcasa no metálica que se incinera junto con el cuerpo. Estos suelen estar hechos de aglomerado, cartón o lona. - No se puede indicar que las leyes estatales o locales exigen la compra de un ataúd para la cremación directa. - Se debe proporcionar a los clientes una declaración por escrito sobre su derecho a comprar una caja de madera sin acabado o un contenedor alternativo para la cremación directa. - Debe proporcionarse una caja de madera sin acabado o un contenedor alternativo.

Si se solicita una visita o velatorio antes de la cremación , muchas funerarias ofrecen ataúdes en alquiler en lugar de tener que comprar uno.

Contenedor exterior para entierro

Aunque no es obligatorio por ley, muchos cementerios sí lo exigen. El contenedor exterior rodea el ataúd en la tumba para evitar que se hunda en la tierra.

Existen dos tipos de contenedores exteriores para entierros: el revestimiento de tumba y la bóveda funeraria . El revestimiento de tumba suele estar hecho de hormigón armado que cumple con los requisitos del cementerio y cubre la parte superior y los laterales del ataúd. La bóveda funeraria es más robusta y costosa, y rodea completamente el ataúd con hormigón u otro material.

La normativa sobre servicios funerarios estipula que se debe entregar al cliente una descripción por escrito y una lista de precios de los contenedores exteriores para entierros antes de que vea cualquier artículo físico, y que la funeraria no puede afirmar, ni por escrito ni verbalmente, que ningún proceso o producto conservará los restos indefinidamente.

Cementerios

Al seleccionar un sitio en un cementerio , The Funeral Rule aconseja a los consumidores que consideren lo siguiente: - Ubicación del cementerio y la parcela - Requisitos o afiliaciones religiosas - Restricciones o cargos asociados con el contenedor exterior del entierro si se compra a un tercero - Tipos de lápidas o monumentos permitidos por el cementerio - Si se pueden colocar flores u otros recuerdos en la tumba - Precio de la parcela - Requisitos del contenedor exterior del entierro - Cargos por abrir la tumba - Cargos por cerrar la tumba - Cargos perpetuos por mantenimiento y cuidado de los terrenos, que a veces están incluidos, pero no siempre - Si los cargos perpetuos no están incluidos, aclarar la tarifa separada de mantenimiento y cuidado de los terrenos - Si las cenizas se guardan en un cementerio, aclarar las tarifas del mausoleo o columbario - Tarifas de apertura del mausoleo o columbario - Tarifas de cierre del mausoleo o columbario - Cargos perpetuos de mantenimiento u otros servicios del mausoleo o columbario

La normativa sobre funerales no se aplica a los cementerios ni a los mausoleos, a menos que ofrezcan tanto bienes como servicios funerarios.

cementerios de veteranos estadounidenses

En Estados Unidos, todos los veteranos tienen derecho a un entierro gratuito en un cementerio nacional y a una lápida. Este beneficio también se extiende a algunos civiles que prestaron servicios relacionados con el ejército y a ciertos proveedores de servicios de salud pública. Además, este beneficio incluye al cónyuge y a los hijos dependientes del veterano, quienes también pueden recibir un entierro gratuito en un cementerio nacional y una lápida. Los cementerios tienen prohibido cobrar a la familia las tarifas de apertura o cierre, así como el ataúd exterior o la colocación de la lápida. Sin embargo, las familias son responsables de los gastos restantes.

Muchos estados han establecido cementerios estatales para veteranos, pero esto varía de un estado a otro, por lo que conviene ponerse en contacto con el estado en cuestión para obtener más información.

La normativa sobre servicios funerarios advierte a los consumidores que tengan cuidado al considerar cementerios comerciales que ofrecen "ofertas especiales para veteranos". Esta normativa señala que los supuestos ahorros suelen compensarse con el cobro de tarifas excesivas por una parcela contigua al cónyuge y/o elevadas tasas de apertura y cierre.

Contratos de previsión

Con la excepción de una parcela en un cementerio si se tiene claro dónde se desea ser enterrado o sepultado, la Comisión Federal de Comercio no recomienda la compra de contratos de servicios funerarios anticipados . La Regla Funeraria establece que todas las directrices y normas establecidas deben cumplirse al momento de discutir los arreglos funerarios anticipados , al momento de la compra del contrato y al momento del funeral . La Regla Funeraria no cubre el lenguaje ni los parámetros del contrato de servicios funerarios anticipados en sí, ni establece directrices sobre aspectos como las opciones de pago, los costos o la posibilidad de modificar, transferir o cancelar el contrato, ni los cargos administrativos. Si los sobrevivientes del titular del contrato de servicios funerarios anticipados consultan sobre bienes o servicios funerarios, modifican los arreglos funerarios anticipados o deben pagar sumas adicionales, la funeraria debe proporcionar por escrito, ya sea impresa o mecanografiada, todas las listas de precios y divulgaciones relevantes en un formato que puedan conservar. Los sobrevivientes también deben recibir por escrito un estado de cuenta detallado y el costo final.

