Articulo de referencia

Excepción de Namibia

La excepción de Namibia identifica la opinión consultiva emitida el 21 de junio de 1971 por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), principal órgano judicial de las Naciones U...

La excepción de Namibia identifica la opinión consultiva emitida el 21 de junio de 1971 por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), principal órgano judicial de las Naciones Unidas (ONU). Dicha opinión se refiere a las "Consecuencias jurídicas para los Estados de la continua presencia de Sudáfrica en Namibia (África Sudoccidental), a pesar de la Resolución 276 (1970) del Consejo de Seguridad". [ 1 ]

El término significa que, si bien los Estados, sean o no miembros de la ONU, están obligados a ignorar los derechos legales otorgados por gobiernos ilegales o no reconocidos, este requisito de no reconocimiento no se aplica ( excepción ) a ciertos derechos humanos básicos otorgados a los habitantes de dichos territorios. Por ejemplo, a un embajador de dicho territorio no se le debe conceder inmunidad diplomática en el extranjero, mientras que un certificado de nacimiento emitido por una autoridad ilegal debe ser aceptado.

Otra forma de explicarlo sería: «Incluso los actos realizados bajo un régimen ilegal pueden ser reconocidos internacionalmente si benefician a la población local (la excepción de Namibia [ 2 ] ). Aplicado a la ocupación ilegal, esto podría significar que las consecuencias de la ilegalidad podrían ser diferentes en relación con las distintas acciones del ocupante, en función de sus efectos sobre la población local». [ 3 ]

La excepción de Namibia se ha convertido en jurisprudencia estándar cuando se requieren recursos legales para identificar diferencias entre la jurisdicción, si las hubiera, de un gobierno ilegal y los habitantes del territorio gobernado. Cuestiones derivadas de las declaraciones de independencia del norte de Chipre y Kosovo , y la situación actual.La invasión rusa de Ucrania es un ejemplo de su aplicación más general.

Historia

No se documenta la primera aparición del término «excepción de Namibia». La elección de las palabras para la simplificación se basa en dos aspectos principales de la Opinión Consultiva: Namibia era el país involucrado en la controversia y la excepción fue emitida por el tribunal para referirse a la Resolución 276 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas .

La solicitud de opinión consultiva (incluido el expediente de documentos transmitidos a la Corte) [ 4 ] fue presentada ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) el 5 de agosto de 1970 por el tercer Secretario General de las Naciones Unidas, Sr. U Thant , después de que la resolución 284 (1970) fuera planteada en la 1550ª reunión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 29 de julio de 1970.

El resumen de la opinión consultiva [ 4 ] fue publicado por la corte el 21 de junio de 1971. Fue comunicado a la prensa por la Secretaría de la Corte Internacional de Justicia el mismo día.

Opinión consultiva

La resolución [ 5 ] tenía por objeto aclarar los informes elaborados por el Subcomité establecido por el Consejo de Seguridad. [ 6 ] El documento estaba destinado a ser entregado a la Corte. [ 4 ] [ 7 ]

El caso de excepción de Namibia tiene como litigante al mandato sudafricano y los procedimientos legales establecidos por la Asamblea General. El 27 de octubre de 1966, se dio por terminado el Mandato para África Sudoccidental y se notificó a Sudáfrica que no tenía derecho a administrar el territorio. En virtud de esta decisión, se revocó el mandato sudafricano de conformidad con el artículo 43 del Reglamento de La Haya  y el artículo 64 del Cuarto Convenio de Ginebra . Ante su negativa a retirarse del mandato, la ocupación de Namibia fue designada como una "ocupación ilegal". Este cambio causó un daño irreparable al pueblo de Namibia, que se encontraba bajo el riesgo constante de ser interrogado por supuestos funcionarios que ocupaban cargos gubernamentales en el marco del régimen ilegal.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) entendió que los ciudadanos del territorio no podían considerarse con derechos bajo el gobierno ilegal.

"El principio ex injuria jus non oritur, que establece que los actos contrarios al derecho internacional no pueden tener jurisdicción legal sobre quien los comete... Otorgar reconocimiento a actos ilegales permitirá que se perpetúen y, en consecuencia, solo beneficiará al Estado que ha actuado ilegalmente."

Posteriormente, se emitió la Opinión Consultiva para subrayar los derechos humanos básicos de los habitantes del territorio, basados ​​en la certificación de nacimiento, matrimonio y defunción.

Solicitudes fuera de Namibia

La excepción de Namibia se ha convertido en jurisprudencia estándar cuando se requieren recursos legales para identificar diferencias entre la jurisdicción, si las hubiere, de un gobierno ilegal y los habitantes del territorio que está siendo gobernado.

En cuanto a la situación de los turcochipriotas en la República Turca del Norte de Chipre (RTNC), el abogado turco Deniz Unsal ha argumentado que debería aplicarse una excepción similar a la de Namibia a los certificados de exportación de productos agrícolas otorgados por la RTNC. [ 8 ]

Las excepciones namibias son promovidas activamente por los tribunales ucranianos a través de la jurisprudencia, tal como lo indica el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Loizidou c. Turquía, 18.12.1996, §45; Chipre c. Turquía, 10.05.2001, §§ 92, 96; Mozer c. la República de Moldavia y Rusia, 23.02.2016, §142). De acuerdo con el artículo 17 de la Ley ucraniana de 2006 «Sobre la ejecución de sentencias y la aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos», los tribunales aplicarán la jurisprudencia como fuente del derecho. [ 9 ]

Véase también

Referencias

  1. "Consecuencias jurídicas para los Estados de la continua presencia de Sudáfrica en Namibia (África Sudoccidental) no con" . www.icj-cij.org .
  2. Milano, Enrico (abril de 2018). "La(s) doctrina(s) del no reconocimiento: fundamentos teóricos e implicaciones políticas en el tratamiento de los regímenes de facto" (PDF) . Sociedad Europea de Derecho Internacional . Consultado el 11 de marzo de 2025 .
  3. Lieblich, Eliav (2023-02-20), "La próxima opinión consultiva de la CIJ sobre Israel/Palestina y la doctrina de la ocupación ilegal" , Artículos de guerra , West Point , consultado el 11 de enero de 2025..
  4. 1 2 3 "Últimos acontecimientos | Consecuencias jurídicas para los Estados de la continua presencia de Sudáfrica en Namibia (África Sudoccidental) a pesar de la Resolución 276 (1970) del Consejo de Seguridad | Corte Internacional de Justicia" . www.icj-cij.org . Consultado el 27 de agosto de 2018 .
  5. "Resoluciones adoptadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en 1970" . www.un.org . Consultado el 27 de agosto de 2018 .
  6. "Seleccione un idioma para S/RES/276(1970)" . docs.un.org .
  7. "¿Cuáles son las consecuencias jurídicas para los Estados de la continua presencia de Sudáfrica en Namibia, a pesar de la resolución 276 (1970) del Consejo de Seguridad?"
  8. ^ Unsal, Deniz (21 de septiembre de 2020). "La "excepción de Namibia" de la CIJ podría ofrecer un alivio a los turcochipriotas . Agencia Anadolu .
  9. ^ Nesterovych, Volodymyr (2017). "Верховенство права та забезпечення прав людини на тимчасово окупованих територіях України" [ El estado de derecho y los derechos humanos en los territorios temporalmente ocupados de Ucrania ] (PDF) . Notas científicas de NaUKMA. Ciencias Jurídicas (en ucraniano). 200 : 85-92 .