Articulo de referencia

Junta de Gobierno Local de Escocia

La Junta de Gobierno Local de Escocia fue el organismo encargado de supervisar el gobierno local, la salud pública, la vivienda y la legislación sobre los pobres de Escocia desd...

La Junta de Gobierno Local de Escocia fue el organismo encargado de supervisar el gobierno local, la salud pública, la vivienda y la legislación sobre los pobres de Escocia desde 1894 hasta 1919.

Establecimiento

La junta fue establecida por la Ley de Gobierno Local (Escocia) de 1894. El nuevo organismo asumió las facultades y obligaciones de la Junta de Supervisión , que había supervisado la asistencia a los pobres desde 1845. La junta contaba con tres miembros ex officio y tres miembros designados. Los miembros ex officio eran el Secretario para Escocia (quien era el presidente de la junta), el Procurador General para Escocia y el Subsecretario para Escocia . De los tres miembros designados, uno sería el vicepresidente de la junta, el segundo un miembro de la Facultad de Abogados con al menos tres años de antigüedad, y el tercero un médico con un diploma en ciencias sanitarias o salud pública, o que hubiera sido el médico de un condado o municipio durante al menos cinco años.

Los primeros miembros de la junta fueron [ 1 ] -

  • Sir George Otto Trevelyan , Secretario para Escocia, presidente.
  • Thomas Shaw , abogado de la Reina, miembro del Parlamento, Procurador General de Escocia.
  • Sir Colin Campbell Scott Moncrieff , Subsecretario para Escocia.
  • John Skelton , CB, LL.D., vicepresidente y presidente de la junta directiva en ausencia del presidente.
  • James Patten Macdougall, abogado.
  • James M'Lintock, abogado, doctor en medicina, antiguo funcionario médico del Consejo del Condado de Lanarkshire.

Mayor poder

La Ley de Salud Pública (Escocia) de 1897 ( 60 & 61 Vict. c. 38) convirtió a la LGBS en la "autoridad central" de salud pública en Escocia. La junta estaba facultada para realizar investigaciones sobre las condiciones sanitarias de cualquier distrito. Estas investigaciones podían ser iniciadas por los propios inspectores de la junta o por solicitud escrita de un consejo parroquial o diez contribuyentes de un distrito. La junta tenía la facultad de nombrar comisionados para realizar investigaciones, y se podían imponer sanciones legales a cualquiera que se negara a responder a una citación emitida por la junta, o que prestara falso testimonio en una investigación. Conforme a la Ley de Cremación de 1902 ( 2 Edw. 7 . c. 8) se volvió obligatorio que la junta aprobara los planos y el emplazamiento de cualquier crematorio propuesto .

Abolición

La LGBS fue abolida en 1919 y reemplazada por la Junta Escocesa de Salud . [ 2 ]

Referencias

  1. "N.º 10609" . The Edinburgh Gazette . 28 de septiembre de 1894. pág.  1101.
  2. Ley de la Junta de Salud de Escocia de 1919 ( 9 y 10 Geo. 5 . c. 20)