La cláusula de deber general de la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de los Estados Unidos (OSHA Federal) establece: [1]
29 USC § 654, 5(a)1: Cada empleador deberá proporcionar a cada uno de sus empleados un empleo y un lugar de trabajo que estén libres de riesgos reconocidos que estén causando o puedan causar la muerte o daño físico grave a sus empleados".
29 USC § 654, 5(a)2: Cada empleador deberá cumplir con las normas de seguridad y salud ocupacional promulgadas bajo esta ley.
29 USC § 654, 5(b): Cada empleado deberá cumplir con las normas de seguridad y salud ocupacional y todas las reglas, reglamentos y órdenes emitidas de conformidad con esta Ley que sean aplicables a sus propias acciones y conducta.
Aplicación de la cláusula de obligación general
Las disposiciones de obligación general se utilizan en las inspecciones únicamente cuando no existen normas específicas aplicables al peligro en particular en cuestión. Cualquier peligro reconocido creado en parte por una condición no cubierta por una norma puede citarse en virtud de la cláusula de obligación general. [2] Un peligro se reconoce si es una condición que (a) es de conocimiento común o reconocimiento general en la industria en particular en la que ocurrió, y (b) detectable (1) por medio de los sentidos (vista, olfato, tacto y oído), o (2) es un reconocimiento tan amplio y general como un peligro en la industria que incluso si no es detectable por medio de los sentidos, existen pruebas generalmente conocidas y aceptadas para su existencia que deberían ser generalmente conocidas por el empleador. Además, las "Normas voluntarias" también cumplen los criterios anteriores para identificar un peligro. Las citaciones basadas en la cláusula de obligación general se limitan a supuestas violaciones graves (incluidas las violaciones intencionales y/o repetidas que de otro modo no calificarían como violaciones graves, excepto por su naturaleza intencional o repetida).
Ley de Aire Limpio
En virtud de la Sección 112(r)(1) de la Ley de Aire Limpio , la Cláusula de Deber General establece: “Los propietarios y operadores de fuentes estacionarias que producen, procesan, manipulan o almacenan dichas sustancias (es decir, un producto químico en la parte 68 del Título 40 del CFR o cualquier otra sustancia extremadamente peligrosa ) tienen el deber general [de la misma manera y en la misma medida que la cláusula de deber general en la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA)] de identificar los peligros que pueden resultar de (tales) liberaciones utilizando técnicas apropiadas de evaluación de peligros, de diseñar y mantener una instalación segura tomando las medidas necesarias para prevenir liberaciones y de minimizar las consecuencias de liberaciones accidentales que ocurran”.
Referencias
- ^ Cláusula de deber general, sitio web de OSHA
- ^ Carta de interpretación de OSHA
Enlaces externos
- Ley de Seguridad y Salud Laboral de 1970, artículo 5