
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ( PIDESC ) es un tratado multilateral adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (AG) el 16 de diciembre de 1966 mediante la Resolución 2200A (XXI) de la AG, y entró en vigor el 3 de enero de 1976. [ 1 ] Compromete a sus Partes a trabajar para garantizar los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) a todas las personas, incluidas las que viven en Territorios No Autónomos y en Fideicomiso . Los derechos incluyen los derechos laborales , el derecho a la salud , el derecho a la educación y el derecho a un nivel de vida adecuado . A agosto de 2025, el Pacto contaba con 173 Partes. [ 4 ] Otros cinco países, incluidos los Estados Unidos, han firmado el Pacto, pero no lo han ratificado.
El PIDESC (y su Protocolo Facultativo ) forma parte de la Carta Internacional de Derechos Humanos , junto con la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), incluidos sus Protocolos Facultativos primero y segundo . [ 5 ]
El Pacto es supervisado por el Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales . [ 6 ]
Génesis
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) tiene sus raíces en el mismo proceso que condujo a la Declaración Universal de Derechos Humanos . [ 7 ] En la Conferencia de San Francisco de 1945, que dio origen a las Naciones Unidas, se propuso una «Declaración sobre los Derechos Esenciales del Hombre», y el Consejo Económico y Social recibió el encargo de redactarla. [ 5 ] Al principio del proceso, el documento se dividió en una declaración que establecía los principios generales de los derechos humanos y un convenio o pacto que contenía compromisos vinculantes. La primera evolucionó hasta convertirse en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), adoptada el 10 de diciembre de 1948. [ 5 ]
La redacción de la convención continuó, pero persistieron diferencias significativas entre los miembros de la ONU sobre la importancia relativa de los derechos civiles y políticos negativos frente a los derechos económicos, sociales y culturales positivos . [ 8 ] Esto finalmente llevó a que la convención se dividiera en dos pactos separados, "uno para contener los derechos civiles y políticos y el otro para contener los derechos económicos, sociales y culturales". [ 9 ] Los dos pactos debían contener tantas disposiciones similares como fuera posible y abrirse a la firma simultáneamente. [ 9 ] Cada uno también contendría un artículo sobre el derecho de todos los pueblos a la libre determinación . [ 10 ]
El primer documento se convirtió en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , y el segundo en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Los borradores se presentaron a la Asamblea General de las Naciones Unidas para su debate en 1954 y se adoptaron en 1966. [ 11 ]
Resumen
El Pacto sigue la estructura de la DUDH y el PIDCP, con un preámbulo y treinta y un artículos, divididos en cinco partes. [ 12 ]
La Parte 1 (Artículo 1) reconoce el derecho de todos los pueblos a la libre determinación , incluido el derecho a «determinar libremente su condición política», [ 13 ] perseguir sus objetivos económicos, sociales y culturales, y administrar y disponer de sus propios recursos. Reconoce un derecho negativo de un pueblo a no ser privado de sus medios de subsistencia, [ 14 ] e impone a las partes que aún son responsables de territorios no autónomos y en fideicomiso (colonias) la obligación de fomentar y respetar su libre determinación. [ 15 ]
La Parte 2 (Artículos 2-5) establece el principio de "realización progresiva" (véase más adelante). También exige que los derechos sean reconocidos "sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, patrimonio, nacimiento o cualquier otra condición". [ 16 ] Los derechos solo pueden limitarse por ley, de manera compatible con su naturaleza, y únicamente con el fin de "promover el bienestar general en una sociedad democrática". [ 17 ]
La Parte 3 (Artículos 6-15) enumera los derechos en sí. Estos incluyen derechos a
- trabajar, en "condiciones justas y favorables", [ 18 ] con el derecho a formar y afiliarse a sindicatos (artículos 6, 7 y 8);
- seguridad social , incluido el seguro social (Artículo 9);
- la vida familiar, incluyendo la licencia parental remunerada y la protección de los niños (Artículo 10);
- un nivel de vida adecuado , que incluya alimentación , vestimenta y vivienda adecuadas , y la "mejora continua de las condiciones de vida" (Artículo 11);
- salud, específicamente "el más alto nivel alcanzable de salud física y mental" (Artículo 12);
- educación , incluyendo educación primaria universal gratuita , educación secundaria generalmente disponible y educación superior igualmente accesible. Esto debe estar dirigido al “pleno desarrollo de la personalidad humana y el sentido de su dignidad”, [ 19 ] y permitir que todas las personas participen efectivamente en la sociedad (Artículos 13 y 14);
- participación en la vida cultural (Artículo 15).
Dado que los derechos negativos y positivos son derechos que obligan a la acción (derechos positivos) o a la inacción (derechos negativos), muchos de los derechos mencionados anteriormente incluyen acciones específicas que deben emprenderse para realizarlos, ya que son derechos económicos, sociales y culturales positivos que van más allá de los derechos negativos civiles y políticos basados relativamente en la inacción .
La Parte 4 (artículos 16 a 25) regula la presentación de informes y el seguimiento del Pacto, así como las medidas adoptadas por las partes para su aplicación. También faculta al órgano de seguimiento —originalmente el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas— , ahora el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales —véase más adelante—, para formular recomendaciones generales a la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre las medidas apropiadas para la realización de los derechos (artículo 21).
La Parte 5 (artículos 26 a 31) regula la ratificación, la entrada en vigor y la modificación del Pacto.
