Articulo de referencia

estado de emergencia israelí

El estado de emergencia israelí fue autorizado originalmente en virtud del artículo 9 de la Ordenanza de Leyes y Administración de 1948, y ha estado en vigor de forma continua e...

El estado de emergencia israelí fue autorizado originalmente en virtud del artículo 9 de la Ordenanza de Leyes y Administración de 1948, y ha estado en vigor de forma continua en el Estado de Israel desde entonces.

Autorización legal

La Ordenanza de Leyes y Administración de 1948 sirvió como autorización original para el estado de emergencia israelí. Este estatuto fue adoptado por el Consejo Provisional del Estado de Israel —que funcionaba como autoridad legislativa transitoria del nuevo Estado de Israel— el 19 de mayo de 1948, y fue concebido como una medida temporal por el consejo. [ 1 ] El artículo 9 de la Ordenanza facultaba al consejo para declarar un estado de emergencia, durante el cual el Primer Ministro y los Ministros del Gabinete tenían la autoridad para promulgar reglamentos de emergencia que “les parecieran convenientes en interés de la defensa del Estado, la seguridad pública y el mantenimiento de suministros y servicios esenciales”. [ 2 ] Los reglamentos de emergencia creados bajo esta ley expiraban después de tres meses, pero la Ordenanza de Leyes y Administración no impuso un período de caducidad al estado de emergencia que autorizó, y la Knesset nunca lo terminó. [ 3 ] En 1992, la Knesset trasladó formalmente la autorización para el estado de emergencia de la Ordenanza de Leyes y Administración de 1948 a la Ley Fundamental: El Gobierno , y esta autorización actualmente se basa en el §38 de la Ley Fundamental: El Gobierno (2001). A diferencia de la Ordenanza de Leyes y Administración, el §38(b) de la Ley Fundamental: El Gobierno (2001) limita todas las declaraciones de estado de emergencia a un año, pero pueden renovarse sin límite, lo cual la Knesset ha hecho sin excepción. [ 4 ]

Impactos en la separación de poderes

Hasta la década de 1980, los ministros enfrentaron pocas restricciones prácticas en el uso de reglamentos de emergencia, incluso fuera del contexto de seguridad inmediato del estado de emergencia, ya que los 204 reglamentos emitidos entre 1974 y 1982 se relacionaban con conflictos laborales y cuestiones económicas. [ 5 ] Estos reglamentos no fueron cuestionados en gran medida por el poder judicial hasta los casos de Paritzki contra el Ministro del Interior y Poraz contra el Alcalde de Tel Aviv . [ 6 ] [ 7 ] El caso Paritzki abordó directamente el uso significativo de reglamentos de emergencia fuera del ámbito de la emergencia real que justificaba el estado de excepción, declarando que los reglamentos de emergencia solo pueden abordar cuestiones que la emergencia impide directamente que la Knesset aborde. El caso Poraz se basó en esta limitación judicial al Gobierno, declarando que el Gobierno y sus ministros no pueden promulgar reglamentos de emergencia que afecten áreas políticas sobre las que la Knesset ya está legislando. [ 8 ] Si bien esto proporcionó cierta limitación a la capacidad del Gobierno de utilizar reglamentos de emergencia para evitar el proceso legislativo ordinario en la Knesset, el Gobierno continuó utilizando reglamentos de emergencia para legislar sobre cuestiones laborales y económicas durante la década de 1990. [ 5 ]

Ley Fundamental: El Gobierno (1992) impuso importantes limitaciones al uso de reglamentos de emergencia que no figuraban en la Ordenanza de Leyes y Administración de 1948 y otorgó a la Knesset una serie de funciones de supervisión sobre el uso que hace el Gobierno de los reglamentos de emergencia y del propio estado de emergencia.

El Knesset consolida las leyes contra la regulación de emergencia.

El artículo 39(c) de la misma Ley Fundamental sirve tanto para facultar al Gobierno a adoptar reglamentos de emergencia que afecten cualquier disposición legal como para permitir que la Knesset prohíba cualquier ley mediante reglamentos de emergencia, estableciendo que la facultad del Gobierno para adoptar reglamentos de emergencia es ilimitada “a menos que exista otra disposición legal”. [ 9 ] [ 10 ] Posteriormente, la Knesset incorporó disposiciones de prohibición en varias Leyes Fundamentales, impidiendo que el Gobierno las modificara mediante reglamentos de emergencia. Estas disposiciones de prohibición aparecen principalmente en las Leyes Fundamentales que afectan a las diferentes ramas del Estado israelí, prohibiendo la modificación de la forma de gobierno israelí durante un estado de emergencia. [ 11 ] [ 12 ] [ 13 ] [ 14 ]

Supervisión del Knesset sobre los estados de emergencia y las regulaciones de emergencia.

