En la práctica jurídica de los Estados Unidos, una opinión memorándum generalmente no se publica y no puede citarse como precedente. Se define formalmente como: "[una] opinión de apelación unánime que expone sucintamente la decisión del tribunal; una opinión que informa brevemente la conclusión del tribunal, usualmente sin mayor elaboración porque la decisión sigue un principio legal bien establecido o no se relaciona con ningún punto de derecho". [ 1 ]
En general, las opiniones resumidas siguen las reglas habituales, incluyendo la aplicación del precedente y la regla del stare decisis . Sin embargo, en muchos tribunales (por ejemplo, la División de Apelaciones de la Corte Suprema de Nueva York ), el estilo de análisis en las opiniones resumidas es mucho más conciso y concluyente que en una opinión destinada a su publicación. Es decir, a menudo se insertan largas cadenas de citas de casos sin explicación ni análisis de la aplicabilidad de los casos citados. En contraste, la Constitución de California exige que todas las decisiones de apelación en California se dicten "por escrito con fundamentos expuestos", lo que la Corte Suprema de California ha interpretado como la exigencia de opiniones escritas detalladas incluso en casos frívolos. [ 2 ] No obstante, los Tribunales de Apelación tienen la facultad discrecional de no certificar opiniones en casos frívolos para su publicación. [ 3 ]
Los dictámenes jurídicos se suelen emitir en áreas de derecho bien establecido o cuando un conjunto particular de hechos puede generar jurisprudencia imprudente.
Véase también
Referencias
- Memorandos
- Fragmentos de leyes de Estados Unidos