Disposiciones básicas
Principio de realización progresiva
El artículo 2 del Pacto impone a todas las partes el deber de...
adoptar medidas... al máximo de sus recursos disponibles, con miras a lograr progresivamente la plena realización de los derechos reconocidos en el presente Pacto por todos los medios apropiados, incluyendo en particular la adopción de medidas legislativas. [ 20 ]
Esto se conoce como el principio de "realización progresiva". Reconoce que algunos derechos (por ejemplo, el derecho a la salud) pueden ser difíciles de lograr en la práctica en un corto período de tiempo, y que los Estados pueden estar sujetos a limitaciones de recursos, pero les exige que actúen lo mejor que puedan dentro de sus posibilidades.
El principio difiere del del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), que obliga a las partes a «respetar y garantizar a todas las personas dentro de su territorio y sujetas a su jurisdicción» los derechos consagrados en dicho Pacto. [ 21 ] Sin embargo, esto no invalida el Pacto. El requisito de «adoptar medidas» impone una obligación continua de trabajar para la realización de los derechos. [ 22 ] También excluye las medidas deliberadamente regresivas que obstaculizan ese objetivo. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales también interpreta el principio como la imposición de obligaciones básicas mínimas para proporcionar, como mínimo, niveles esenciales mínimos de cada uno de los derechos. [ 23 ] Si los recursos son muy limitados, esto debería incluir el uso de programas específicos dirigidos a las personas vulnerables. [ 24 ]
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales considera que la legislación es un medio indispensable para la realización de los derechos, y que es improbable que se vea limitada por la escasez de recursos. La promulgación de disposiciones antidiscriminatorias y el establecimiento de derechos exigibles con recursos judiciales dentro de los ordenamientos jurídicos nacionales se consideran medios apropiados. Algunas disposiciones, como las leyes antidiscriminatorias, ya son obligatorias en virtud de otros instrumentos de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). [ 25 ]
Derechos laborales
El artículo 6 del Pacto reconoce el derecho al trabajo, definido como la oportunidad de toda persona de obtener un medio de subsistencia mediante un trabajo libremente elegido o aceptado. [ 26 ] Las Partes están obligadas a adoptar «medidas apropiadas» para salvaguardar este derecho, incluyendo la formación técnica y profesional y políticas económicas orientadas al desarrollo económico sostenido y, en última instancia, al pleno empleo . Este derecho implica que las Partes deben garantizar la igualdad de acceso al empleo y proteger a los trabajadores de la privación injusta del mismo. Deben prevenir la discriminación en el lugar de trabajo y asegurar el acceso a las personas desfavorecidas. [ 27 ] El hecho de que el trabajo deba ser libremente elegido o aceptado significa que las Partes deben prohibir el trabajo forzoso o infantil . [ 28 ]
El trabajo al que se refiere el artículo 6 debe ser trabajo decente . [ 29 ] Esto se define efectivamente en el artículo 7 del Pacto, que reconoce el derecho de toda persona a condiciones de trabajo «justas y favorables». Estas se definen a su vez como salarios justos con igual remuneración por igual trabajo , suficientes para proporcionar un sustento digno a los trabajadores y sus dependientes; condiciones de trabajo seguras ; igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo; y descanso y ocio suficientes, incluyendo jornadas laborales limitadas y vacaciones regulares y remuneradas .
El artículo 8 reconoce el derecho de los trabajadores a formar sindicatos o afiliarse a ellos y protege el derecho a la huelga . Sin embargo, permite que estos derechos se restrinjan para los miembros de las fuerzas armadas, la policía o los funcionarios públicos. Diversos países han formulado reservas sobre esta cláusula, permitiendo que se interprete de manera coherente con sus constituciones (por ejemplo, China y México ), o extendiendo la restricción de los derechos sindicales a grupos como los bomberos (por ejemplo, Japón ). [ 4 ]
Derecho a la seguridad social
El artículo 9 del Pacto reconoce «el derecho de toda persona a la seguridad social , incluido el seguro social ». [ 30 ] Exige a las partes que presten algún tipo de sistema de seguro social para proteger a las personas contra los riesgos de enfermedad, discapacidad, maternidad, accidentes laborales, desempleo o vejez; para proveer a los supervivientes, huérfanos y a quienes no pueden costearse la atención médica; y para garantizar que las familias reciban un apoyo adecuado. Las prestaciones de dicho sistema deben ser suficientes, accesibles para todos y proporcionadas sin discriminación. [ 31 ] El Pacto no restringe la forma del sistema, y se permiten tanto los sistemas contributivos como los no contributivos (así como los sistemas comunitarios y mutuales). [ 32 ]
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha constatado problemas persistentes en la aplicación de este derecho, con niveles de acceso muy bajos. [ 33 ]
Varias partes, entre ellas Francia y Mónaco, tienen reservas respecto a la posibilidad de establecer requisitos de residencia para acceder a las prestaciones sociales. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales permite tales restricciones, siempre que sean proporcionales y razonables. [ 34 ]
Derecho a la vida familiar
El artículo 10 del Pacto reconoce a la familia como «la unidad natural y fundamental de la sociedad» y exige a las partes que le otorguen «la más amplia protección y asistencia posibles». [ 35 ] Las partes deben garantizar que sus ciudadanos sean libres de formar familias y que los matrimonios se contraigan libremente y no sean forzados . [ 36 ] Asimismo, las partes deben proporcionar licencia remunerada o seguridad social adecuada a las madres antes y después del parto, obligación que coincide con la del artículo 9. Por último, las partes deben adoptar «medidas especiales» para proteger a los niños de la explotación económica o social, incluyendo el establecimiento de una edad mínima de empleo y la prohibición de que los niños realicen ocupaciones peligrosas y nocivas. [ 37 ]
Derecho a un nivel de vida adecuado
El artículo 11 reconoce el derecho a un nivel de vida adecuado . Esto incluye, entre otros, el derecho a una alimentación, vestimenta y vivienda adecuadas, y a la "mejora continua de las condiciones de vida". [ 38 ] También crea una obligación para las partes de trabajar juntas para eliminar el hambre en el mundo .
