Articulo de referencia

Propuesta de directiva sobre medidas penales destinadas a garantizar el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual.

La propuesta de la Unión Europea (UE) de una directiva sobre medidas penales destinadas a garantizar el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual (2005/0127/COD) fue...

La propuesta de la Unión Europea (UE) de una directiva sobre medidas penales destinadas a garantizar el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual (2005/0127/COD) fue una propuesta de la Comisión Europea para una directiva destinada a "complementar la Directiva 2004/48/CE, de 29 de abril de 2004, relativa al cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual (Aplicación civil) " ( Fuente: Justificación de la propuesta, COM(2005) 276 final, 12 de julio de 2005 ). La directiva fue propuesta el 12 de julio de 2005 por la Comisión de las Comunidades Europeas .

Al ser la segunda directiva sobre la aplicación de los derechos de propiedad intelectual, se la conoce comúnmente como IPRED2 (Segunda Directiva sobre la Aplicación de los Derechos de Propiedad Intelectual). La primera directiva sobre la aplicación de los derechos de propiedad intelectual, la Directiva 2004/48/CE, trata sobre la aplicación civil de dichos derechos (IPRED1). La IPRED1 se aprobó apresuradamente antes de la Quinta Ampliación de la Unión Europea, el 1 de mayo de 2004, e inicialmente incluía disposiciones sobre sanciones penales, pero esta parte, bastante controvertida, se omitió para poder cumplir con el plazo del 1 de mayo de 2004.

Tal como se anunció en el Diario Oficial C 252 del 18 de septiembre de 2010 [ 1 ], la Comisión Europea decidió retirar la propuesta de directiva. Por lo tanto, actualmente no se proponen formalmente sanciones penales para la aplicación de los derechos de propiedad intelectual, aunque formen parte del acervo comunitario desde el Tratado de Lisboa .

Tema

Esta directiva propuesta penaliza las infracciones de los derechos de propiedad intelectual. Se refiere a las infracciones intencionadas a escala comercial, así como a la complicidad, la instigación o la incitación a dichas infracciones.

Derechos de propiedad intelectual de la comunidad

La directiva propuesta se aplica a «los derechos de propiedad intelectual previstos en la legislación comunitaria y/o nacional de los Estados miembros». El borrador original [ 2 ] no incluye una definición y, en ese caso, la directiva se aplicaría a cualquier derecho de propiedad intelectual. Las posteriores revisiones de la directiva han incluido aclaraciones. Ejemplos de derechos expresamente incluidos son los derechos sui generis de los creadores de bases de datos o los derechos de marca. [ 3 ]

Patentes

La Directiva, en su primer borrador, incluye la violación de patentes, tradicionalmente un asunto civil. Esto podría tener consecuencias de gran alcance para la economía de la UE, dado el alto riesgo de enjuiciamiento penal por violar patentes cuando se incluyen nuevos productos o nuevas funciones. [ 4 ] Además, tradicionalmente, la gran mayoría de las disputas sobre patentes se resuelven extrajudicialmente antes de que continúen los litigios civiles por infracción. El proyecto de ley también incluye una disposición que permitiría a los titulares de propiedad intelectual colaborar con la policía en una investigación, lo que otorga al titular de la patente un gran poder para amenazar a sus rivales con penas de prisión, en lugar de limitarse a una demanda civil. [ 5 ]

En lectura posterior, el Parlamento ha excluido las patentes del ámbito de aplicación de la Directiva.

consumidores

La Directiva se aplica a las infracciones dolosas, comerciales o intencionadas de las leyes de marcas o derechos de autor. [ 6 ] Se rechazó una enmienda que habría limitado la directiva a la actividad comercial realizada con la intención de obtener un beneficio. En cambio, los consumidores serán penalmente responsables si su comportamiento no tiene fines personales ni lucrativos y se realizó con el propósito de obtener una ventaja económica .

Crítica

Según algunos, la Directiva IPRED2 no parece estar particularmente bien redactada. [ 5 ] [ 7 ] [ 8 ] El número de enmiendas aprobadas y adoptadas en lecturas posteriores es inusual, como se evidencia en el proceso de redacción. [ 9 ] Las definiciones, generalmente contenidas en el preámbulo o los artículos iniciales, faltaron hasta lecturas posteriores. Originalmente se refería solo a la piratería comercial y los productos falsificados, pero en su forma actual incluye cualquier violación de los derechos de propiedad intelectual. [ 6 ]

Las críticas expresadas por EFF , [ 10 ] FFII , [ 11 ] la Law Society of England and Wales , [ 12 ] el Parlamento holandés, [ 13 ] y otros incluyen:

