La Ley de Regulación de Agencias de Matrimonio Internacional de 2005 (Subtítulo D del Título VIII (Secciones 831–834) de la Ley Pública 109–162 de los Estados Unidos), o IMBRA , codificada en , es una ley federal de los Estados Unidos que exige verificaciones de antecedentes para todos los patrocinadores de visas de matrimonio y limita las solicitudes de visa en serie. Además, la ley exige verificaciones de antecedentes para los ciudadanos estadounidenses que utilizan servicios de intermediación matrimonial centrados principalmente en proporcionar servicios de citas entre ciudadanos o residentes estadounidenses y extranjeros a cambio de una tarifa. El impulso para su introducción fueron el caso de Susanna Blackwell en 1995 y el caso de Anastasia King en 2000, en los que mujeres extranjeras fueron abusadas y asesinadas por hombres que habían utilizado una visa de prometida K-1 emitida por el Departamento de Estado de los Estados Unidos para traerlas a los Estados Unidos. En el caso King, el esposo había abusado físicamente de una esposa extranjera anterior antes de asesinar a Anastasia. [ 1 ] King conoció a Anastasia mediante un anuncio publicado por él mismo en un periódico de Moscú (no a través de una agencia matrimonial internacional). En el caso Blackwell, el marido tenía un historial limpio, por lo que IMBRA no habría evitado su asesinato. Su objetivo era detener el abuso de mujeres que buscaban matrimonio por correspondencia por parte de hombres con antecedentes penales. IMBRA encontró oposición por parte de las empresas de citas internacionales cuando se introdujo por primera vez. Algunos ejecutivos del sector afirman que la industria ha llegado a valorarla para garantizar la seguridad de sus clientas. [ 2 ]
Ejecutivos de la empresa líder del sector, A Foreign Affair, han comentado que estos cambios han sido beneficiosos tanto para hombres como para mujeres. [ 3 ]
Disposiciones clave
Prohibida la comercialización dirigida a niños.
Los intermediarios matrimoniales internacionales (IMB, por sus siglas en inglés) tienen prohibido proporcionar información de contacto personal, fotografías u otra información sobre cualquier persona menor de 18 años a cualquier individuo o entidad (sección 833(d)(1)).
Obligación de revelar los antecedentes penales y el historial matrimonial y obtener el consentimiento por escrito.
Antes de que un intermediario matrimonial internacional proporcione la información de contacto personal de un cliente extranjero a un cliente estadounidense, deberá pagar una tarifa y, a cambio, cumplir con lo siguiente :
- buscar en los registros públicos de delincuentes sexuales información sobre el cliente estadounidense;
- recabar cierta información sobre antecedentes penales y matrimoniales mediante documentación o una declaración jurada del cliente estadounidense;
- proporcionar al cliente extranjero cualquier registro obtenido de la búsqueda en el registro público de delincuentes sexuales y la información de antecedentes recopilada en el idioma principal del cliente extranjero;
- proporcionar al cliente extranjero un folleto informativo preparado por el gobierno sobre los derechos legales y los recursos disponibles en los EE. UU. para las víctimas inmigrantes de violencia doméstica y otros delitos; y
- obtener el consentimiento escrito y firmado del cliente extranjero para la divulgación de la información del cliente extranjero al cliente de los Estados Unidos (secciones 833(d)(2) y (3)).
Sanción por mal uso de la información
Cualquier persona que a sabiendas haga mal uso de cualquier información obtenida por un intermediario matrimonial internacional bajo IMBRA (es decir, use esa información para cualquier propósito no autorizado que no sean las divulgaciones requeridas por IMBRA) está sujeta a una multa o prisión de no más de 1 año, o ambas, además de otras posibles sanciones que puedan imponerse bajo la ley federal o estatal (secciones 833(d)(3)(C)).
Sanciones por otras infracciones/no prevalencia
Un intermediario matrimonial internacional está sujeto a una multa civil de entre 5.000 y 25.000 dólares por cada infracción o intento de infracción de sus obligaciones conforme a la IMBRA, y a penas de prisión de hasta cinco años. Esto se suma a otras posibles sanciones y recursos previstos por la legislación federal o estatal (artículos 833(d)(5) y (6)).
