Articulo de referencia

Complementariedad institucional

La complementariedad institucional se refiere a situaciones de interdependencia entre instituciones . Este concepto se utiliza con frecuencia para explicar el grado de diversida...

La complementariedad institucional se refiere a situaciones de interdependencia entre instituciones . Este concepto se utiliza con frecuencia para explicar el grado de diversidad institucional que se puede observar entre sistemas socioeconómicos y dentro de ellos , y sus consecuencias sobre el desempeño económico. En particular, el concepto de complementariedad institucional se ha utilizado para ilustrar por qué las instituciones son resistentes al cambio y por qué la introducción de nuevas instituciones en un sistema a menudo conduce a consecuencias no deseadas, a veces subóptimas. [1]

Los enfoques basados ​​en el concepto de complementariedad institucional han encontrado aplicaciones en una amplia gama de esferas institucionales, que abarcan desde la gobernanza empresarial y las relaciones industriales hasta variedades de capitalismo y reformas políticas. También se han desarrollado modelos formales para estudiar la naturaleza y las consecuencias de la complementariedad institucional. Después de una breve descripción de la representación formal canónica de la complementariedad institucional, se discutirán los dominios de aplicación más relevantes.

Modelos de complementariedad institucional

El concepto de complementariedad institucional tiene raíces profundas en las ciencias sociales. [2] Mientras que el enfoque sociológico de la interdependencia de las diferentes instituciones ha dejado las acciones de los individuos en gran medida fuera del análisis, el enfoque moderno, desarrollado principalmente por economistas, se ha basado en el análisis de las limitaciones que enfrentan las acciones de los individuos que actúan en diferentes dominios de elección. Este enfoque ha encontrado aplicaciones en una amplia gama de esferas institucionales, que van desde la gobernanza empresarial y las relaciones industriales hasta variedades de capitalismo y reformas políticas. También se han desarrollado modelos formales para estudiar la naturaleza y las consecuencias de la complementariedad institucional.

El modelo canónico de complementariedad institucional se debe a Masahiko Aoki [3] y se basa en la teoría de juegos supermodulares desarrollada por Paul Milgrom y John Roberts [4] . La estructura básica del modelo toma la siguiente forma.

Consideremos un contexto con dos dominios institucionales, A y B , y dos conjuntos de agentes, C y D, que no interactúan directamente entre sí. Sin embargo, una institución implementada en un dominio afecta paramétricamente las consecuencias de las acciones tomadas en el otro dominio. Por ejemplo, A puede asociarse con el tipo de estructura de propiedad que prevalece en un país determinado y B con la estructura de los derechos laborales. Para simplificar, suponemos que el entorno tecnológico y natural son constantes.

Supongamos que los agentes en el dominio A pueden elegir una regla entre dos opciones alternativas: A 1 y A 2 ; de manera similar, los agentes en el dominio B pueden elegir una regla entre B 1 o B 2 . Para simplificar, supongamos que todos los agentes en cada dominio tienen una función de pago idéntica u i = u ( iC ) o v j = v ( jD ) definida en conjuntos de elección binaria propios, ya sea { A 1 ; A 2 } o { B 1 ; B 2 } , con otros conjuntos como conjunto de parámetros. Decimos que una "regla" (endógena) está institucionalizada en un dominio cuando se implementa como una elección de equilibrio de agentes en los dominios relevantes.

Supongamos que se cumplen las siguientes condiciones:

( A 1 ; B 1 ) ( A 2 ; B 1 ) ( A 1 ; B 2 ) ( A 2 ; B 2 ) {\displaystyle u(A^{1};B^{1})-u(A^{2};B^{1})\geq u(A^{1};B^{2})-u(A^{2};B^{2})}
en ( B 2 ; A 2 ) en ( B 1 ; A 2 ) en ( B 2 ; A 1 ) en ( B 1 ; A 1 ) {\displaystyle v(B^{2};A^{2})-v(B^{1};A^{2})\geq v(B^{2};A^{1})-v (B^{1};A^{1})}

