Articulo de referencia

Regla Modelo de Auditoría 205

La Regla Modelo de Auditoría 205 , o MAR 205 , son los términos comúnmente utilizados para referirse al Reglamento Modelo de Informes Financieros Anuales . [ 1 ] La Regla Modelo...

La Regla Modelo de Auditoría 205 , o MAR 205 , son los términos comúnmente utilizados para referirse al Reglamento Modelo de Informes Financieros Anuales . [ 1 ] La Regla Modelo de Auditoría es un reglamento de información financiera aplicable a las compañías de seguros y se basa significativamente en la Ley Sarbanes-Oxley de 2002 (véase «secciones clave» más adelante). La Regla Modelo de Auditoría fue desarrollada conjuntamente por el Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados (AICPA) y la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC), y publicada por la NAIC [ 2 ] con revisiones en 2006, entrando en vigor en 2010. [ 3 ]

La designación interna de la NAIC para el Reglamento Modelo de Informes Financieros Anuales es MDL 205 , donde MDL significa Modelo y el número de la regla modelo es 205. [ 4 ] Debido a que el reglamento fue emitido por la NAIC, que no es una agencia federal con poder regulador directo, su adopción se realiza estado por estado. [ 5 ]

Objetivo

La Regla Modelo de Auditoría se emitió para:

  • Regular la presentación de estados financieros legales auditados por parte de las compañías de seguros [ 1 ]
  • Fomentar la coherencia entre los reguladores de seguros [ 3 ]
  • Mejorar la capacidad de los departamentos estatales de seguros para supervisar la situación financiera de las aseguradoras [ 1 ]

La Regla Modelo de Auditoría exige que las compañías de seguros que operan en los estados que han adoptado la regulación presenten lo siguiente:

Secciones clave

Sección 4 – Requisitos para la presentación de informes financieros

Todas las aseguradoras deben someterse a una auditoría anual realizada por un contador público certificado independiente. Esta auditoría debe presentarse antes del 1 de junio siguiente al cierre del ejercicio fiscal anterior, que finaliza el 31 de diciembre. [ 6 ] Una aseguradora puede obtener una prórroga tanto para el informe de auditoría (realizado por un contador público certificado independiente) como para el informe de la gerencia sobre controles internos. En este contexto, el término «Gerencia» se refiere a la administración de la aseguradora.

Por ejemplo, la declaración correspondiente al año que finaliza el 31 de diciembre de 2012 debe presentarse antes del 1 de junio de 2013.

Sección 5 – Contenido del informe financiero

El informe financiero anual auditado debe mostrar la situación financiera, los resultados de sus operaciones, los flujos de efectivo y las variaciones en el capital y las reservas. El informe de la aseguradora debe ajustarse a las prácticas contables reglamentarias del Departamento de Seguros del estado de la aseguradora. [ 6 ]

§5(G) Los informes financieros deben ser comparativos, es decir, deben mostrar el cierre del ejercicio más reciente en relación con el cierre del ejercicio anterior. Por ejemplo, en un informe financiero correspondiente al ejercicio que finaliza el 31 de diciembre de 2013, para cada partida, el informe debe mostrar el resultado correspondiente al 31 de diciembre de 2013 y al 31 de diciembre de 2012. [ 6 ]

§5(A – F) El informe financiero debe incluir:

  • Informe de un CPA independiente (es decir, Informe de auditores independientes) [ 6 ]
  • Balance general [ 6 ]
  • Estado de operaciones (es decir, estado de resultados en una operación con fines de lucro) [ 6 ]
  • Estado de flujos de efectivo [ 6 ]
  • Estado de cambios en el capital y superávit [ 6 ]
  • Notas a los estados financieros [ 6 ]

Sección 7 – Requisitos del Auditor Externo Independiente

Muchos de los puntos de esta sección se basan en el requisito fundamental de que la auditoría de la aseguradora debe ser realizada por un contador público certificado (CPA) o una firma de contadores públicos certificados (CPA) independiente.