Definición de un intermediario matrimonial internacional
Se define como "agente matrimonial internacional" a toda entidad (con sede o no en EE. UU.) que cobra honorarios por servicios de búsqueda de pareja o intermediación social entre ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes y extranjeros. Esta definición excluye también a los servicios de búsqueda de pareja religiosos o culturales sin fines de lucro, así como a las agencias de citas cuyo negocio principal no sea emparejar a ciudadanos estadounidenses o residentes con extranjeros, y que ofrezcan tarifas y servicios similares a todos sus clientes, independientemente de su género o nacionalidad.
Folleto informativo sobre derechos y recursos legales.
La IMBRA exige al Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS), en consulta con los Departamentos de Estado (DOS) y de Justicia (DOJ) y organizaciones no gubernamentales con experiencia especializada, que elabore un folleto informativo para prometidos y cónyuges extranjeros sobre el proceso de inmigración de la visa K , los derechos legales y los recursos disponibles para las víctimas inmigrantes de violencia doméstica y otros delitos, la ilegalidad del fraude matrimonial (es decir, contraer matrimonio a sabiendas únicamente para obtener un beneficio migratorio) y las obligaciones legales de los Estados Unidos con respecto a la manutención de los hijos. El folleto también incluirá una advertencia sobre el posible uso de visas K por parte de ciudadanos estadounidenses con antecedentes de violencia, cuyos actos pueden no haber resultado en antecedentes penales ; así como una notificación sobre las obligaciones de los intermediarios matrimoniales internacionales de revelar los antecedentes penales violentos de sus clientes estadounidenses.
Divulgación de antecedentes penales al prometido/a o cónyuge extranjero/a
La ley IMBRA exige que los ciudadanos estadounidenses que solicitan el patrocinio de visas K revelen sus condenas por una lista de delitos violentos en el formulario de solicitud "I-129F" que presentan ante el Departamento de Seguridad Nacional, incluyendo condenas por violencia doméstica y agresión , así como condenas por abuso de ancianos , abuso o negligencia infantil y acoso ; y múltiples (tres o más) condenas por delitos relacionados con alcohol o sustancias controladas. El Departamento de Seguridad Nacional debe proporcionar al Departamento de Estado una copia del formulario de solicitud I-129F del solicitante, junto con cualquier información sobre antecedentes penales (incluida la información sobre órdenes de protección) que el Departamento de Seguridad Nacional haya recopilado sobre el solicitante conforme a la autoridad vigente. El Departamento de Estado debe proporcionar estos materiales al prometido(a) o cónyuge extranjero(a). El funcionario consular estadounidense que realiza la entrevista de visa K en el extranjero debe informar al prometido(a) o cónyuge extranjero(a) que esta información puede no estar completa y preguntarle si un intermediario matrimonial internacional facilitó su relación con el peticionario y, de ser así, cuál, y si el intermediario matrimonial internacional cumplió con la IMBRA al proporcionarle las divulgaciones e información requeridas (secciones 832(a), 833(a)(5) y 833(b)(1)).
Límites en el número de solicitudes de visa para prometidos/as.
La ley IMBRA limita el patrocinio de visas K-1 para prometidos/as por parte de un solicitante estadounidense a un total de dos, con un intervalo mínimo de dos años entre la presentación de la última solicitud aprobada y la actual. El solicitante puede solicitar una exención discrecional de estos límites al Departamento de Seguridad Nacional. Sin embargo, el Departamento de Seguridad Nacional no suele eximir de estos límites si el solicitante estadounidense tiene antecedentes penales por delitos violentos (sección 832(a)(1); ).
Referencias
- ↑ "La ley que penaliza a las "novias por correo" tacha de maltratadores a todos los hombres estadounidenses . Fox News . 10 de enero de 2006.
- ↑ Vandermey, Anne (9 de abril de 2013). "El auge de las novias por correo" . Fortune . Archivado del original el 25 de diciembre de 2013. Recuperado el 23 de abril de 2013 .
- ↑ Thompson, Victoria; Lovet, Edward (18 de agosto de 2011). "Agencia internacional de matrimonios en línea promete amor a los hombres y escape a las mujeres, pero conlleva riesgos" . ABC News .
Enlaces externos
- Texto completo de la Ley de Regulación de Agencias de Matrimonio Internacional de 2005
- Leyes del 109.º Congreso de los Estados Unidos
- Inmigración a los Estados Unidos
- Ley de matrimonio en los Estados Unidos
- Legislación penal federal de los Estados Unidos
- Legislación federal de inmigración y nacionalidad de los Estados Unidos
- Política de visados de los Estados Unidos