Las sanciones intermedias son un término utilizado en las regulaciones del Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos (IRS, por sus siglas en inglés) que se aplican a ciertos tipos de organizaciones sin fines de lucro que realizan transacciones que benefician a una persona inhabilitada dentro de la organización. Estas regulaciones permiten al IRS sancionar tanto a la organización como a la persona inhabilitada que recibe el beneficio. Las sanciones intermedias pueden imponerse además de la revocación de la exención fiscal de la organización o en su lugar.
Resumen
La Declaración de Derechos del Contribuyente 2, que entró en vigor el 30 de julio de 1996, añadió la sección 4958 al Código de Rentas Internas . La sección 4958 establece sanciones intermedias como alternativa a la revocación de la exención fiscal de una organización cuando particulares se benefician de transacciones con una organización benéfica pública 501(c)(3) o una organización sin fines de lucro 501(c)(4). NOTA: Las fundaciones privadas 501(c)(3) están sujetas a regulaciones similares, como las de la sección 4941 del Código de Rentas Internas.
Se podrán imponer sanciones intermedias a cualquier persona inhabilitada que reciba un beneficio excesivo de una organización sin fines de lucro cubierta, así como a cada administrador de la organización que apruebe dicho beneficio. Si usted es una persona inhabilitada, se le considerará participante en una transacción de beneficio excesivo, si dicha transacción se define como tal.
Ser una persona inhabilitada no implica automáticamente que una transacción implique un beneficio excesivo. Si usted no es una persona inhabilitada, no puede ser objeto de un beneficio excesivo (su transacción con la organización sin fines de lucro se considera realizada en condiciones de mercado).
Si se determina que hubo un beneficio excesivo, la persona inhabilitada debe reembolsar a la organización para que esta vuelva a la situación en la que se encontraba antes de que se completara la transacción. Además, existen fuertes intereses y multas que superan el 200%. Los gerentes de la organización que participaron en la transacción también pueden ser multados con un total de $10,000 por infracción y son responsables solidariamente del pago de dicha multa. Estas multas son acumulativas, por lo que una persona puede ser responsable tanto como persona inhabilitada como gerente de la organización.
Historia
La Declaración de Derechos del Contribuyente 2 (vigente desde el 30 de julio de 1996) incorporó la sección 4958 al Código de Rentas Internas . El 4 de agosto de 1998, el IRS propuso reglamentos para implementar la sección 4958. Los días 16 y 17 de marzo de 1999, el IRS celebró audiencias públicas sobre estos reglamentos propuestos. No fue sino hasta el 10 de enero de 2001 que el IRS emitió reglamentos provisionales, con una vigencia máxima de tres años. Finalmente, el 23 de enero de 2002, se emitieron los reglamentos definitivos, que sustituyeron a los provisionales.
El 9 de septiembre de 2005, el IRS anunció una propuesta de reglamentación para aclarar la relación entre las sanciones impuestas en virtud de la sección 4958 y la revocación del estatus de exención.
¿Quién es una persona inhabilitada?
Se considera persona inhabilitada a quien, durante los cinco años comprendidos entre el 13 de septiembre de 1995 y la fecha de la transacción en cuestión, haya ejercido una influencia sustancial sobre los asuntos de la organización exenta. Nota: Puede tratarse de una persona física, otra organización, una sociedad o asociación no constituida , un fideicomiso o una sucesión.
En las organizaciones afiliadas, su influencia sustancial debe determinarse por separado para cada organización, pero los beneficios proporcionados por una entidad controlada se considerarán proporcionados por la organización exenta. Una persona puede estar inhabilitada para más de una organización.
La ley sobre sanciones intermedias identifica a ciertas personas como personas con influencia sustancial, por lo que se presume que dichas personas están inhabilitadas. Las regulaciones temporales identifican categorías adicionales de personas con influencia sustancial. El IRS considera que estas personas están presuntamente inhabilitadas.
Según la ley, quedan inhabilitados los siguientes:
- Un miembro de la familia (cónyuge, hermanos y sus cónyuges, ascendientes, hijos, nietos, bisnietos y cónyuges de hijos, nietos y bisnietos) de una persona inhabilitada. Un niño adoptado legalmente es un niño.
- Una organización (sociedad anónima, sociedad colectiva, fideicomiso o patrimonio) propiedad en un 35 % o más, directa o indirectamente, de una persona inhabilitada o de sus familiares. Esto no incluye los derechos de voto que se ostentan únicamente como director, fideicomisario u otro fiduciario, sin participación accionaria, beneficios u otro interés económico .
Otras personas definidas por la normativa como poseedoras de un interés sustancial incluyen:
- Miembros del consejo directivo de la organización que tienen derecho a voto en asuntos sobre los que el órgano de gobierno tiene autoridad (por ejemplo, directores, ancianos, fideicomisarios, miembros del comité directivo, etc.).