para todos los i y j . Las últimas son las llamadas condiciones supermodulares (de complementariedad). La primera condición implica que el beneficio "incremental" para los agentes en A de elegir A 1 en lugar de A 2 aumenta a medida que su entorno institucional en B es B 1 en lugar de B 2 . La segunda condición implica que el beneficio incremental para los agentes en B de elegir B ​​2 en lugar de B 1 aumenta si su entorno institucional en A es A 2 en lugar de A 1 . Nótese que estas condiciones se refieren a la propiedad de los pagos incrementales con respecto a un cambio en el valor de un parámetro. No excluyen la posibilidad de que el nivel de pago de una regla sea estrictamente más alto que el de la otra para los agentes de uno o ambos dominios independientemente de la elección de la regla en el otro dominio. En tal caso, la regla o reglas preferidas se implementarán de manera autónoma en el dominio relevante, mientras que los agentes en el otro dominio elegirán la regla que maximice sus pagos en respuesta a su entorno institucional. Entonces, el equilibrio del sistema que comprende A y B –y, por lo tanto, el arreglo institucional entre ellos– está determinado únicamente por la preferencia (tecnología).

Sin embargo, también puede haber casos en los que ninguna regla domine a la otra en ninguno de los dominios en el sentido descrito anteriormente. Si es así, los agentes en ambos dominios deben tener en cuenta qué regla está institucionalizada en el otro dominio. Bajo la condición de supermodularidad puede haber entonces dos equilibrios de Nash puros (arreglos institucionales) para el sistema que comprende A y B , a saber ( A 1 ; B 1 ) y ( A 2 ; B 2 ) . Cuando existen tales equilibrios múltiples, decimos que A 1 y B 1 , así como A 2 y B 2 , son "complementos institucionales".

Si existe complementariedad institucional, cada arreglo institucional se caracteriza por ser un equilibrio autosostenido en el que ningún agente tiene la capacidad inventiva para desviarse. En términos de bienestar, puede darse el caso de que los posibles arreglos institucionales generales no sean comparables entre sí en el sentido de Pareto, o que uno de ellos sea incluso subóptimo en comparación con el otro. En estos casos, la historia es la principal fuerza que determina qué tipo de arreglos institucionales es probable que surjan, con la consecuencia de que son posibles los resultados subóptimos.

Supongamos, por ejemplo, que ( A 2 ; B 2 ) es un arreglo institucional Pareto-superior en el que u ( A 2 ; B 2 ) > u ( A 1 ; B 1 ) y v ( B 2 ; A 2 ) > v ( B 1 ; A 1 ) . Sin embargo, por alguna razón histórica, se elige A 1 en el dominio A y se convierte en un entorno institucional para el dominio B . Frente a este entorno institucional, los agentes del dominio B reaccionarán correspondientemente eligiendo la razón B 1 . De este modo, se obtendrá el arreglo institucional Pareto-subóptimo ( A 1 ; B 1 ) . Este es un ejemplo de fallo de coordinación en presencia de indivisibilidad.

Obviamente, también puede haber casos en los que u ( A 2 ; B 2 ) > u ( A 1 ; B 1 ) pero v ( B 1 ; A 1 ) > v ( B 2 ; A 2 ) . Este es un caso en el que los dos arreglos institucionales viables no pueden clasificarse en el sentido de Pareto. Los agentes exhiben intereses conflictivos en los dos equilibrios y el surgimiento de un arreglo institucional en oposición al otro puede depender de la distribución del poder de decisión. Si por alguna razón los agentes que eligen en el dominio A tienen el poder de seleccionar y hacer cumplir su regla preferida, el arreglo ( A 2 ; B 2 ) es el resultado más probable. Alternativamente, los agentes que eligen en el dominio B forzarán a la sociedad a adoptar ( B 1 ; A 1 ) .