Esta sección de la Regla Modelo de Auditoría describe las cualificaciones de un auditor externo independiente para una aseguradora a través de los siguientes temas principales:

  • Responsabilidad – Responsabilidad del auditor externo y
  • Desvinculación : Rotación obligatoria de socios auditores y separación del liderazgo de auditoría del liderazgo de las aseguradoras durante un período de tiempo mínimo.
  • Servicios distintos de auditoría : descripción de los servicios que el auditor externo no puede realizar mientras participa en la auditoría de los estados financieros de la aseguradora.
Responsabilidad

§7(A)(2) El auditor externo es responsable de las declaraciones hechas en la auditoría de la aseguradora. [ 6 ] Esto promueve la independencia de los auditores porque el auditor externo tiene un interés directo en el asunto y puede ser considerado responsable por las declaraciones falsas hechas en su informe de auditoría y otras responsabilidades.

Disociación

El §7(D)(1) es similar al SOX 203 al requerir la rotación del socio auditor principal, con un período de “descanso” de cinco años, después de un período consecutivo de cinco años con la auditoría de la aseguradora. Además, el §7(L)(1) establece que un gerente o socio sénior de una firma de CPA no puede formar parte del liderazgo de la aseguradora durante un año antes de la auditoría. [ 1 ] [ 6 ] : 9

Servicios distintos a la auditoría

El §7(G)(1) es similar al SOX 201 en la restricción de que la firma de contadores públicos certificados que realiza la auditoría de los estados financieros de las aseguradoras preste servicios que no sean de auditoría. [ 1 ] [ 6 ]

Los principios que rigen los servicios distintos de auditoría establecen que el contador público certificado (CPA) o la firma de CPA no pueden:

  • Función en el rol de gestión (§7(G)(2)) [ 6 ]
  • Auditar su propio trabajo (§7(G)(2)), [ 6 ] y
  • Desempeñar un papel de defensor de la aseguradora (§7(G)(2)) [ 6 ]

Entre los servicios distintos a la auditoría mencionados se incluyen (Sección 7(G)(1))

  • Servicios de contabilidad u otros servicios relacionados con los registros contables de la aseguradora [ 6 ] : 7
  • Diseño e implementación de sistemas de información financiera [ 6 ] : 7
  • Servicios de tasación o valoración [ 6 ] : 7
  • Servicios de asesoría actuarial relacionados con la determinación de importes de estados financieros [ 6 ] : 7
  • Subcontratación de auditoría interna [ 6 ] : 7
  • Funciones de gestión o recursos humanos [ 6 ] : 7
  • Funciones de corredor/agente [ 6 ] : 7
  • Servicios legales o servicios de expertos no relacionados con la auditoría [ 6 ] : 7
  • Cualquier otro servicio que el comisionado determine, mediante reglamento, que es inadmisible. [ 6 ] : 7

El §7(F) establece que el comisionado estatal de seguros tiene la autoridad para, después de una audiencia sobre el asunto, obligar a una aseguradora a cambiar el auditor de sus estados financieros. [ 6 ] Además, según las notas de redacción contenidas en esta sección, el comisionado estatal de seguros deberá considerar el uso de la guía proporcionada en la regla final No. 33-8183 de la Comisión de Bolsa y Valores (SEC), [ 7 ] fortaleciendo los requisitos de la comisión con respecto a la independencia del auditor . [ 6 ]

El artículo 7(J) establece que todos los servicios de auditoría y otros servicios prestados a la aseguradora deben ser aprobados previamente por el comité de auditoría de la aseguradora. [ 6 ] : 8

Sección 9 – Alcance de la auditoría e informe de auditoría externa independiente

Esta sección de la Regla Modelo de Auditoría describe los recursos que el auditor externo debe consultar al planificar y realizar la auditoría de los estados financieros de una aseguradora. A continuación se detallan los requisitos y las normas utilizadas para su cumplimiento. El auditor debe:

Sección 11 – Comunicación de Asuntos de Control Interno

La aseguradora debe presentar al comisionado estatal de seguros un informe sobre las deficiencias de control interno que aún persisten al cierre de la auditoría. La terminología utilizada aquí es deficiencias materiales no subsanadas en el control interno sobre la información financiera. [ 6 ] : 10