- Los directivos de la organización , como presidente, director ejecutivo y director de operaciones (el título exacto es irrelevante), incluyen a cualquier persona con la máxima responsabilidad en la implementación de las decisiones del consejo o en la supervisión de la gestión, administración u operaciones de la organización. Las responsabilidades pueden ser compartidas por varias personas. Si una persona ostenta el título de presidente, director ejecutivo o director de operaciones, quedará inhabilitada a menos que pueda demostrar lo contrario.
- El tesorero o director financiero —incluida cualquier persona que tenga o comparta la responsabilidad de administrar los activos financieros de la organización, independientemente de su cargo— puede compartir esta responsabilidad. Cabe reiterar que cualquier persona con el título de tesorero o director financiero se considerará responsable principal de esta gestión, salvo prueba en contrario.
- Si un hospital participa en una organización patrocinada por proveedores, entonces cualquier persona que tenga un interés financiero material en la organización (por ejemplo, una persona involucrada en una empresa conjunta con la organización).
No es una persona inhabilitada
Según la normativa transitoria, se considera que ciertas personas no tienen una influencia sustancial, entre ellas:
- Organizaciones 501(c)(3).
- Con respecto a una organización 501(c)(4), otra organización descrita en 501(c)(4).
- Empleados que no se ajusten a ninguna de las categorías enumeradas anteriormente, siempre que no sean empleados altamente remunerados (según se define en la sección 414(q)(1)(B)(i) - remuneración superior a $80,000, según ajuste del IRS) o contribuyentes sustanciales (según se define en la sección 507(d)(2)(A), teniendo en cuenta solo las contribuciones recibidas durante el año fiscal actual y los cuatro años fiscales anteriores).
Prueba de hechos y circunstancias
Si una persona u organización es una persona inhabilitada en cualquier caso que no esté dentro de las categorías anteriores se determina mediante una prueba de hechos y circunstancias . Las regulaciones incluyen dos listas de hechos y circunstancias (1) que incluyen hechos y circunstancias que tienden a demostrar que una persona tiene influencia sustancial y (2) que incluyen hechos y circunstancias que tienden a demostrar que una persona no tiene influencia sustancial.
(1). Los hechos y circunstancias que tienden a demostrar que una persona tiene una influencia sustancial incluyen:
- La persona fundó la organización.
- La persona es un contribuyente sustancial a la organización (según se define en la sección 507(d)(2)(A), teniendo en cuenta solo las contribuciones recibidas durante el año fiscal actual y los cuatro años fiscales anteriores).
- La remuneración de la persona se basa principalmente en los ingresos derivados de una actividad de la organización o de una parte de la misma que dicha persona controla (véase más adelante la información sobre pagos porcentuales).
- La persona tiene o comparte la autoridad para controlar o determinar una parte sustancial de los gastos de capital, el presupuesto operativo o la remuneración de los empleados de la organización.
- La persona que gestiona un segmento o actividad específica de la organización representa una parte sustancial de sus actividades, activos, ingresos o gastos, en comparación con la organización en su conjunto. Por ejemplo, una persona que gestiona un departamento que contribuye significativamente al total podría ser considerada inhabilitada.
- La persona posee una participación mayoritaria (medida ya sea por votos o por valor) en una organización (sociedad anónima, sociedad colectiva, fideicomiso) que es una persona inhabilitada.
- La persona es una organización sin fines de lucro (como un club social, una asociación de propietarios, etc.) controlada, directa o indirectamente, por una o más personas inhabilitadas.
(2). Los hechos y circunstancias que tienden a demostrar que una persona no tiene influencia sustancial incluyen:
- La organización es una organización religiosa y la persona ha hecho un voto de pobreza " de buena fe " como empleado o agente, o en nombre de la organización.
- Se trata de un contratista (por ejemplo, un abogado, un contable o un gestor o asesor de inversiones) cuya única relación con la organización es la de proporcionar asesoramiento profesional (sin tener autoridad para tomar decisiones) con respecto a transacciones de las que el contratista no obtendrá ningún beneficio económico, ni directo ni indirecto, aparte de los honorarios habituales recibidos por el asesoramiento profesional prestado.
- El supervisor directo de la persona no es una persona inhabilitada.
- La persona no participa en ninguna decisión de gestión que afecte a la organización en su conjunto o a un segmento o actividad específica de la organización que represente una parte sustancial de las actividades, activos, ingresos o gastos de la organización, en comparación con la organización en su conjunto.
- Cualquier trato preferencial que reciba una persona en función del importe de su donación, se ofrece también a todos los demás donantes que realicen una contribución comparable como parte de una campaña destinada a atraer un número sustancial de donaciones.
¿Quién es un gerente de organización?
Un gerente de organización es cualquier funcionario, director, fideicomisario o persona con poderes o responsabilidades similares, independientemente de su cargo. Los funcionarios son designados específicamente en los estatutos o reglamentos de la organización, o bien, son personas que ejercen regularmente autoridad general para tomar decisiones administrativas o de política para la organización. Si una persona solo hace recomendaciones, pero no puede implementar decisiones sin la aprobación de un superior, no se considera funcionario. La normativa deja claro que un contratista que actúa únicamente como abogado, contador o gestor o asesor de inversiones no es un funcionario.
