La Ley de Puertos de la Comunidad de Internet (ICPA),creada y promovida por la Fundación CP80 (también conocida como "Clean Port 80"),Es un enfoque para el filtrado de contenido HTTP , que aprovecha los puertos del Protocolo de Control de Transmisión para segregar el contenido entre "Puertos de la Comunidad" y "Puertos Abiertos". Los "Puertos de la Comunidad" serían para contenido que no se considera " obsceno o dañino" para los niños; los "Puertos Abiertos" serían para todo el demás contenido, incluido el contenido considerado apto solo para adultos, como la pornografía. Según los defensores de ICPA, esto permitiría a un usuario, a través del firewall de su ISP, elegir el contenido que desea por puerto, permitiendo o bloqueando contenido individualmente. Los defensores de ICPA quisieran particularmente eliminar el contenido "objetable" del Puerto 80, el puerto estándar para el tráfico de la World Wide Web (pero de ninguna manera todo el tráfico de Internet , lo que hace que el nombre sea un tanto engañoso).
El CP80 está presidido por Ralph Yarro III , quien también preside el Grupo OCS .
La Fundación CP80 afirma que su solución se basa en la libertad individual y el uso de la tecnología existente. También sostienen que la solución es una respuesta justa y equilibrada al supuesto "problema de la pornografía en internet". Concluyen que la ICPA (Ley de Puertos Comunitarios de Internet) "protege" a los niños y a los adultos, al tiempo que "preserva" la Primera Enmienda para todos.
Aunque la ICPA aún no se ha presentado en el Congreso de los Estados Unidos, se dice que cuenta con el apoyo de varios miembros del Congreso de Utah, entre ellos el senador Orrin Hatch (republicano por Utah), el (ex) representante Chris Cannon (republicano por Utah), el (ex) representante Jim Matheson (demócrata por Utah) y el representante Rob Bishop (republicano por Utah). Según se informa, CP80 ha realizado presentaciones ante estos miembros del Congreso. El senador Hatch declaró: "Debemos buscar soluciones creativas e innovadoras para esta creciente amenaza para la salud pública, y CP80 es uno de los líderes en ese esfuerzo".Algunos podrían considerar similar una propuesta que solicitaba la creación de un dominio .xxx, pero, según se informa, fue bloqueada por la ICANN a petición del Gobierno de los Estados Unidos.
La Fundación CP80 afirma que la ICPA difiere en varios aspectos importantes de la propuesta del dominio .xxx. De aprobarse, la ICPA sería una ley federal, mientras que el dominio .xxx siempre se concibió como voluntario. La ICPA preservaría todas las URL y convenciones de nomenclatura actuales, algo que no ocurriría con el dominio .xxx. La ICPA ofrece un mecanismo de recurso legal contra editores web o proveedores de contenido que incumplan la normativa estadounidense, un mecanismo del que carece el dominio .xxx. La ICPA proporcionaría una solución más segura y robusta, ya que el bloqueo de contenido se produce a nivel del proveedor de servicios de Internet (ISP), mientras que el bloqueo del dominio .xxx se produciría a nivel del navegador del usuario final .
La Fundación CP80 afirma que su ICPA también busca abordar el problema internacional de la pornografía. Si la ICPA se aprobara, el usuario final tendría varias opciones para configurar su experiencia en Internet. Podría elegir puertos comunitarios o puertos abiertos y comunitarios. Si opta por puertos comunitarios, podría permitir todas las direcciones IP de países extranjeros, solo las de países que cumplen con la normativa o ninguna dirección IP extranjera. Toda esta configuración se realizaría a nivel del proveedor de servicios de Internet (ISP). Además, la Fundación CP80 apoya la iniciativa de utilizar la función de la IANA, actualmente administrada por el gobierno estadounidense, para implementar la separación de contenido propuesta por la ICPA a nivel internacional, como parte de la "Nueva Evolución de Internet". Esta separación se extendería a todos los niveles de la gobernanza de Internet, incluyendo los registros regionales de Internet (RIR), los ISP y, finalmente, los editores web y proveedores de contenido. Esto abordaría el problema de cualquier editor web o proveedor de contenido internacional que no cumpla con la "Nueva Evolución" de Internet.
Crítica
La ICPA no puede aplicarse internacionalmente. Al igual que ocurre con otras leyes relacionadas con Internet, Estados Unidos no tiene derechos extraterritoriales para obligar al cumplimiento por parte de entidades fuera de sus fronteras.
También presupone que el atributo más importante de todo el contenido distribuido en Internet es si es para adultos o pornográfico (presumiblemente según ciertos criterios de quienes lo proponen). Estas son las únicas formas de contenido que el Gobierno de EE. UU. podría censurar de acuerdo con la Constitución. Sin embargo, muchos consideran más problemáticas las representaciones de violencia, intolerancia, opiniones extremistas, mensajes sexistas o contenido racista. La Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Internet (ICPA, por sus siglas en inglés), como mandato gubernamental, no puede proporcionar un mecanismo práctico para evaluar y clasificar la idoneidad de otros atributos del material. Esto contrasta con la Plataforma Voluntaria para la Selección de Contenido en Internet (PVSI) , que permite a las personas filtrar voluntariamente el contenido según su propia visión del mundo.
La propuesta actual, centrada en la pornografía, no aborda ninguno de estos aspectos ni la necesidad de considerar las distintas combinaciones de materiales inapropiados, que dependen de las preferencias o puntos de vista locales, culturales o individuales. Ante la ausencia de un consenso sobre qué atributos del contenido, si los hay, requieren regulación, el enfoque más pragmático parece ser evitar cualquier tipo de categorización censor y permitir que las personas filtren su propio acceso.
La ICPA pretende criminalizar la obscenidad transmitida a través de "puertos comunitarios". La obscenidad ya es ilegal según los artículos 1460-1466 del Título 18 del Código de los Estados Unidos y 223(a) y (b) del Título 47 del Código de los Estados Unidos. Sin duda, ningún editor de contenido tendría incentivos para etiquetar su contenido como "obsceno" con el fin de evitar su publicación en "puertos comunitarios", donde tal anuncio lo expondría a responsabilidad penal.
Los críticos también han comparado la propuesta con la "parte problemática" del RFC 3514 debido a los problemas para definir qué tipos de contenido cumplen los requisitos.
Fuentes y notas
- ^ "CP80 Internet Community Port Act" . www.cp80.org . Archivado del original el 5 de julio de 2006. Consultado el 9 de julio de 2006 .
- ^ Mark Gibbs (5 de diciembre de 2005). "Poniéndole pintalabios al cerdo pornográfico de Internet, Network World Fusion" . Network World . Consultado el 9 de abril de 2016 .
- ^ Jared Page (28 de noviembre de 2005). "Utah prueba una nueva estrategia en la batalla contra la pornografía en Internet" . Deseret News . Archivado del original el 3 de noviembre de 2012. Consultado el 9 de abril de 2016 .
- ^ Annalee Newitz (3 de enero de 2006). "Censura web para principiantes" . AlterNet . Consultado el 9 de abril de 2016 .
- ^ Mark Gibbs (19 de enero de 2006). "Materia gris para tijeras de Internet" . IT World Canada. Archivado del original el 4 de mayo de 2016. Recuperado el 9 de abril de 2016 .
Enlaces externos
- La Fundación CP80 archivada el 20 de mayo de 2017 en Wayback Machine.
- Censura de Internet por parte de la organización
- La censura en Internet en Estados Unidos