Las personas físicas u organizaciones que vendan contratos de servicios funerarios anticipados en nombre de, o que actúen como agentes de, una o más funerarias, pero que no vendan ellos mismos bienes o servicios funerarios, deben cumplir con la Norma Funeraria.

La Regla Funeraria no se aplica a los arreglos funerarios anticipados ni a los contratos de previsión funeraria adquiridos antes de su entrada en vigor en 1984. Sin embargo, si un contrato de previsión funeraria adquirido antes de 1984 se modifica después de ese año, dicha modificación activa todos los requisitos de la Regla Funeraria.

Dado que el contrato de servicios funerarios prepagados adquirido no está sujeto a la Regla Funeraria, la Comisión Federal de Comercio recomienda que los consumidores que adquieran un contrato de este tipo consideren lo siguiente: - Entender si se han adquirido bienes o servicios funerarios, o ambos. - ¿Dónde se guardan los fondos prepagados? Las normas que rigen la custodia de los fondos prepagados varían de un estado a otro. - Los arreglos funerarios prepagados no están cubiertos por la ley federal y la ley estatal varía de un estado a otro. - ¿Quién se beneficia de los intereses si los fondos prepagados generan intereses? - ¿Qué protecciones existen para el consumidor en caso de que la funeraria que administra el contrato de servicios funerarios prepagados cierre, sea adquirida por una cadena nacional de funerarias o se fusione con otra funeraria? - La política específica de cancelación o modificación, incluida la política de reembolso. - La transferibilidad del contrato de servicios funerarios prepagados a otra funeraria y los gastos asociados. - Los cargos administrativos u otros cargos iniciales y recurrentes que se pagan a la funeraria.

Un contrato funerario anticipado no es, ni debe confundirse con, un plan funerario anticipado , también conocido como plan funerario .

Declaraciones falsas específicas prohibidas

La Regla Funeraria prohíbe las declaraciones falsas específicas en seis áreas.

1. Embalsamamiento: La normativa funeraria prohíbe a las funerarias informar a los consumidores que la ley estatal o local exige el embalsamamiento, a menos que sea cierto. Si la ley estatal lo exige, la funeraria puede comunicar a la familia que el embalsamamiento es necesario en las circunstancias específicas.

Las funerarias deben indicar por escrito en la Ley General de Protección al Consumidor (GPL) que el embalsamamiento no es obligatorio por ley, salvo en circunstancias especiales, e incluir la siguiente declaración: «Salvo en ciertos casos especiales, el embalsamamiento no es obligatorio por ley. Sin embargo, puede ser necesario si usted elige ciertos arreglos funerarios, como un funeral con velatorio. Si no desea el embalsamamiento, generalmente tiene derecho a elegir un arreglo que no lo requiera, como la cremación directa o el entierro inmediato».

Si la ley estatal o local no exige el embalsamamiento bajo ninguna circunstancia, la Regla Funeraria permite omitir la frase «salvo en ciertos casos especiales». Esta aclaración debe colocarse junto al precio del embalsamamiento.

Si un familiar desea ver brevemente al difunto levantando la tapa del ataúd antes del entierro inmediato, la normativa funeraria prohíbe que la funeraria cobre a la familia por la preparación del cuerpo si se rechaza el embalsamamiento. La solicitud de ver al difunto no constituye un velatorio ni una visita formal.

2. Ataúd para cremación directa : La normativa funeraria prohíbe a las funerarias informar a los consumidores que la ley estatal o local exige la compra de un ataúd para la cremación directa, o por cualquier otro motivo. Si se ofrece la cremación directa, la normativa funeraria exige que se disponga de un contenedor alternativo y que se informe a los consumidores de su disponibilidad. Esto debe constar por escrito en el folleto informativo con el siguiente texto: «Si desea organizar una cremación directa, puede utilizar un contenedor alternativo. Los contenedores alternativos envuelven el cuerpo y pueden estar fabricados con materiales como cartón prensado o materiales compuestos (con o sin cubierta exterior). Los contenedores que ofrecemos son (especificar los contenedores)».