Un gestor de la organización incluye a cualquier miembro de un comité del consejo (sea o no miembro del mismo), si la organización alega que la presunción refutable de razonabilidad (véase más adelante) se basa en las acciones del comité (o de la persona designada). Si el comité es responsable de determinar la razonabilidad de una transacción y la organización se basa en dicha determinación, todos sus miembros serán considerados gestores de la organización.
¿Cuándo participa un gerente de la organización en una transacción?
El silencio o la inacción pueden considerarse participación del gerente de la organización si este tiene el deber de hablar o actuar, así como cualquier acción afirmativa. La abstención se considera consentimiento a la transacción. Los gerentes que se oponen a la transacción de manera coherente con sus responsabilidades para con la organización no se consideran participantes en la misma.
Conocer la participación : Conocer significa que el gerente:
- tiene conocimiento real de hechos suficientes que indican, basándose únicamente en esos hechos, que la transacción es una transacción de beneficio excesivo,
- es consciente de que la transacción puede violar la ley, y
- negligentemente, no realiza intentos razonables para determinar si la transacción es una transacción de beneficio excesivo o, de hecho, es consciente de que se trata de tal transacción.
Si bien saber no implica tener motivos para saber, según la normativa, la evidencia de que un gerente tiene motivos para saber es relevante para determinar si tiene conocimiento real. Corresponde al IRS probar que el gerente participó a sabiendas.
Si un gerente de una organización se basa en la opinión escrita y razonada de un profesional competente, su participación generalmente no se considerará informada. Además, la participación de un gerente de organización generalmente no se considera informada si se cumplen los requisitos de la presunción refutable de razonabilidad.
Participación voluntaria : la participación de un gerente de la organización es voluntaria si es consciente e intencional. No es voluntaria si el gerente desconoce que la transacción genera un beneficio excesivo.
Debido a una causa razonable : si el gerente ejerció la responsabilidad en nombre de la organización con el cuidado y la prudencia propios de los negocios, la participación se debe a una causa razonable.
Cláusula de puerto seguro de la ley
En su historial legislativo, el Congreso pretendía crear una presunción refutable de razonabilidad, o puerto seguro. Bajo este puerto seguro, se presume que la compensación es razonable y que una transferencia de propiedad se realiza a un valor justo de mercado si: (1) el acuerdo de compensación o los términos de la transferencia son aprobados, con anticipación, por un órgano autorizado de la organización exenta, compuesto enteramente por personas sin conflicto de intereses; (2) la junta o el comité obtuvo y se basó en datos apropiados sobre comparabilidad para tomar su decisión; y (3) la junta o el comité documentó adecuadamente la base de su decisión, simultáneamente con la toma de la misma.
La persona o el gerente de la organización inhabilitada tiene la carga inicial de probar que la compensación fue razonable. Si se cumplen los tres criterios anteriores, la carga de la prueba recae en el IRS, quien debe probar que la compensación fue irrazonable. El IRS puede refutar la presunción con pruebas suficientes que demuestren que la compensación no fue razonable o que la transferencia no se realizó a un valor justo de mercado.
Sanciones
La cláusula de sanción intermedia establece una penalización que consiste esencialmente en la devolución de los beneficios recibidos, además de una multa y sanciones que pueden superar el 200% del beneficio recibido. La organización debe volver, en la medida de lo posible, a la situación en la que se encontraba antes de que la persona recibiera el beneficio en exceso. Si bien el contrato puede modificarse para evitar cualquier beneficio en exceso una vez pagadas las penalizaciones, los administradores de la organización pueden ser responsables de multas de hasta $10,000 y ser considerados responsables solidariamente.
Para evitar que el IRS imponga sanciones intermedias, ningún miembro del órgano rector de la organización puede tener un conflicto de intereses con respecto a la transacción, y si forma parte del órgano rector y tiene un conflicto, puede responder a las preguntas de otros miembros, pero debe abstenerse de participar en el proceso de toma de decisiones, incluido el debate.
Enlaces externos
- Facilitar el cumplimiento normativo es el objetivo de las nuevas regulaciones sobre sanciones intermedias.
Por Steven T. Miller, Director de Organizaciones Exentas del IRS, expresando sus opiniones personales con respecto a las Regulaciones Temporales que interpretan las disposiciones de limitación de beneficios de la Sección 4958 del Código de Rentas Internas.
- El procedimiento de presunción refutable es clave para un fácil cumplimiento de las sanciones intermedias.
El segundo artículo de Steven T. Miller explica (en su opinión personal) cómo determinar qué funcionarios están cubiertos y sugiere un proceso relativamente sencillo para garantizar el cumplimiento total.
- Reglamento final
Lisa Runquist, abogada, explica cómo determinar el cumplimiento. Sanciones intermedias.
Texto del Reglamento Final vigente a partir del 23 de enero de 2002, publicado en el Registro Federal.
- Impuestos en los Estados Unidos