El derecho a una alimentación adecuada , también conocido como derecho a la alimentación , se interpreta como la exigencia de «la disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades dietéticas de las personas, libres de sustancias nocivas y aceptables dentro de una cultura determinada». [ 39 ] Esto debe ser accesible para todos, lo que implica la obligación de proporcionar programas especiales para las personas vulnerables. [ 40 ] Esto también debe garantizar una distribución equitativa de los suministros mundiales de alimentos en relación con las necesidades, teniendo en cuenta los problemas de los países importadores y exportadores de alimentos. [ 41 ] El derecho a una alimentación adecuada también implica un derecho al agua . [ 42 ]
El derecho a una vivienda adecuada , también conocido como derecho a la vivienda , es «el derecho a vivir en un lugar con seguridad, paz y dignidad». [ 43 ] Requiere «privacidad adecuada, espacio adecuado, seguridad adecuada, iluminación y ventilación adecuadas, infraestructura básica adecuada y ubicación adecuada con respecto al trabajo y los servicios básicos, todo ello a un costo razonable». [ 43 ] Las partes deben garantizar la seguridad de la tenencia y que el acceso esté libre de discriminación, y trabajar progresivamente para eliminar la falta de vivienda. Los desalojos forzosos, definidos como «la expulsión permanente o temporal contra su voluntad de individuos, familias y/o comunidades de los hogares y/o terrenos que ocupan, sin la provisión ni el acceso a formas apropiadas de protección legal o de otro tipo», constituyen una violación prima facie del Pacto. [ 44 ]
El derecho a una vestimenta adecuada , también conocido como derecho a la vestimenta , no ha sido definido de manera autorizada y ha recibido escasa atención académica o debate internacional. Lo que se considera "adecuado" solo se ha discutido en contextos específicos, como refugiados, personas con discapacidad, ancianos o trabajadores. [ 45 ]
Derecho a la salud
El artículo 12 del Pacto reconoce el derecho de toda persona al "disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental". [ 46 ] La "salud" se entiende no solo como el derecho a estar sano, sino como el derecho a controlar la propia salud y el propio cuerpo (incluida la reproducción), y a estar libre de injerencias como la tortura o la experimentación médica. [ 47 ] Los Estados deben proteger este derecho garantizando que toda persona dentro de su jurisdicción tenga acceso a los determinantes fundamentales de la salud, como agua potable, saneamiento, alimentos, nutrición y vivienda, y mediante un sistema integral de atención sanitaria, disponible para todos sin discriminación y económicamente accesible para todos. [ 48 ]
El artículo 12.2 exige a las partes que adopten medidas específicas para mejorar la salud de sus ciudadanos, incluyendo la reducción de la mortalidad infantil y la mejora de la salud infantil, la mejora de la salud ambiental y laboral, la prevención, el control y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, y la creación de condiciones que garanticen el acceso equitativo y oportuno a los servicios médicos para todos. Estos se consideran «ejemplos ilustrativos y no exhaustivos», en lugar de una declaración completa de las obligaciones de las partes. [ 49 ]
El derecho a la salud se interpreta como la obligación de las partes de respetar los derechos reproductivos de las mujeres , al no limitar el acceso a la anticoncepción ni «censurar, retener o tergiversar intencionadamente» información sobre salud sexual. [ 50 ] También deben garantizar que las mujeres estén protegidas de prácticas tradicionales nocivas como la mutilación genital femenina . [ 51 ]
El derecho a la salud es un derecho inclusivo que abarca no solo la atención sanitaria oportuna y adecuada, sino también los determinantes subyacentes de la salud, como el acceso a agua potable y segura y a un saneamiento adecuado, un suministro suficiente de alimentos seguros, nutrición y vivienda, y condiciones laborales y ambientales saludables. [ 52 ]
Derecho a la educación gratuita
El artículo 13 del Pacto reconoce el derecho de toda persona a la educación gratuita (gratuita únicamente en la educación primaria y la introducción progresiva de la educación gratuita en la secundaria y la educación superior ). Esta debe orientarse al pleno desarrollo de la personalidad humana y al sentido de su dignidad [ 19 ] , y permitir que todas las personas participen eficazmente en la sociedad. La educación se considera tanto un derecho humano como un medio indispensable para la realización de otros derechos humanos, por lo que este es uno de los artículos más extensos e importantes del Pacto [ 53 ] .