Los artículos 39(a) y 39(f) de la Ley Fundamental (2001) establecen que el Gobierno trabaja conjuntamente para otorgar a la Knesset la supervisión de las regulaciones de emergencia del Gobierno, exigiendo que dichas regulaciones se presenten inmediatamente ante la Comisión de Asuntos Exteriores y Seguridad de la Knesset, donde pueden ser revocadas por mayoría de la Knesset. [ 15 ] [ 16 ] El Tribunal Supremo ha enfatizado la importancia de la supervisión de la Knesset sobre las regulaciones de emergencia del Gobierno, incluso en contextos novedosos, exigiendo en el caso Ben Meir contra el Primer Ministro que el Gobierno detuviera su dependencia de las regulaciones de emergencia para instituir los requisitos de rastreo de contactos durante la pandemia de COVID-19 si la Knesset no establecía rápidamente una comisión capaz de supervisar las regulaciones de emergencia para la pandemia dentro de los cinco días posteriores a la decisión del Tribunal. [ 17 ]

Si bien la Knesset cuenta con múltiples mecanismos formales para ejercer la supervisión del gobierno durante el estado de emergencia, algunos expertos en derecho constitucional israelí sostienen que la capacidad de los diputados para ejercer dicha supervisión se ve limitada, incluso en tiempos normales, por la capacidad de los partidos para disciplinar a sus miembros. Dado que el Gobierno goza de la confianza de la Knesset, respaldada por los partidos que conforman la mayoría en dicho órgano, la supervisión que ejerce la Knesset sobre el Gobierno es, en la práctica, muy limitada. [ 18 ]

El artículo 39 de la Ley Fundamental: El Gobierno (2001) aborda el uso de reglamentos de emergencia y crea la base legal para la revisión judicial de dichos reglamentos.

El artículo 39(e) impone un requisito de proporcionalidad, que exige que el gobierno adopte reglamentos de emergencia únicamente en la medida en que la emergencia no pueda abordarse mediante un proceso legislativo o reglamentario ordinario. [ 19 ] Esta cláusula constituye una incorporación parcial a la Ley Fundamental de la jurisprudencia generada por las decisiones de Paritzki y Poraz .

Algunos expertos en derecho constitucional también argumentan que esta disposición debe interpretarse como una incorporación de la obligación de Israel, contraída en virtud de un tratado, de adherirse al principio de proporcionalidad en el uso de los estados de emergencia conforme al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ya que la Ley Fundamental: El Gobierno (1992), que contiene el texto original de lo que ahora es el artículo 39 de la Ley Fundamental: El Gobierno (2001), fue adoptada poco después de que Israel ratificara el PIDCP. [ 20 ] [ 21 ] La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que el Tribunal Supremo israelí ha citado al interpretar las obligaciones de Israel en materia de derechos humanos, sugiere que el principio de proporcionalidad en los estados de emergencia se rige por las siguientes condiciones, derivadas de la decisión del caso griego :

  1. La emergencia debe ser real e inminente.
  2. La emergencia debe afectar a todo el país.
  3. La emergencia debe amenazar la continuidad de la existencia del Estado y/o de la sociedad organizada dentro del mismo.
  4. La emergencia real solo puede abordarse mediante un estado de emergencia, y no mediante la gobernanza o la legislación ordinarias. [ 22 ]

El principio de proporcionalidad en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos también se rige por las Normas Mínimas de París sobre las Normas de Derechos Humanos en Estado de Emergencia de 1984, que exigen que un estado de emergencia no dure más de lo necesario para “restablecer las condiciones normales” y que refuerzan el principio de que cualquier restricción de derechos en el estado de emergencia no exceda la absoluta necesidad creada por la emergencia en sí. [ 23 ]

Reglamentos de emergencia emitidos en virtud del artículo 39 de la Ley Fundamental: El Gobierno (2001) está sujeto a las condiciones del principio de proporcionalidad tal como lo articulan la Corte Suprema y el PIDCP, y la Corte Suprema ha afirmado su capacidad para invalidar dichos reglamentos de emergencia a través del precedente establecido en el caso Poraz , imponiendo un control significativo a los poderes del Gobierno durante un estado de emergencia y afirmando una separación de poderes a través de la revisión judicial incluso en condiciones de emergencia. [ 24 ] Artículo 39(d) de la Ley Fundamental: El Gobierno refuerza este principio al impedir que los reglamentos de emergencia priven a las personas del recurso legal , permitiendo la resolución judicial cuando los reglamentos de emergencia emitidos por el Gobierno podrían de otro modo intentar impedirlo. [ 25 ]