Para elaborar con éxito el informe sobre las deficiencias de control interno no corregidas, es necesario explicar el concepto de materialidad. En este sentido, se remite a la aseguradora y al auditor externo a la Norma de Auditoría N.º 60 (SAS 60), Asuntos relacionados con el control interno observados en la auditoría [ 1 ] : 10, en lo que respecta al término deficiencia material. [ 6 ] : 11

El Informe de Controles Internos debe, para cada deficiencia material:

  • Describa la debilidad material no remediada [ 6 ] : 11
  • Describa las acciones tomadas o planificadas para remediar la debilidad en el futuro (si el auditor no las ha comunicado ya) [ 6 ] : 11
  • (Si no existe ninguno), entonces el informe debe indicar ese hecho [ 6 ] : 11
  • El informe también debe coincidir con los estados financieros anuales más recientes de las aseguradoras [ 6 ] : 11

Un ejemplo de esta comunicación, tal como se enviaría al comisionado estatal de seguros, es el siguiente:

Sección 15 – Conducta de la aseguradora en materia de documentación

La dirección de las aseguradoras (funcionarios, directores) no puede influir indebidamente en un auditor externo de los estados financieros de las aseguradoras. “Cuando el funcionario, director o persona que actúa bajo su dirección sabía o debería haber sabido que la acción, de tener éxito (pero independientemente de si la acción tiene éxito o no), podría hacer que los estados financieros de los emisores fueran materialmente engañosos” [ 1 ] : 7

Fraude y negligencia grave

El §15 está estrechamente relacionado con la Regla 13b2-2(b) de la Ley del Mercado de Valores de 1934. [ 1 ] : 7 El estándar de violación utilizado aquí incluye fraude (actuar con la intención de engañar) así como negligencia grave (desprecio temerario por la verdad). La negligencia grave se invoca bajo la frase “conocía o debería haber sabido”. [ 9 ] [ 1 ] : 7 [ 10 ] [ 11 ]

Sección 16 – Informe de gestión sobre control interno

Esta sección de la Regla Modelo de Auditoría está estrechamente relacionada con la Sección 404 de la Ley Sarbanes-Oxley (SOX 404) sobre Control Interno, y se aparta de ella. [ 1 ] : 7

  • De forma similar a la SOX 404, la gerencia (la aseguradora) está obligada a emitir un informe de evaluación de controles internos. [ 1 ] : 7
  • A diferencia de la SOX 404, el auditor externo no certifica la evaluación que hace la Dirección de los controles internos. [ 1 ] : 7

§16(A - D) Qué aseguradoras deben presentar: generalmente, este informe es obligatorio para las grandes aseguradoras, aquellas con:

  • Primas de $500,000,000 o más (con excepciones), [ 6 ] : 15 o
  • Que están sujetos a la sección 404 de la Ley Sarbanes-Oxley (con excepciones) [ 6 ] : 15

No es necesario duplicar los informes de control interno.

Si una aseguradora cotiza en bolsa y está sujeta a la SOX 404, entonces ya está preparando un informe de controles internos. Por lo tanto, la Regla Modelo de Auditoría establece específicamente que este tipo de aseguradora “puede presentar su informe de la sección 404 o el de su matriz y un anexo para cumplir con este requisito del §16”. [ 6 ] : 15

El anexo es una declaración de la aseguradora que indica que “no existen procesos materiales con respecto a la preparación de los estados financieros estatutarios auditados de la aseguradora o del grupo de aseguradoras...[]... excluidos del informe de la sección 404”. [ 6 ] : 15

§16(D) Contenido del Informe de Control Interno – El Informe de la Gerencia sobre el Control Interno para los estados financieros reglamentarios debe incluir:

