Articulo de referencia

Programa Nacional de Evaluación de la Precipitación Ácida

En la legislación ambiental federal de los Estados Unidos, el Programa Nacional de Evaluación de la Precipitación Ácida (NAPAP, por sus siglas en inglés) fue autorizado por el C...

En la legislación ambiental federal de los Estados Unidos, el Programa Nacional de Evaluación de la Precipitación Ácida (NAPAP, por sus siglas en inglés) fue autorizado por el Congreso en virtud de la Ley de Precipitación Ácida de 1980 (PL 96-294, Título VII) debido a la preocupación de que la deposición ácida pudiera contribuir a efectos adversos en los sistemas acuáticos; la agricultura; los bosques; los peces; la vida silvestre y los ecosistemas naturales; materiales como metales, madera, pintura y mampostería; y la salud y el bienestar públicos.

El Congreso también expresó su preocupación por el impacto potencial del transporte de larga distancia en la política nacional e internacional.

El Congreso ordenó además que se elaborara un plan de investigación integral de 10 años, dirigido por un Grupo de Trabajo Interinstitucional integrado por representantes de 12 agencias, los directores de cuatro Laboratorios Nacionales y cuatro personas designadas por el presidente. La gestión operativa evolucionó a un Consejo Conjunto de Presidentes de seis miembros, integrado por los Administradores de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica (NOAA) y la Agencia de Protección Ambiental (EPA); funcionarios de las secretarías de los Departamentos de Agricultura , Energía e Interior ; y el Presidente del Consejo de Calidad Ambiental .

Otros responsables del programa incluyen un Director de Investigación para las funciones ejecutivas, líderes de grupos de trabajo que rinden cuentas conjuntamente al Director de Investigación y a sus agencias para la coordinación de la investigación en cada área temática principal, y dos comités compuestos por el Director de Investigación y representantes sénior de las agencias del Consejo de Presidentes Conjuntos, a saber, el Comité Científico Interinstitucional y el Comité de Políticas Interinstitucionales.

Mandato

Según el mandato del Congreso, la investigación debía incluir programas para:

1. Identificar las fuentes de emisiones atmosféricas que contribuyen a la precipitación ácida;
2. Establecer y operar una red nacional de monitoreo a largo plazo para detectar y medir los niveles de precipitación ácida;
3. Investigación en física y química atmosférica para facilitar la comprensión de los procesos mediante los cuales las emisiones atmosféricas se transforman en precipitación ácida;
4. Desarrollo y aplicación de modelos de transporte atmosférico que permitan predecir el transporte a larga distancia de sustancias que provocan precipitación ácida;
5. Definir las áreas geográficas de impacto mediante el monitoreo de la deposición, la identificación de áreas sensibles y la identificación de áreas en riesgo;
6. Ampliación de las bases de datos de impacto mediante la recopilación de datos existentes sobre la química del agua y del suelo y mediante el análisis de tendencias temporales;
7. Desarrollo de la función dosis-respuesta con respecto a suelos, organismos del suelo, organismos acuáticos y anfibios, plantas cultivadas y plantas forestales;
8. Establecer y llevar a cabo estudios de sistemas con respecto a la fisiología vegetal, los ecosistemas acuáticos, los sistemas de química del suelo, el sistema microbiano del suelo y los ecosistemas forestales; y
9. Evaluaciones económicas de (a) los impactos ambientales causados ​​por la precipitación ácida en cultivos, bosques, pesquerías, recursos recreativos y estéticos y estructuras, y (b) tecnologías alternativas para remediar o mejorar de otro modo los efectos nocivos que puedan resultar de la precipitación ácida.

Otras responsabilidades

Otras responsabilidades de NAPAP incluyen la coordinación y comunicación del programa federal relacionado con la precipitación ácida y la cooperación con organizaciones internacionales, privadas y estatales que realizan investigaciones similares.

La legislación también exigía la presentación de informes anuales sobre los resultados y las recomendaciones a la Administración y al Congreso.

Las agencias federales respondieron a la Ley llevando a cabo un programa intensivo de investigación y desarrollo coordinado por NAPAP. La Evaluación Provisional de NAPAP se publicó el 17 de septiembre de 1987. En 1990 se publicó una evaluación más exhaustiva. Tras la renovación y ampliación de la Ley de Aire Limpio en 1990 , los recursos destinados a NAPAP disminuyeron.

Referencias

Programa Nacional de Evaluación de la Precipitación Ácida: Evaluación Provisional: Causas y Efectos de la Deposición Ácida, publicado el 17 de septiembre de 1987.