Supervisión judicial del estado de emergencia

Si bien las regulaciones emitidas por el gobierno israelí bajo el estado de emergencia están sujetas a salvaguardias en forma de supervisión judicial y del Knesset, la continuidad del estado de emergencia y las importantes funciones gubernamentales que dependen de sus regulaciones no son cuestionadas actualmente por ninguna institución del Estado israelí. Esto no siempre fue así. La Corte Suprema de Israel , actuando como Tribunal Superior de Justicia, emitió en 2012 un Decreto nisi en respuesta a una petición de 1999 de la Asociación por los Derechos Civiles en Israel. Esta orden exigía al gobierno que proporcionara actualizaciones periódicas sobre su intención declarada de derogar eventualmente el estado de emergencia y desvincular regulaciones importantes de su dependencia del mismo, codificándolas en derecho ordinario. [ 26 ] Sin embargo, la Corte dictaminó ese mismo año que el progreso del Gobierno en la regularización de algunas de estas leyes demostraba un progreso suficiente y se negó a intervenir más en el proceso. A pesar de señalar importantes preocupaciones continuas sobre la amenaza que un estado de emergencia perpetuo representaba para la democracia israelí, el Tribunal Superior declaró que la petición original de 1999 había “agotado su propósito” al impulsar al Gobierno a tomar medidas para poner fin al estado de emergencia. Esto llevó al Tribunal a desestimar la petición, aunque dejó abierta la posibilidad de que pudiera reactivarse si el progreso del Gobierno flaqueaba significativamente. [ 26 ] Al adoptar esta limitación a la intervención judicial para determinar un estado de emergencia, el Tribunal Superior de Justicia reflejó los principios del estado de emergencia adoptados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso griego e Irlanda contra el Reino Unido, donde se reconoció que un estado de emergencia representa una violación significativa de los principios democráticos, al tiempo que se admitió que el poder judicial no es la rama apropiada del gobierno para determinar la existencia del estado de emergencia. [ 26 ] [ 27 ]