Aplicaciones

Ugo Pagano y Robert Rowthorn [5] [6] presentan una de las primeras contribuciones analíticas a la complementariedad institucional. En sus modelos, las elecciones tecnológicas toman como parámetros los acuerdos de derechos de propiedad, mientras que estos últimos se realizan sobre la base de tecnologías dadas. Las complementariedades de las tecnologías y los derechos de propiedad crean dos conjuntos diferentes de equilibrios organizacionales. Por ejemplo, fuertes derechos de los propietarios del capital y una tecnología con una alta intensidad de capital específico y difícil de monitorear probablemente sean complementos institucionales y definan un posible equilibrio organizacional. Sin embargo, también fuertes derechos de los trabajadores y una tecnología caracterizada por una alta intensidad de trabajo altamente específico pueden ser complementos institucionales y definir un equilibrio organizacional alternativo. El enfoque de equilibrios organizacionales integra el enfoque de Oliver Williamson [7] , que ha señalado la influencia de la tecnología en los derechos y las salvaguardas, y las opiniones de los economistas radicales [8] , que han enfatizado la dirección opuesta de la causalidad. Las complementariedades existentes en los diferentes equilibrios organizacionales integran ambas direcciones de causalidad en un solo marco analítico. Se ha utilizado un enfoque similar para explicar la diversidad organizacional en industrias intensivas en conocimiento, como el software. [9] [10]

Las complementariedades institucionales también caracterizan las relaciones entre la propiedad intelectual y las inversiones en capital humano. Las empresas que poseen una gran cantidad de propiedad intelectual gozan de protección para sus inversiones en capital humano , lo que a su vez favorece la adquisición de propiedad intelectual adicional. En cambio, otras empresas pueden encontrarse en un círculo vicioso en el que la falta de propiedad intelectual inhibe el incentivo para invertir en capital humano y los bajos niveles de inversión en capital humano implican que se adquiere poca o ninguna propiedad intelectual. [11]

También se han adoptado enfoques menos formales para las complementariedades institucionales. En su contribución seminal, Peter A. Hall y David Soskice [12] desarrollan un amplio marco teórico para estudiar las complementariedades institucionales que caracterizan diferentes variedades de capitalismo . Con un enfoque específico en las instituciones de la economía política, los autores desarrollan un enfoque centrado en el actor para comprender las similitudes y diferencias institucionales entre las economías desarrolladas. El enfoque de las variedades del capitalismo ha inspirado un gran número de aplicaciones en el campo de la economía política. Para dar algunos ejemplos, Robert Franzese [13] y Martin Höpner [14] investigan las implicaciones para las relaciones industriales ; Margarita Estevez-Abe, Torben Iversen y David Soskice [15] utilizan el enfoque para analizar la protección social ; Orfeo Fioretos [16] considera las relaciones políticas, las negociaciones internacionales y los intereses nacionales; Peter A. Hall y Daniel W. Gingerich [17] estudian la relación entre las relaciones laborales, la gobernanza corporativa y las tasas de crecimiento; Bruno Amable [18] analiza las implicaciones de la complementariedad institucional para los sistemas sociales de innovación y producción.

Además de la variedad institucional, la noción de complementariedad institucional también ha motivado los estudios sobre el cambio institucional. [19] [20] En estos trabajos, la complementariedad institucional se presenta a menudo como un factor conservador, que aumenta la estabilidad del equilibrio institucional. [21] En presencia de complementariedad institucional, el cambio requiere la variación simultánea de diferentes dominios institucionales, lo que a su vez exige una alta coordinación entre los actores involucrados. En ocasiones, las propias instituciones pueden actuar como recursos para nuevos cursos de acción que (incrementalmente) favorezcan el cambio. [22]

Junto con las contribuciones sobre los distintos modelos de capitalismo, el concepto de complementariedad institucional ha encontrado aplicación también en otros dominios de análisis. Masahiko Aoki , [23] por ejemplo, estudia el papel de la complementariedad institucional en los modelos de gobernanza contingente de equipos. Mathias Siems y Simon Deakin [24] se basan en un enfoque de complementariedad institucional para investigar las diferencias en las leyes comerciales que rigen en varios países. Francesca Gagliardi [25] argumenta a favor de una relación de complementariedad institucional entre las instituciones bancarias locales y las empresas cooperativas en Italia. Andrea Bonaccorsi y Grid Thoma, [26] finalmente, utilizan la idea de complementariedad institucional para investigar el desempeño inventivo en la nanociencia y la tecnología.