  • La propuesta original no explicaba los términos que utilizaba. La sección de definiciones (Artículo 1) se añadió únicamente en lecturas posteriores. [ 14 ]
  • El alcance de la Directiva es demasiado amplio (Artículo 2). El proyecto de directiva aún se aplica a una gama más amplia de infracciones de propiedad intelectual que la piratería comercial y la falsificación. En consecuencia, es mucho más amplio que el estándar internacional actual para la aplicación penal de la propiedad intelectual: el Acuerdo sobre los ADPIC de 1994. [ 15 ] Las patentes se han excluido recientemente de su ámbito de aplicación, pero muchos otros derechos de propiedad intelectual no. Algunos de estos últimos no se prestan bien a la regulación penal (como los derechos sobre bases de datos o el acceso condicional a los regímenes de televisión de pago). [ 11 ]
  • La inclusión de la complicidad, la instigación o la ayuda (Artículo 3) expone a las empresas a un riesgo innecesario de responsabilidad penal. [ 12 ]
  • Las disposiciones relativas a las sanciones (Artículo 4) se han elaborado apresuradamente y contienen medidas draconianas poco adecuadas para las infracciones de la propiedad intelectual. [ 11 ]

La Electronic Frontier Foundation ha señalado que el derecho penal no es adecuado para la regulación del derecho de propiedad intelectual y que IPRED2 representa un riesgo para la industria y la innovación. [ 10 ] [ 16 ]

Según la Fundación para una Infraestructura de Información Libre (FFII), es imposible no infringir las patentes de software , y la directiva IPRED 2 amenaza a la mayoría de los desarrolladores de software europeos con penas de prisión. [ 17 ]

En julio de 2006, el Parlamento neerlandés envió una carta al comisario europeo Frattini con un análisis jurídico exhaustivo de la directiva propuesta, concluyendo que el objeto de la misma queda definitivamente fuera de la competencia de la Comunidad Europea (tal como se define en los tratados de la UE). [ 18 ]

Referencias

  1. "EUR-Lex - Diario Oficial de la Unión Europea" .
  2. «EUR-Lex - 52005PC0276(01) - ES - EUR-Lex» . 2005.
  3. "Enmiendas presentadas por Ipred2/JURI - FFII" . Archivado del original el 10 de abril de 2009. Consultado el 24 de abril de 2007 .
  4. "IPRED2 universalmente impopular / Blog / Gerloff / Miembros / La Comunidad - Comunidad de FSFE" . Archivado del original el 27 de septiembre de 2007. Consultado el 24 de abril de 2007 .
  5. 1 2 "La Segunda Directiva de Aplicación de los Derechos de Propiedad Intelectual" . Archivado del original el 21 de febrero de 2006. Consultado el 18 de octubre de 2005 .
  6. 1 2 Artículo 1
  7. "FSFE - IPRED2 - la segunda Directiva de Aplicación de los "Derechos de Propiedad Intelectual"" .
  8. "Grupo de trabajo IPRED2 - Grupos de acción" . Archivado del original el 25/10/2011 . Consultado el 24/04/2007 .
  9. "Expediente de procedimiento: 2005/0127(COD) | Observatorio Legislativo | Parlamento Europeo" . oeil.secure.europarl.europa.eu .
  10. 1 2 "Archivos de enlaces profundos" .
  11. 1 2 3 "Copia archivada" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 26-04-2007 . Recuperado el 24-04-2007 .{{cite web}}: CS1 mantenimiento: copia archivada como título ( enlace )
  12. 1 2 "Copia archivada" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 6 de enero de 2007. Recuperado el 24 de abril de 2007 .{{cite web}}: CS1 mantenimiento: copia archivada como título ( enlace )
  13. "Se cuestiona el procedimiento de la Directiva de la UE sobre la aplicación de la propiedad intelectual" . 11 de julio de 2006.
  14. "Copia archivada" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 22-12-2006 . Recuperado el 24-04-2007 .{{cite web}}: CS1 mantenimiento: copia archivada como título ( enlace )
  15. "OMC | Propiedad intelectual (ADPIC) - texto del acuerdo - contenido" .
  16. "Archivos de enlaces profundos" .
  17. Autores desconocidos, la Comisión Europea propone criminalizar la industria del software europea. Archivado el 31 de diciembre de 2006 en Wayback Machine , Cooperative Web Editing System (wiki) en FFII. Consultado el 13 de febrero de 2007.
  18. Monika Ermert, Se cuestiona el procedimiento de la Directiva de la UE sobre la aplicación de la propiedad intelectual , Intellectual Property Watch, 11 de julio de 2006
  • Textos oficiales:
    • Texto de la nueva propuesta de 26 de abril de 2006 para una directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medidas penales destinadas a garantizar el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual.
  • Proceso de toma de decisiones interinstitucional de la UE:
    • Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medidas penales destinadas a garantizar el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual.
  • Comentarios de abogados de patentes :
    • Comentario sobre el blog de Axel H. Horns sobre derecho de propiedad intelectual en los Archivos Web de la Biblioteca del Congreso (archivado el 2 de agosto de 2007).
  • Comentarios de otros grupos de presión y centros de estudios :