Referencias

  1. Adam Mizock, “La legalidad del estado de emergencia de cincuenta y dos años en Israel”, UC Davis Journal of International Law & Policy 7, n.º 2 (2001): 226, https://go.exlibris.link/zpZyMCr7 .
  2. “Ordenanza de Ley y Administración” (1948), http://www.knesset.gov.il/review/data/eng/law/kns0_govt-justice_eng.pdf .
  3. Baruch Barcha, “Controles y equilibrios en un estado de emergencia prolongado: el caso de Israel”, ed. Yoram Dinstein y Fania Domb, Anuario de Israel sobre Derechos Humanos, Volumen 33 (2003) , 2 de diciembre de 2003, 124, doi : 10.1163/9789047413134_008 .
  4. Baruch Barcha, “Controles y equilibrios en un estado de emergencia prolongado: el caso de Israel”, ed. Yoram Dinstein y Fania Domb, Anuario de Israel sobre Derechos Humanos, Volumen 33 (2003) , 2 de diciembre de 2003, 133-34, doi : 10.1163/9789047413134_008 .
  5. 1 2 Adam Mizock, “La legalidad del estado de emergencia de cincuenta y dos años en Israel”, UC Davis Journal of International Law & Policy 7, no. 2 (2001): 227, https://go.exlibris.link/zpZyMCr7 .
  6. HCJ 6971/98 Paritzky contra Ministro del Interior, 53(1) PD 763 [1998].
  7. ^ HCJ 2994/90 Poraz contra el Gobierno de Israel 44(3) PD 317 [1990]
  8. Suzi Navot, Derecho constitucional en Israel , Segunda edición (Alphen aan den Rijn, Países Bajos: Wolters Kluwer, 2016), 312; Barcha, “Controles y equilibrios en un estado de emergencia prolongado: el caso de Israel”, 136–37.
  9. Ley Fundamental: El Gobierno (2001), art. 39(c). https://www.mfa.gov.il/MFA/MFA-Archive/2001/Pages/Basic%20Law-%20The%20Government%20-2001-.aspx .
  10. Barcha, Baruch. “Controles y equilibrios en un estado de emergencia prolongado: el caso de Israel”. Editado por Yoram Dinstein y Fania Domb. Anuario de Israel sobre Derechos Humanos, Volumen 33 (2003) , 2 de diciembre de 2003, 139-40. https://brill.com/view/book/edcoll/9789047413134/BP000008.xml .
  11. Ley Fundamental: El Gobierno (2001), art. 41. https://www.mfa.gov.il/MFA/MFA-Archive/2001/Pages/Basic%20Law-%20The%20Government%20-2001-.aspx .
  12. Ley Fundamental: La Knesset (1958), art. 44. https://www.mfa.gov.il/MFA/MFA-Archive/1950-1959/Pages/Basic%20Law-%20The%20Knesset%20-1958-%20-%20updated%20translatio.aspx .
  13. “Ley Fundamental: El Presidente del Estado” (1964), art. 25, https://www.mfa.gov.il/MFA/MFA-Archive/1960-1969/Pages/Basic%20Law-%20The%20President%20of%20the%20State.aspx
  14. Ley Fundamental: El Poder Judicial (1984), art. 22. https://www.mfa.gov.il/MFA/MFA-Archive/1980-1989/Pages/Basic%20Law-%20The%20Judiciary.aspx .
  15. Barcha, Baruch. “Controles y equilibrios en un estado de emergencia prolongado: el caso de Israel”. Editado por Yoram Dinstein y Fania Domb. Anuario de Israel sobre Derechos Humanos, Volumen 33 (2003) , 2 de diciembre de 2003, 135. https://brill.com/view/book/edcoll/9789047413134/BP000008.xml .
  16. Ley Fundamental: El Gobierno (2001), secs. 39(a) y 39(f). https://www.mfa.gov.il/MFA/MFA-Archive/2001/Pages/Basic%20Law-%20The%20Government%20-2001-.aspx .
  17. ^ HCJ 2019/20 Ben Meir contra el Primer Ministro (2020). https://versa.cardozo.yu.edu/opinions/ben-meir-v-prime-minister
  18. Navot, Suzi. La Constitución de Israel: un análisis contextual . Sistemas constitucionales del mundo. Oxford, Reino Unido; Portland, Oregón: Hart Publishing, 2014, 129.
  19. Ley Fundamental: El Gobierno (2001) art. 39(e). https://www.mfa.gov.il/MFA/MFA-Archive/2001/Pages/Basic%20Law-%20The%20Government%20-2001-.aspx .
  20. Mizock, Adam. “La legalidad del estado de emergencia de cincuenta y dos años en Israel”. UC Davis Journal of International Law & Policy 7, n.º 2 (2001): 238-39. https://go.exlibris.link/zpZyMCr7 .
  21. Barcha, Baruch. “Controles y equilibrios en un estado de emergencia prolongado: el caso de Israel”. Editado por Yoram Dinstein y Fania Domb. Anuario de Israel sobre Derechos Humanos, Volumen 33 (2003) , 2 de diciembre de 2003, 132. https://brill.com/view/book/edcoll/9789047413134/BP000008.xml .
  22. Mizock, Adam. “La legalidad del estado de emergencia de cincuenta y dos años en Israel”. UC Davis Journal of International Law & Policy 7, n.º 2 (2001), 234. https://go.exlibris.link/zpZyMCr7 .
  23. Mizock, Adam. “La legalidad del estado de emergencia de cincuenta y dos años en Israel”. UC Davis Journal of International Law & Policy 7, n.º 2 (2001), 237. https://go.exlibris.link/zpZyMCr7 .
  24. Navot, Suzi. La Constitución de Israel: un análisis contextual . Sistemas constitucionales del mundo. Oxford, Reino Unido; Portland, Oregón: Hart Publishing, 2014, 312.
  25. Ley Fundamental: El Gobierno (2001), art. 39(d). https://www.mfa.gov.il/MFA/MFA-Archive/2001/Pages/Basic%20Law-%20The%20Government%20-2001-.aspx .
  26. 1 2 3 HCJ 3091/99 Asociación por los Derechos Civiles en Israel contra Knesset [2012]. https://versa.cardozo.yu.edu/opinions/association-civil-rights-israel-v-knesset
  27. Mizock, Adam. “La legalidad del estado de emergencia de cincuenta y dos años en Israel”. UC Davis Journal of International Law & Policy 7, n.º 2 (2001), 236. https://go.exlibris.link/zpZyMCr7 .
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