El artículo 13.2 enumera una serie de medidas específicas que las partes deben adoptar para garantizar el derecho a la educación. Estas incluyen la provisión de educación primaria gratuita, universal y obligatoria , educación secundaria "generalmente disponible y accesible" en diversas modalidades (incluida la formación técnica y profesional), y educación superior igualmente accesible. Todas ellas deben estar disponibles para todos sin discriminación. Las partes también deben desarrollar un sistema escolar (aunque puede ser público, privado o mixto), y fomentar u ofrecer becas para grupos desfavorecidos. Las partes están obligadas a hacer que la educación sea gratuita en todos los niveles, ya sea de forma inmediata o progresiva; "[l]a educación primaria será obligatoria y gratuita para todos"; la educación secundaria "será generalmente disponible y accesible para todos por todos los medios apropiados, y en particular mediante la introducción progresiva de la educación gratuita"; y "[l]a educación superior será igualmente accesible para todos , en función de su capacidad, por todos los medios apropiados, y en particular mediante la introducción progresiva de la educación gratuita".
Los artículos 13.3 y 13.4 exigen que las partes respeten la libertad educativa de los padres, permitiéndoles elegir y establecer instituciones educativas privadas para sus hijos, lo que también se conoce como libertad de educación . Asimismo, reconocen el derecho de los padres a «garantizar la educación religiosa y moral de sus hijos de conformidad con sus propias convicciones». [ 54 ] Esto se interpreta como la obligación de las escuelas públicas de respetar la libertad de religión y conciencia de sus alumnos, y como la prohibición de la instrucción en una religión o sistema de creencias en particular, a menos que existan exenciones y alternativas no discriminatorias. [ 55 ]
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales interpreta el Pacto en el sentido de que también exige a los Estados que respeten la libertad académica del personal docente y del alumnado, ya que esta es vital para el proceso educativo. [ 56 ] Asimismo, considera que el castigo corporal en las escuelas es incompatible con el principio fundamental del Pacto: la dignidad de la persona. [ 57 ]
El artículo 14 del Pacto exige a las partes que aún no hayan establecido un sistema de educación primaria gratuita y obligatoria que adopten rápidamente un plan de acción detallado para su introducción "en un plazo razonable de años". [ 58 ]
Derecho a participar en la vida cultural
El artículo 15 del Pacto reconoce el derecho de toda persona a participar en la vida cultural, a disfrutar de los beneficios del progreso científico y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y materiales sobre cualquier descubrimiento científico u obra artística que haya creado. Esta última cláusula se interpreta a veces como una exigencia de protección de la propiedad intelectual, pero el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales la interpreta como una protección primordial de los derechos morales de los autores y como una proclamación del carácter intrínsecamente personal de toda creación de la mente humana y del vínculo duradero que de ello se deriva entre los creadores y sus creaciones. [ 59 ] Por lo tanto, exige a las partes que respeten el derecho de los autores a ser reconocidos como creadores de una obra. Los derechos materiales se interpretan como parte del derecho a un nivel de vida adecuado y no tienen por qué abarcar toda la vida del autor. [ 60 ]
Las partes también deben trabajar para promover la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y la cultura, "respetar la libertad indispensable para la investigación científica y la actividad creativa" [ 61 ] y alentar los contactos y la cooperación internacionales en estos campos.
Reservas
Varias partes han formulado reservas y declaraciones interpretativas respecto a la aplicación del Pacto.
Argelia interpreta partes del artículo 13, que protege la libertad de los padres para elegir o establecer libremente instituciones educativas adecuadas, de manera que no "menoscabe su derecho a organizar libremente su sistema educativo". [ 4 ]
Bangladesh interpreta la cláusula de autodeterminación del artículo 1 como aplicable al contexto histórico del colonialismo . Asimismo, se reserva el derecho de interpretar los derechos laborales de los artículos 7 y 8 y las cláusulas de no discriminación de los artículos 2 y 3 dentro del contexto de su constitución y derecho interno. [ 4 ]
Bélgica interpreta la no discriminación por origen nacional como «no implicando necesariamente una obligación para los Estados de garantizar automáticamente a los extranjeros los mismos derechos que a sus nacionales. El término debe entenderse como la eliminación de cualquier comportamiento arbitrario, pero no de las diferencias de trato basadas en consideraciones objetivas y razonables, de conformidad con los principios que prevalecen en las sociedades democráticas». [ 4 ]
China restringe los derechos laborales en el Artículo 8 de manera consistente con su constitución y su legislación interna. [ 4 ]
Egipto acepta el Pacto únicamente en la medida en que no entre en conflicto con la ley islámica Sharia . La Sharia es "una fuente primaria de legislación" según el artículo 2 tanto de la Constitución de 1973, actualmente suspendida , como de la Declaración Constitucional Provisional de 2011. [ 4 ]
Francia considera que el Pacto está subordinado a la Carta de las Naciones Unidas . Asimismo, se reserva el derecho de regular el acceso de los extranjeros al empleo, la seguridad social y otros beneficios. [ 4 ]
India interpreta el derecho a la autodeterminación como aplicable «únicamente a los pueblos bajo dominación extranjera» [ 4 ] y no a los pueblos dentro de estados-nación soberanos. Asimismo, interpreta la cláusula de limitación de derechos y el derecho a la igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo dentro del contexto de su constitución. [ 4 ]
Indonesia interpreta la cláusula de autodeterminación (Artículo 1) en el contexto de otras leyes internacionales y como no aplicable a los pueblos dentro de un Estado-nación soberano. [ 4 ]
Irlanda se reserva el derecho de promover el idioma irlandés . [ 4 ]
Japón se reservó el derecho a no estar obligado a introducir progresivamente la educación secundaria y superior gratuita, el derecho a huelga de los funcionarios públicos y la remuneración en días festivos. [ 4 ]
Kuwait interpreta las cláusulas de no discriminación de los artículos 2 y 3 de su constitución y leyes, y se reserva el derecho de que la seguridad social se aplique únicamente a los ciudadanos kuwaitíes. Asimismo, se reserva el derecho de prohibir las huelgas. [ 4 ]
México restringe los derechos laborales del Artículo 8 dentro del contexto de su constitución y leyes. [ 4 ]
Mónaco interpreta el principio de no discriminación por motivos de origen nacional como algo que "no implica necesariamente una obligación automática por parte de los Estados de garantizar a los extranjeros los mismos derechos que a sus nacionales" [ 4 ] y se reserva el derecho de establecer requisitos de residencia en los derechos al trabajo, la salud, la educación y la seguridad social.
