Articulo de referencia

Comisión de Competencia (Reino Unido)

La Comisión de Competencia era un organismo público no departamental responsable de investigar fusiones , mercados y otras cuestiones relacionadas con las industrias reguladas e...

La Comisión de Competencia era un organismo público no departamental responsable de investigar fusiones , mercados y otras cuestiones relacionadas con las industrias reguladas en virtud de la legislación sobre competencia en el Reino Unido. Funcionaba como organismo regulador de la competencia dependiente del Departamento de Negocios, Innovación y Habilidades (BIS). Su cometido era garantizar una competencia sana entre las empresas del Reino Unido en beneficio de los consumidores y la economía.

La Comisión de Competencia sustituyó a la Comisión de Monopolios y Fusiones el 1 de abril de 1999. Fue creada por la Ley de Competencia de 1998 , aunque la mayoría de sus competencias se regían por la Ley de Empresas de 2002 .

La Ley de Empresas de 2002 otorgó a la Comisión de Competencia mayores poderes e independencia que la que tenía anteriormente la MMC, de modo que podía tomar decisiones sobre las investigaciones en lugar de hacer recomendaciones al Gobierno, y también era responsable de adoptar las medidas y acciones apropiadas (conocidas como soluciones) tras las investigaciones que hubieran identificado problemas de competencia.

El Gobierno aún podía intervenir en fusiones que implicaran un criterio específico de interés público, como la pluralidad de los medios de comunicación, la seguridad nacional y la estabilidad financiera. [ 1 ]

El 1 de abril de 2014, la Comisión de Competencia fue reemplazada por la Autoridad de Competencia y Mercados (CMA), que también asumió varias responsabilidades de la Oficina de Comercio Justo . [ 2 ]

Historia

La Comisión de Monopolios y Prácticas Restrictivas se creó el 1 de enero de 1949, en respuesta a las recomendaciones de varios comités de investigación sobre la actividad comercial restrictiva. Se estableció en virtud de la Ley de Monopolios y Prácticas Restrictivas (Investigación y Control) de 1948. Fue reconstituida como Comisión de Monopolios el 31 de octubre de 1956 por la Ley de Prácticas Comerciales Restrictivas de 1955 , que también creó un Tribunal de Prácticas Restrictivas y un registrador de acuerdos comerciales restrictivos. La comisión fue reconstituida nuevamente, y sus poderes ampliados, por la Ley de Monopolios y Fusiones de 1965. En 1969, la supervisión de la Comisión pasó al Departamento de Empleo y Productividad , y en 1970 al Departamento de Comercio e Industria . En virtud de la Ley de Comercio Justo de 1973, la Comisión se convirtió, a partir del 1 de noviembre de 1973, en la Comisión de Monopolios y Fusiones, con facultades más amplias para tramitar las consultas procedentes de la Oficina de Comercio Justo o del Departamento de Comercio e Industria. El 1 de abril de 1999, como consecuencia de la Ley de Competencia de 1998 , pasó a denominarse Comisión de Competencia. [ 3 ] [ 4 ]

Role

La Comisión de Competencia (CC) era un organismo público independiente que realizaba investigaciones exhaustivas sobre fusiones, mercados y la regulación de las principales industrias reguladas, garantizando una sana competencia entre las empresas del Reino Unido en beneficio de las empresas, los clientes y la economía.

Todas las investigaciones de la CC se llevaron a cabo a raíz de una remisión realizada por otra autoridad, con mayor frecuencia la Oficina de Comercio Justo (OFT) (que remitía investigaciones sobre fusiones y mercados), o uno de los reguladores sectoriales (que podían remitir mercados dentro de sus jurisdicciones sectoriales o realizar referencias regulatorias en relación con controles de precios y otras modificaciones de licencias) o como resultado de una apelación contra una decisión de uno de los reguladores sectoriales.

Fusiones

En virtud de la Ley de Empresas de 2002 , la OFT podía revisar las fusiones para investigar si existía una posibilidad realista de que condujeran a una reducción sustancial de la competencia (SLC), a menos que obtuviera compromisos de las partes fusionadas para abordar sus preocupaciones o que el mercado no fuera de importancia suficiente.

Para poder ser objeto de investigación por parte de la OFT, una fusión debía cumplir los tres criterios siguientes:

  1. Dos o más empresas deben dejar de ser entidades distintas;
  2. La fusión no debe haberse producido ya, o debe haberse producido hace no más de cuatro meses; y
  3. Una de las siguientes condiciones debe ser cierta:
    • La empresa que se adquiere tiene una facturación en el Reino Unido de al menos 70 millones de libras esterlinas; o
    • Las empresas combinadas suministran (o adquieren) al menos el 25 por ciento de un producto o servicio en particular en el Reino Unido (o en una parte sustancial del Reino Unido), y la fusión da como resultado un aumento en la cuota de suministro o consumo.