La información debe colocarse justo al lado del rango de precios para la cremación directa. Si no se ofrece la cremación directa, dicha información puede omitirse.

3. Ataúd exterior : La normativa funeraria prohíbe a las funerarias informar a los consumidores que la ley estatal o local les exige comprar un ataúd exterior, a menos que esto no sea cierto. Asimismo, se debe informar a los consumidores que la ley estatal no les exige la compra de un ataúd exterior.

Los precios de los contenedores exteriores para entierros pueden figurar en la Lista General de Precios (LGP) o en una lista aparte. Si se incluyen en la LGP, se debe añadir la siguiente información, ubicada justo al lado de los precios: «En la mayoría de las zonas del país, la legislación estatal o local no exige la compra de un contenedor para rodear el ataúd en la tumba. Sin embargo, muchos cementerios sí lo exigen para evitar que la tumba se hunda. Tanto un revestimiento para tumbas como una bóveda funeraria cumplen con estos requisitos».

Si se utiliza una lista de precios separada para los contenedores exteriores de entierro, la GPL debe indicar el rango de precios de los contenedores exteriores de entierro que vende la funeraria, junto con la siguiente declaración: "Se proporcionará una lista de precios completa en la funeraria".

4. Requisitos legales y del cementerio: La normativa funeraria establece que las funerarias no pueden informar a los consumidores que alguna ley federal, estatal o local, o un cementerio o crematorio en particular , les exige la compra de un bien o servicio específico, si esto no es cierto. Si se le informa a un consumidor que debe adquirir un bien o servicio específico debido a algún requisito legal, del cementerio o del crematorio, dicho requisito debe identificarse y describirse en la Declaración de bienes y servicios funerarios seleccionados .

5. Afirmaciones sobre el valor de conservación y protección : la Regla Funeraria prohíbe cualquier declaración a los consumidores de que los bienes o servicios funerarios retrasarán la descomposición natural de los restos humanos durante un período prolongado o indefinido.

La normativa sobre servicios funerarios prohíbe afirmar que los artículos funerarios, como ataúdes o contenedores exteriores para entierros, tienen características protectoras o protegerán el cuerpo de las sustancias presentes en la tumba, porque eso no es cierto.

Toda la información sobre la garantía debe proporcionarse a la familia y la funeraria debe aclarar que las reclamaciones realizadas en virtud de la garantía son responsabilidad del fabricante y no de la funeraria.

6. Artículos de anticipo en efectivo : Si una funeraria cobra un margen de ganancia sobre los artículos de anticipo en efectivo o recibe una comisión, descuento o reembolso que no se traslada al consumidor, la funeraria tiene prohibido afirmar que el precio cobrado por el artículo de anticipo en efectivo es el mismo que el costo real. Si una funeraria cobra un margen de ganancia, o recibe un reembolso, comisión o descuento comercial o por volumen, debe informarlo al consumidor por escrito en la Declaración de Bienes y Servicios Funerarios Seleccionados, con cada artículo de anticipo en efectivo listado por separado, con la siguiente declaración: “Le cobramos por nuestros servicios para obtener: (especifique los artículos de anticipo en efectivo)”.

La normativa sobre servicios funerarios no impide que la funeraria cobre un margen de beneficio por los anticipos en efectivo, ni le exige que revele el importe del cargo, el reembolso, la comisión o el descuento.

Otras tergiversaciones

Otros tipos de declaraciones falsas, aunque no estén específicamente prohibidas por la Regla Funeraria, son ilegales. La Ley de la Comisión Federal de Comercio prohíbe los actos o prácticas engañosas.

Directrices para la resolución de problemas

La normativa sobre servicios funerarios también proporciona una serie de directrices para la resolución de problemas a los consumidores.

Puede acceder a una copia completa de la Regla Funeraria en www.FTC.gov o llamando al 1-877-FTC-HELP (1-877-382-4357), TTY 1-866-653-4261.

Referencias

  1. "Regla Funeraria" . www.ftc.gov . Comisión Federal de Comercio . Consultado el 11 de julio de 2016 .
  2. "Cumplimiento de la norma sobre funerales" . Comisión Federal de Comercio. 21 de abril de 2015. Consultado el 11 de julio de 2016 .
  3. "Entendiendo la regla del funeral" . Prestige Funeral Plans . Consultado el 11 de julio de 2016 .
  • Regla de la FTC sobre funerales