Myanmar tiene una reserva general para interpretar el "derecho a la autodeterminación" en el sentido de no interferir con el gobierno establecido ni autorizar ninguna acción que lo socave. Además, el término no se aplica al Artículo 10 de la Constitución de la República de la Unión de Myanmar de 2008. El Artículo 10 dice: "Ninguna parte del territorio constituido en la unión, como regiones, estados, territorios de la unión y áreas autónomas, se separará jamás de la Unión". [ 62 ] [ 63 ]
Nueva Zelanda se reservó el derecho de no aplicar el artículo 8 (el derecho a formar sindicatos y afiliarse a ellos) en la medida en que las medidas existentes (que en ese momento incluían la afiliación sindical obligatoria y fomentaban el arbitraje de disputas) fueran incompatibles con él. [ 4 ]
Noruega se reserva el derecho a la huelga para permitir el arbitraje obligatorio de algunos conflictos laborales. [ 4 ]
Pakistán tiene una reserva general para interpretar el Pacto dentro del marco de su constitución. [ 4 ]
Tailandia interpreta el derecho a la autodeterminación dentro del marco de otras leyes internacionales. [ 4 ]
Trinidad y Tobago se reserva el derecho de restringir el derecho de huelga de quienes desempeñan ocupaciones esenciales.
Turquía implementará el Pacto con sujeción a la Carta de las Naciones Unidas. Asimismo, se reserva el derecho de interpretar e implementar el derecho de los padres a elegir y establecer instituciones educativas de manera compatible con su constitución. [ 4 ]
El Reino Unido considera que el Pacto está subordinado a la Carta de las Naciones Unidas. Formuló varias reservas con respecto a sus territorios de ultramar. [ 4 ]
Estados Unidos – Amnistía Internacional escribe que «Estados Unidos firmó el Pacto en 1979 bajo la administración Carter, pero no está plenamente obligado por él hasta que sea ratificado. Por razones políticas, la administración Carter no presionó para que el Senado revisara el Pacto, que debe dar su "consentimiento" antes de que Estados Unidos pueda ratificar un tratado. Las administraciones Reagan y George H. W. Bush adoptaron la postura de que los derechos económicos, sociales y culturales no eran realmente derechos, sino meros objetivos sociales deseables y, por lo tanto, no debían ser objeto de tratados vinculantes. La administración Clinton no negó la naturaleza de estos derechos, pero no consideró políticamente conveniente entrar en una batalla con el Congreso sobre el Pacto. La administración George W. Bush siguió la línea de la postura de la administración Bush anterior». [ 64 ] La administración Obama declaró: «La Administración no busca tomar medidas en este momento» sobre el Pacto. [ 65 ] La Fundación Heritage , un grupo de expertos conservador , argumenta que firmarlo obligaría a la introducción de políticas a las que se opone, como la atención médica universal . [ 66 ]
Protocolo opcional

El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales es un acuerdo complementario al Pacto que permite a sus partes reconocer la competencia del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales para examinar las denuncias de particulares. [ 67 ]
El Protocolo Facultativo fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 2008. [ 68 ] Se abrió a la firma el 24 de septiembre de 2009, [ 69 ] y a diciembre de 2025 había sido firmado por 46 partes y ratificado por 31. [ 70 ] Habiendo superado el umbral de ratificaciones requeridas, entró en vigor el 5 de mayo de 2013. [ 71 ]
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales es un órgano de expertos en derechos humanos encargado de supervisar la aplicación del Pacto. Está integrado por 18 expertos independientes en derechos humanos, elegidos por períodos de cuatro años, y la mitad de sus miembros se renuevan cada dos años. [ 72 ]
A diferencia de otros órganos de supervisión de derechos humanos, el comité no fue establecido por el tratado que supervisa. Más bien, fue establecido por el Consejo Económico y Social tras el fracaso de dos órganos de supervisión anteriores. [ 36 ]
Todos los Estados partes deben presentar informes periódicos al Comité, en los que se detallen las medidas legislativas, judiciales, políticas y de otra índole que hayan adoptado para implementar los derechos consagrados en el Pacto. El primer informe debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la ratificación del Pacto; posteriormente, los informes deben presentarse cada cinco años. [ 73 ] El Comité examina cada informe y dirige sus inquietudes y recomendaciones al Estado parte en forma de "observaciones finales".
