Articulo de referencia

Derecho jordano

La Ley Jourdan del 5 de septiembre de 1798 ( en francés : loi Jourdan-Delbrel ) institucionalizó de hecho el servicio militar obligatorio en la Francia revolucionaria , que come...

La Ley Jourdan del 5 de septiembre de 1798 ( en francés : loi Jourdan-Delbrel ) institucionalizó de hecho el servicio militar obligatorio en la Francia revolucionaria , que comenzó con la levée en masse . Estipulaba que todos los hombres solteros y sin hijos de entre 20 y 25 años estaban obligados a prestar servicio militar . Sin embargo, existían exenciones para el clero , los trabajadores industriales esenciales para el esfuerzo bélico , los estudiantes de determinadas Grandes écoles (instituciones de educación superior) y los funcionarios públicos. La ley discriminaba a la población pobre y campesina numerosa mediante la práctica legalmente sancionada del «sustituto», que permitía a cualquiera que pudiera, comprar a alguien para que se alistara en su lugar. Recibió su nombre del general francés Jean-Baptiste Jourdan .

Propuesta durante el Directorio por los diputados Jean-Baptiste Jourdan y Pierre Delbrel, tenía como objetivo hacer frente a la gran desmovilización posterior al 9 de Termidor: 700.000 hombres en 1794, 380.000 en 1797.

Esta ley permitió a Napoleón Bonaparte abastecer a los ejércitos hasta 1815.

Extractos de la Ley

Título I: Principios

  • "Todo francés es un soldado y debe defender la patria." (Artículo 1)
  • "Salvo en caso de peligro para el país, el ejército se forma mediante el alistamiento voluntario y el servicio militar obligatorio." (artículo 3)

Título II  : Inscripciones voluntarias

  • Podrán ingresar voluntariamente en el ejército francés quienes tengan entre 18 y 30 años, presentando un certificado de buena conducta firmado por el alcalde de su municipio y el juez de paz.
  • El acta de inscripción voluntaria se registra en el ayuntamiento. En ella constan la identidad del ciudadano, su estatura, domicilio y descripción física.

Título III  : Servicio militar obligatorio

  • "El servicio militar obligatorio abarca a todos los franceses (hombres) de entre 20 y 25 años de edad." (artículo 15)

Título IV  : Ejecución

  • Las administraciones de los municipios y distritos deben tener "listas en las que estén inscritos todos los franceses (hombres) de su distrito" que tengan 20 años de edad. (artículo 24).
  • A partir de estas listas, las administraciones centrales clasifican las listas generales de los reclutas de sus respectivos departamentos (artículo 26).

Referencias

  • Forrest, Alan, Conscriptos y desertores: El ejército y la sociedad francesa durante la Revolución y el Imperio , Nueva York: Oxford University Press, 1989. pág.  35.
  • Daly, Gavin, Dentro de la Francia napoleónica: Estado y sociedad en Rouen, 1800–1815 , Aldershot: Ashgate, 2001. pp.  220–222.