In persona episcopi (en español: En la persona del obispo ) es una expresión latina utilizada por la Iglesia Católica Romana para indicar una unión de dos o más diócesis en la que las diócesis son administradas por un solo obispo pero no sufren alteraciones en sus estructuras diocesanas (por ejemplo, seminarios , catedrales , funcionarios de la curia ). [1] En su forma más suave, dicha unión puede ser temporal, pero en otros casos puede ser un paso intermedio hacia una unión aeque principaliter o una unión plena.
Ejemplos
- Canadá: Moosonee y Hearst
- Gran Bretaña (Gales): Cardiff y Menevia
- Irlanda: Clonfert y Galway, Kilmacduagh y Kilfenora
- Italia: Pescia y Pistoia [2]
- España: Huesca y Jaca
- Estados Unidos: Baltimore y Washington (1939-1947)
Véase también
Referencias
- ^ «'In persona episcopi': las consolidaciones diocesanas se aceleran en Italia». www.catholicculture.org . 22 de julio de 2022 . Consultado el 22 de julio de 2024 .
- ^ "Renuncias y nombramientos (continuación), 14.10.2023". Oficina de Prensa de la Santa Sede . 14 de octubre de 2023 . Consultado el 22 de julio de 2024 .