El Comité suele reunirse todos los meses de mayo y noviembre en Ginebra . [ 74 ]
Partes del pacto
Las siguientes son partes del pacto: [ 75 ]
Estados que no son miembros del Pacto
Firmado pero no ratificado
Ni firmado ni ratificado
- Botsuana
- Bután
- Brunéi
- Kiribati
- Malasia
- Estados Federados de Micronesia
- Mozambique
- Nauru
- Samoa
- Arabia Saudita
- Singapur
- Santa Lucía
- Tonga
- Tuvalu
- Emiratos Árabes Unidos
- Vanuatu
Países no miembros de la ONU
- Islas Cook
- Niue
- Taiwán [ notas 1 ] [ 77 ]
- Ciudad del Vaticano (a través de la Santa Sede ) [ notas 2 ]
Notas
- ↑ La República de China perdió su asiento en las Naciones Unidas en 1971 (fue reemplazada como representante de China por la República Popular China en virtud de la Resolución 2758 ). El gobierno de la República de China firmó el Pacto en 1967, pero no lo ratificó; en 2009, Taiwán ( República de China ) finalmente lo ratificó, pero el depósito fue rechazado por la ONU.
- ↑ El Vaticano no es miembro de las Naciones Unidas, aunque tiene estatus de observador.
Referencias
- 1 2 3 "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" . www.refworld.org .
- ↑ "Resolución 2200 (XXI) de la Asamblea General" . Consultado el 21 de febrero de 2025 .
- ↑ "Resolución 2200 (XXI) de la Asamblea General en árabe" . Consultado el 21 de febrero de 2025 .
- 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 "Colección de tratados de la ONU: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" . ONU. 3 de enero de 1976 .
- 1 2 3 "Hoja informativa n.º 2 (rev. 1), Carta Internacional de Derechos Humanos" . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). Junio de 1996. Archivado del original el 13 de marzo de 2008. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ " Comité de derechos económicos, sociales y culturales" . www.ohchr.org
- ↑ "Carta Internacional de Derechos Humanos" . lawteacher.net .
{{cite web}}: CS1 maint: servicio de archivado obsoleto ( enlace ) - ↑ Sieghart, Paul (1983). El derecho internacional de los derechos humanos . Oxford University Press. pág. 25.
- 1 2 Resolución 543 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 5 de febrero de 1952.
- ↑ Resolución 545 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 5 de febrero de 1952.
- ↑ Resolución 2200 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 16 de diciembre de 1966.
- ↑ La siguiente sección resume el texto del Pacto.
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 1.1
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 1.2
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 1.3
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 2.2
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 4
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 7
- 1 2 PIDESC , Artículo 13.1
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 2.1
- ↑ "PIDCP" . ONU. págs. Artículo 2.1. Archivado del original el 5 de julio de 2008. Consultado el 13 de julio de 2008 .
- ↑ Párrafo 9, "Observación general 3 del CESCR" . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). 14 de diciembre de 1990. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ Observación general 3 del CESCR , párrafo 10.
- ↑ Observación general 3 del CESCR , párrafo 12.
- ↑ Observación general 3 del CESCR , párrafos 3-6.
- ↑ PIDESC , Artículo 6.1.
- ↑ "Observación general 18 del CESCR: El derecho al trabajo" (PDF) . Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. 6 de febrero de 2006. págs. párrafo 31. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ Observación general 18 del CESCR , párrafo 23.
- ↑ Observación general 18 del CESCR , párrafo 7.
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 9.
- ↑ «Proyecto de Observación General n.º 19 del CESCR: El derecho a la seguridad social» . Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. 4 de febrero de 2008. Párrafos 1-4. Archivado del original el 20 de mayo de 2011. Consultado el 13 de julio de 2008 .
- ↑ Proyecto de Observación General 19 del CESCR , párrafo 5.
- ↑ Proyecto de Observación General 19 del CESCR , párrafo 7.
- ↑ Proyecto de Observación General 19 del CESCR , párrafo 37.
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 10.1.
- 1 2 «Hoja informativa n.º 16 (Rev. 1), Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales» . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). Julio de 1991. Archivado del original el 1 de mayo de 2008. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ PIDESC , Artículo 10.3.
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 11.1.
- ↑ "Observación general n.º 12 del CESCR: El derecho a una alimentación adecuada" . Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. 12 de mayo de 1999. págs., párrafo 8. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ Observación general 12 del CESCR , párrafo 13.
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Artículo 11, 2 (b)
- ↑ "Observación general n.º 15 del CESCR: El derecho al agua" . Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. 20 de enero de 2003. págs., párrafo 3. Consultado el 13 de julio de 2008 .
- 1 2 "Observación general 4 del CESCR: El derecho a una vivienda adecuada" . ACNUDH de las Naciones Unidas. 13 de diciembre de 1991. Párrafo 7. Archivado del original el 12 de abril de 2020. Recuperado el 12 de abril de 2020 .
- ↑ "Observación general 7 del CESCR: El derecho a una vivienda adecuada: los desalojos forzosos" . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). 20 de mayo de 1997. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ Stephen James, "¿Un derecho olvidado? El derecho a la vestimenta en el derecho internacional". Archivado el 12 de abril de 2011 en Wayback Machine.
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 12.1
- ↑ "Observación general n.º 14 del CESCR: El derecho al más alto nivel posible de salud" . Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. 11 de agosto de 2000. págs., párrafo 9. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ Observación general n.º 14 del CESCR , párrafos 11-12.
- ↑ Observación general 14 del CESCR , párrafo 7.
- ↑ Observación general 14 del CESCR , párrafo 34.
- ↑ Observación general 14 del CESCR , párrafo 35.