  • Declaración de que la Dirección es responsable de establecer y mantener los Controles Internos [ 6 ] : 16
  • Declaración de que la Dirección ha establecido controles internos sobre la información financiera [ 6 ] : 16
  • Declaración sobre la eficacia de los controles internos (que proporciona una seguridad razonable respecto de la fiabilidad de los estados financieros de acuerdo con los principios contables legales) [ 6 ] : 16
  • Enfoque o procesos relacionados con la evaluación del control interno de la administración [ 6 ] : 16
  • Alcance del trabajo relativo a la evaluación del control interno de la gestión [ 6 ] : 16
  • Revelación de debilidades materiales no corregidas del control interno (Si existe al menos una, la dirección no puede concluir que los controles internos son efectivos) [ 6 ] : 16
  • Declaración sobre las limitaciones inherentes del control interno [ 6 ] : 16
  • Firmas del director ejecutivo y del director financiero [ 6 ] : 16

§16(E) Actividades de apoyo de la administración (aseguradora): Durante una auditoría o examen de la situación financiera, la aseguradora debe poner a disposición la base de las afirmaciones utilizadas en la evaluación del control interno. [ 6 ] : 16

La aseguradora tiene libertad (discreción) con respecto a:

  • Marco de control interno utilizado, [ 6 ] : 16 y
  • Naturaleza y alcance de la documentación [ 6 ] : 16

La aseguradora tiene la discreción antes mencionada, conforme a la Regla Modelo de Auditoría, para lograr los objetivos de control interno de manera rentable. [ 6 ] : 16

Ejemplo de informe y anexo: El siguiente ejemplo corresponde a una entidad registrada ante la SEC que tenía todos los controles internos cubiertos en el Informe 404.

Referencias

  1. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Burton, Scott B.; Krus, Cynthia M.; Roth, Stephen E.; Wilson-Bilik, Mary Jane (29 de octubre de 2009). "La nueva regla de auditoría modelo de la NAIC: ¿Está su organización preparada?" (PDF) . Sutherland.{{cite journal}}: Para citar una revista se requiere |journal=( ayuda )
  2. Murphy, James, CPA. "La Regla Modelo de Auditoría de la NAIC: El cambio es inminente: ¿Estará preparada su organización?" . Consultado el 3 de julio de 2013 .{{cite web}}: CS1 maint: varios nombres: lista de autores ( enlace )
  3. 1 2 "SUNERA – Regla Modelo de Auditoría" . Sunera LLC. 2013 [2005] . Recuperado el 1 de julio de 2013 .
  4. "Leyes, reglamentos y directrices modelo de la NAIC" . Asociación Nacional de Comisionados de Seguros. 2013 [1991] . Consultado el 8 de julio de 2013 .
  5. "Preguntas frecuentes" (PDF) . NAIC . Consultado el 28 de junio de 2013 .
  6. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 "Reglamento Modelo de Informes Financieros Anuales" ( PDF) . Asociación Nacional de Comisionados de Seguros – Servicio de Reglamentos Modelo. Octubre de 2007. Recuperado el 28 de junio de 2013 .
  7. "Comisión de Bolsa y Valores, Comunicado n.° 33-8183" . 27 de marzo de 2003. Consultado el 8 de julio de 2013 .
  8. 1 2 3 "Apéndice G, Guía de implementación para el Reglamento del modelo de informes financieros anuales" (PDF) . Asociación Nacional de Comisionados de Seguros – Grupo de Trabajo NAIC/AICPA. 2010. Recuperado el 28 de junio de 2013 .
  9. "Errores financieros que se deben evitar" . Consultado el 18 de mayo de 2016 .
  10. "Diccionario jurídico Law.com – Fraude" . 2013. Consultado el 8 de julio de 2013 .
  11. "Diccionario jurídico Law.com – Negligencia grave" . 2013. Consultado el 8 de julio de 2013 .

Lecturas adicionales

  1. "LEY DEL MERCADO DE VALORES DE 1934" (PDF) . Comisión de Bolsa y Valores. 10 de agosto de 2012.{{cite journal}}: Para citar una revista se requiere |journal=( ayuda )
  2. "REFORMA DE LA CONTABILIDAD DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS Y RESPONSABILIDAD CORPORATIVA" (PDF) . 107.º Congreso de los Estados Unidos. 30 de julio de 2002.{{cite journal}}: Para citar una revista se requiere |journal=( ayuda )