La Ley Jourdan del 5 de septiembre de 1798 ( en francés : loi Jourdan-Delbrel ) institucionalizó de hecho el servicio militar obligatorio en la Francia revolucionaria , que comenzó con la levée en masse . Estipulaba que todos los hombres solteros y sin hijos de entre 20 y 25 años estaban obligados a prestar servicio militar . Sin embargo, existían exenciones para el clero , los trabajadores industriales esenciales para el esfuerzo bélico , los estudiantes de determinadas Grandes écoles (instituciones de educación superior) y los funcionarios públicos. La ley discriminaba a la población pobre y campesina numerosa mediante la práctica legalmente sancionada del «sustituto», que permitía a cualquiera que pudiera, comprar a alguien para que se alistara en su lugar. Recibió su nombre del general francés Jean-Baptiste Jourdan .
Propuesta durante el Directorio por los diputados Jean-Baptiste Jourdan y Pierre Delbrel, tenía como objetivo hacer frente a la gran desmovilización posterior al 9 de Termidor: 700.000 hombres en 1794, 380.000 en 1797.
Esta ley permitió a Napoleón Bonaparte abastecer a los ejércitos hasta 1815.
Extractos de la Ley
Título I: Principios
- "Todo francés es un soldado y debe defender la patria." (Artículo 1)
- "Salvo en caso de peligro para el país, el ejército se forma mediante el alistamiento voluntario y el servicio militar obligatorio." (artículo 3)
Título II : Inscripciones voluntarias
- Podrán ingresar voluntariamente en el ejército francés quienes tengan entre 18 y 30 años, presentando un certificado de buena conducta firmado por el alcalde de su municipio y el juez de paz.
- El acta de inscripción voluntaria se registra en el ayuntamiento. En ella constan la identidad del ciudadano, su estatura, domicilio y descripción física.
Título III : Servicio militar obligatorio
- "El servicio militar obligatorio abarca a todos los franceses (hombres) de entre 20 y 25 años de edad." (artículo 15)
Título IV : Ejecución
- Las administraciones de los municipios y distritos deben tener "listas en las que estén inscritos todos los franceses (hombres) de su distrito" que tengan 20 años de edad. (artículo 24).
- A partir de estas listas, las administraciones centrales clasifican las listas generales de los reclutas de sus respectivos departamentos (artículo 26).
Referencias
- Forrest, Alan, Conscriptos y desertores: El ejército y la sociedad francesa durante la Revolución y el Imperio , Nueva York: Oxford University Press, 1989. pág. 35.
- Daly, Gavin, Dentro de la Francia napoleónica: Estado y sociedad en Rouen, 1800–1815 , Aldershot: Ashgate, 2001. pp. 220–222.
- Guerras revolucionarias francesas
- Historia militar de Francia
- 1798 en la ley
- Acontecimientos de 1798 de la Revolución Francesa
- El derecho en la Revolución Francesa