- ↑ Derechos Humanos y Medio Ambiente Archivado el 6 de marzo de 2014 en Wayback Machine
- ↑ "Observación general n.º 13 del CESCR: El derecho a la educación" . Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. 8 de diciembre de 1999. págs., párrafo 1. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 13.3
- ↑ Observación general 13 del CESCR , párrafo 28.
- ↑ Observación general 13 del CESCR , párrafo 38.
- ↑ Observación general 13 del CESCR , párrafo 41.
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 14.
- ↑ «Observación general n.º 17 del CESCR: El derecho de toda persona a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de cualquier producción científica, literaria o artística de la que sea autora» (PDF) . Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. 12 de enero de 2006. Párrafo 12. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ Observación general 17 del CESCR , párrafo 16.
- ↑ Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, Artículo 15.3
- ↑ "La Constitución de la República de la Unión de Myanmar, 2008" (PDF) . Proyecto Constitute . Consultado el 11 de mayo de 2019 .
- ↑ "Declaraciones y Reservas" . UNTC . Naciones Unidas . Consultado el 11 de mayo de 2019 .
- ↑ «Derechos económicos, sociales y culturales: preguntas y respuestas» (PDF) . Amnistía Internacional. pág. 6. Archivado del original (PDF) el 26 de junio de 2008. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ "Artículo: ¿Por fin? La ratificación del Pacto Económico como... | AccessMyLibrary – Promoviendo la defensa de las bibliotecas" . AccessMyLibrary . Consultado el 5 de febrero de 2013 .
- ↑ Cowin, Andrew J. (29 de julio de 1993). "El tratado de derechos humanos plantea peligros para Estados Unidos" . Heritage Foundation. Archivado del original el 15 de febrero de 2017. Recuperado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ "Cerrar una brecha histórica en materia de derechos humanos" . Naciones Unidas. 10 de diciembre de 2008. Consultado el 13 de diciembre de 2008 .
- ↑ "«Derechos económicos, sociales y culturales: derechos legales más que caridad», afirman expertos en derechos humanos de la ONU . Naciones Unidas. 10 de diciembre de 2008. Consultado el 13 de diciembre de 2008 .
- ↑ "La ONU insta a los Estados a adherirse al nuevo instrumento para proteger los derechos humanos" . Naciones Unidas. 24 de septiembre de 2009. Consultado el 27 de septiembre de 2009 .
- ↑ «Partes en el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales» . Colección de Tratados de las Naciones Unidas . Consultado el 10 de diciembre de 2025 .
- ↑ DisplayNews . Ohchr.org. Consultado el 12 de julio de 2013.
- ↑ "Resolución 1985/17 del ECOSOC" . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). 28 de mayo de 1985. Consultado el 2 de junio de 2008 .
- ↑ "Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH ). Consultado el 3 de junio de 2008 .
- ↑ "Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales – Sesiones" . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). Archivado del original el 11 de junio de 2008. Consultado el 3 de junio de 2008 .
- ↑ "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" . Colección de Tratados de las Naciones Unidas . Naciones Unidas . Consultado el 2 de enero de 2017 .
- ↑ "- Panel de control de la OACDH" . indicators.ohchr.org . Consultado el 30 de noviembre de 2017 .
- ↑ Zeldin, Wendy (15 de abril de 2009). "Taiwán: dos pactos internacionales de derechos humanos ratificados" . Global Legal Monitor . Biblioteca del Congreso . Consultado el 31 de agosto de 2020 .
Enlaces externos
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos . Consultado el 23 de marzo de 2013 .
- Lista de partes , UNTC
- Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales , el órgano de supervisión de la convención.
- Red Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- "Derechos y valor: Interpretando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como bienes comunes civiles" Archivado el 15 de marzo de 2014 en Wayback Machine por G. Baruchello y RL Johnstone, Studies in Social Justice, Vol. 5, No. 1 (2011): Número especial: Valor de la vida y justicia social, 91–125
- Nota histórica sobre el procedimiento y material audiovisual sobre el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en los Archivos Históricos de la Biblioteca Audiovisual de Derecho Internacional de las Naciones Unidas.
- Instrumentos de derechos humanos
- tratados de las Naciones Unidas
- Tratados concluidos en 1966
- Los tratados entraron en vigor en 1976.