Referencias

  1. ^ Gagliardi, F. (2014). Un análisis bibliométrico de la literatura sobre complementariedades institucionales, Mimeo .
  2. ^ Lachmann, LM (1979), El legado de Max Weber, Heinemann, Londres.
  3. ^ Aoki, M. (2001), Hacia un análisis institucional comparativo, MIT Press, Cambridge.
  4. ^ Milgrom P, Roberts J (1990) Racionalización, aprendizaje y equilibrio en juegos con complementariedades estratégicas. Econometrica 58(6): 1255–1277.
  5. ^ Pagano U (1992) Equilibrios organizacionales y eficiencia de producción. Metroeconomica 43: 227–246.
  6. ^ Pagano U, Rowthorn R (1994) Propiedad, tecnología y estabilidad institucional. Cambio estructural y dinámica económica 5(2): 221–242.
  7. ^ Williamson OE (1985) Las instituciones económicas del capitalismo. The Free Press, Nueva York.
  8. ^ Braverman H (1974) Trabajo y capital monopolista: La degradación del trabajo en el siglo XX. Monthly Review Press, Nueva York
  9. ^ Landini F (2012) Tecnología, derechos de propiedad y diversidad organizacional en la industria del software. Cambio estructural y dinámica económica 23(2): 137-150.
  10. ^ Landini F (2013) Cambio institucional y producción de información. Journal of Institutional Economics 9(3): 257-284.
  11. ^ Pagano U, Rossi MA (2004) Contratos incompletos, propiedad intelectual y complementariedades institucionales. Revista Europea de Derecho y Economía 18(1): 55–67.
  12. ^ Hall PA, Soskice D (2001) Variedades del capitalismo: los fundamentos institucionales de la ventaja comparativa. Oxford University Press, Nueva York.
  13. ^ Franzese RJ (2001) Interacciones institucionales y sectoriales en la política monetaria y la negociación de salarios y precios. En: Hall PA, Soskice D (eds.) Variedades del capitalismo: Los fundamentos institucionales de la ventaja comparativa. Oxford University Press, Nueva York, pp. 104-144.
  14. ^ Höpner M (2005) ¿Qué conecta las relaciones industriales y la gobernanza corporativa? Explicando la complementariedad institucional. Socio-Economic Review 3(1): 331-358.
  15. ^ Estevez-Abe M, Iversen T, Soskice D. (2001) Protección social y formación de habilidades: una reinterpretación del Estado de bienestar. En: Hall PA, Soskice D (eds.) Variedades del capitalismo: los fundamentos institucionales de la ventaja comparativa. Oxford University Press, Nueva York, pp. 145-183.
  16. ^ Fioretos O (2001) Las fuentes internas de las preferencias multilaterales: variedades de capitalismo en la Comunidad Europea. En: Hall PA, Soskice D (eds.) Variedades de capitalismo: Los fundamentos institucionales de la ventaja comparativa. Oxford University Press, Nueva York, pp. 213-244.
  17. ^ Hall PA, Gingerich DW (2009) Variedades de capitalismo y complementariedades institucionales en la economía política: un análisis empírico. British Journal of Political Science 39(3): 449-482.
  18. ^ Amable B (2000) Complementariedad institucional y diversidad de los sistemas sociales de innovación y producción. Revista de Economía Política Internacional 7(4): 645-687.
  19. ^ Hall PA, Thelen K (2009) Cambio institucional en variedades de capitalismo. Socio-Economic Review 7(1): 7-34.
  20. ^ Boyer R (2005) Coherencia, diversidad y evolución de los capitalismos: la hipótesis de complementariedad institucional. Evolutionary and Institutional Economics Review 2(1): 43-80.
  21. ^ Pagano U (2011) Complementariedades entrelazadas y cambio institucional. Journal of Institutional Economics 7(3): 373–392.
  22. ^ Deeg R, Jackson G (2007) Hacia una teoría más dinámica de la variedad capitalista. Socio-Economic Review 5(1): 149-179.
  23. ^ Aoki M (1994) La gobernanza contingente de los equipos: análisis de la complementariedad institucional. International Economic Review 35(3): 657-676.
  24. ^ Siems M, Deakin S (2010) Derecho comparado y finanzas: investigación pasada, presente y futura. Journal of Institutional and Theoretical Economics 166(1): 120-140.
  25. ^ Gagliardi F (2009) Desarrollo financiero y crecimiento de las empresas cooperativas. Small Business Economics 32(4): 439-464.
  26. ^ Bonaccorsi A, Thoma G (2007) Complementariedad institucional y desempeño inventivo en nanociencia y tecnología. Research Policy 36(6): 813-831.
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