En casos excepcionales en los que se planteen cuestiones de interés público, el Secretario de Estado también podría remitir las fusiones a la Comisión de Competencia.

Cuando una investigación se remitía a la Comisión de Competencia (CC) para su análisis exhaustivo, esta contaba con amplias facultades para remediar cualquier problema de competencia, incluyendo la posibilidad de impedir una fusión. También podía exigir a una empresa que vendiera parte de su negocio o que adoptara otras medidas para mejorar la competencia.

Investigaciones de mercado

La Ley de Empresas de 2002 facultó a la OFT (y a los reguladores del sector) para investigar los mercados y, si les preocupaba que pudieran existir problemas de competencia, remitir esos mercados a la CC para una investigación exhaustiva.

En las investigaciones de mercado, la CC debía determinar si alguna característica o combinación de características en un mercado impedía, restringía o distorsionaba la competencia, constituyendo así un efecto adverso sobre la competencia (EAC). Antes de determinar el porcentaje que las empresas debían adoptar, la CC tenía que definir el mercado. Para ello, debía identificar qué productos pertenecían a qué sectores para así calcular el porcentaje correspondiente.

Si la CC concluía que este era el caso, estaba obligada a intentar remediar los problemas que identificaba, ya fuera introduciendo soluciones por sí misma o recomendando medidas a otros.

Revisiones de compromisos u órdenes

Los compromisos u órdenes eran el principal medio para dar efecto a las medidas correctivas previstas en la Ley de Empresas de 2002 y la Ley de Comercio Justo de 1973. La Oficina de Comercio Justo (OFT) tenía la obligación legal de revisar periódicamente estos compromisos u órdenes y, si consideraba que, debido a un cambio de circunstancias, un conjunto de compromisos u órdenes debían modificarse o rescindirse, la remitía al Comité de Quejas (CC) para su consideración. La responsabilidad de decidir sobre la modificación o rescisión de los compromisos recaía en el CC.

Referencias reglamentarias

En relación con las consultas regulatorias, el papel de la CC estaba determinado por la legislación sectorial pertinente. Las empresas reguladas por la legislación sobre gas, electricidad, agua y saneamiento, servicios postales, ferrocarriles o aeropuertos generalmente contaban con un instrumento formal (una licencia) que establecía las condiciones de su funcionamiento. Si una empresa regulada no aceptaba una modificación de su licencia propuesta por el regulador, este debía remitir la cuestión a la CC. La CC entonces consideraba si algún asunto mencionado en la consulta podía considerarse contrario al interés público y, de ser así, si podía subsanarse mediante modificaciones de la licencia. Estas consultas podían incluir el control de precios aplicado a la empresa.

La CC también desempeñó funciones en virtud de la Ley de Servicios Financieros y Mercados de 2000 y la Ley de Servicios Jurídicos de 2007 .

Modificaciones del código energético y apelaciones en virtud de la Ley de Comunicaciones

La CC tenía una función de apelación tras las decisiones de la Autoridad de Mercados de Gas y Electricidad de modificar ciertos códigos energéticos en virtud de la Ley de Energía de 2004 y en relación con las decisiones de control de precios de Ofcom , tras una remisión del Tribunal de Apelación de la Competencia (CAT) en virtud de la Ley de Comunicaciones de 2003 .

Véase también

Referencias

  1. Berr.gov.uk Archivado el 12 de marzo de 2009 en Wayback Machine
  2. "Comunicado de prensa: Nombramiento del director ejecutivo designado para la Autoridad de Competencia y Mercados" . Departamento de Negocios, Innovación y Habilidades. 8 de enero de 2013. Consultado el 27 de marzo de 2013 .
  3. Comisión de Monopolios y Fusiones (1990), El papel de la Comisión (3.ª ed.), HMSO, ISBN  0-11-515211-3
  4. "Documentos de la Comisión de Monopolios y Fusiones, predecesoras y sucesoras" . Archivos Nacionales . Consultado el 27 de junio de 2013 .
  • Sitio web oficial - Archivo de 2014
  • bis.gov.uk
  • Investigación de mercado de la Comisión de Competencia – Seguro de protección de pagos (PPI)
  • Investigación de mercado de la Comisión de Competencia: la prestación de servicios aeroportuarios en el Reino Unido por parte de BAA.
  • red de competencia internacional.org