- Tratados de la República Democrática de Afganistán
- Tratados de Albania
- Tratados de Argelia
- Tratados de la República Popular de Angola
- Tratados de Argentina
- Tratados de Armenia
- Tratados de Australia
- Tratados de Austria
- Tratados de Azerbaiyán
- Tratados de las Bahamas
- Tratados de Bahréin
- Tratados de Bangladesh
- Tratados de Barbados
- Tratados de la República Socialista Soviética de Bielorrusia
- Tratados de Bélgica
- Tratados de Belice
- Tratados de Benín
- Tratados de Bolivia
- Tratados de Bosnia y Herzegovina
- Tratados de Brasil
- Tratados de la República Popular de Bulgaria
- Tratados de Burkina Faso
- Tratados de Burundi
- Tratados de la República Popular de Kampuchea
- Tratados de Camerún
- Tratados de Canadá
- Tratados de Cabo Verde
- Tratados de la República Centroafricana
- Tratados de Chad
- Tratados de Chile
- Tratados de la República Popular China
- Tratados de Colombia
- Tratados de la República del Congo
- Tratados de Costa Rica
- Tratados de Costa de Marfil
- Tratados de Croacia
- Tratados de Chipre
- Tratados de la República Checa
- Tratados de Checoslovaquia
- Tratados de Corea del Norte
- Tratados de Zaire
- Tratados de Dinamarca
- Tratados de Yibuti
- Tratados de Dominica
- Tratados de la República Dominicana
- Tratados de Ecuador
- Tratados de Egipto
- Tratados de El Salvador
- Tratados de Guinea Ecuatorial
- Tratados de Eritrea
- Tratados de Estonia
- Tratados del Gobierno de Transición de Etiopía
- Tratados de Fiji
- Tratados de Finlandia
- Tratados de Francia
- Tratados de Gabón
- Tratados de Gambia
- Tratados de Georgia (país)
- Tratados de Alemania Occidental
- Tratados de Alemania Oriental
- Tratados de Ghana
- Tratados de Grecia
- Tratados de Granada
- Tratados de Guatemala
- Tratados de Guinea
- Tratados de Guinea-Bissau
- Tratados de Guyana
- Tratados de Haití
- Tratados de Honduras
- Tratados de la República Popular Húngara
- Tratados de Islandia
- Tratados de la India
- Tratados de Indonesia
- Tratados del Irán Pahlavi
- Tratados del Irak baazista
- Tratados de Irlanda
- Tratados de Israel
- Tratados de Italia
- Tratados de Jamaica
- Tratados de Japón
- Tratados de Jordania
- Tratados de Kazajstán
- Tratados de Kenia
- Tratados de Kuwait
- Tratados de Kirguistán
- Tratados de Laos
- Tratados de Letonia
- Tratados del Líbano
- Tratados de Lesotho
- Tratados de Liberia
- Tratados de la República Árabe Libia
- Tratados de Liechtenstein
- Tratados de Lituania
- Tratados de Luxemburgo
- Tratados de Madagascar
- Tratados de Malawi
- Tratados de las Maldivas
- Tratados de Malí
- Tratados de Malta
- Tratados de las Islas Marshall
- Tratados de Mauritania
- Tratados de Mauricio
- Tratados de México
- Tratados de Mónaco
- Tratados de la República Popular de Mongolia
- Tratados de Montenegro
- Tratados de Marruecos
- Tratados de Namibia
- Tratados de Nepal
- Tratados de los Países Bajos
- Tratados de Nueva Zelanda
- Tratados de Nicaragua
- Tratados de Níger
- Tratados de Nigeria
- Tratados de Noruega
- Tratados de Omán
- Tratados de Pakistán
- Tratados de Palestina
- Tratados de Panamá
- Tratados de Papúa Nueva Guinea
- Tratados de Paraguay
- Tratados de Perú
- Tratados de Filipinas
- Tratados de la República Popular de Polonia
- Tratados de Portugal
- Tratados de Corea del Sur
- Tratados de Moldavia
- Tratados de la República Socialista de Rumania
- Tratados de la Unión Soviética
- Tratados de Ruanda
- Tratados de Santo Tomé y Príncipe
- Tratados de San Marino
- Tratados de Senegal
- Tratados de Serbia y Montenegro
- Tratados de Seychelles
- Tratados de Sierra Leona
- Tratados de Eslovaquia
- Tratados de Eslovenia
- Tratados de las Islas Salomón
- Tratados de la República Democrática Somalí
- Tratados de Sudáfrica
- Tratados de España
- Tratados de Sri Lanka
- Tratados de San Vicente y las Granadinas
- Tratados de la República Democrática de Sudán
- Tratados de Surinam
- Tratados de Eswatini
- Tratados de Suecia
- Tratados de Suiza
- Tratados de Siria
- Tratados de Tayikistán
- Tratados de Tailandia
- Tratados de Macedonia del Norte
- Tratados de Timor Oriental
- Tratados de Togo
- Tratados de Trinidad y Tobago
- Tratados de Túnez
- Tratados de Turquía
- Tratados de Turkmenistán
- Tratados de Uganda
- Tratados de la República Socialista Soviética de Ucrania
- Tratados del Reino Unido
- Tratados de Tanzania
- Tratados de Uruguay
- Tratados de Uzbekistán
- Tratados de Venezuela
- Tratados de Vietnam
- Tratados de la República Árabe de Yemen
- Tratados de Yugoslavia
- Tratados de Zambia
- Tratados de Zimbabue
- tratados sobre arte y cultura
- 1966 en la ciudad de Nueva York
- Tratados adoptados mediante resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas
- Tratados extendidos a Bermudas
- Los tratados se extendieron a las Islas Caimán.
- Los tratados se extendieron a las Islas Malvinas.
- Los tratados se extendieron a Guernsey.
- Los tratados se extendieron a la Isla de Man.
- Tratados extendidos a Jersey
- Tratados extendidos a Montserrat
- Los tratados se extendieron a las Islas Pitcairn.
- Los tratados se extendieron a las Islas Turcas y Caicos.
- Los tratados se extendieron a Santa Elena, Ascensión y Tristán de Acuña.
- Tratados extendidos a Gibraltar
- Tratados extendidos a las Antillas Neerlandesas
- Tratados extendidos a Aruba
- Tratados extendidos a las Islas Feroe
- Los tratados se extendieron a Groenlandia.
- Tratados extendidos a Macao portugués
- Tratados extendidos a Honduras Británica
- Los tratados se extendieron a las Islas Gilbert y Ellice.
- Tratados extendidos a Hong Kong británico
- Los tratados se extendieron a Berlín Occidental.