Articulo de referencia

Junta de Control de Autoridades Públicas del Estado de Nueva York

La Junta de Control de Autoridades Públicas del Estado de Nueva York está compuesta por cinco miembros, designados por el Gobernador , algunos por recomendación de miembros de l...

La Junta de Control de Autoridades Públicas del Estado de Nueva York está compuesta por cinco miembros, designados por el Gobernador , algunos por recomendación de miembros de la Legislatura . Los cinco miembros de la Junta son designados por el Gobernador para un mandato de un año, y uno de ellos representa al Gobernador y actúa como presidente. El Gobernador designa a los cuatro miembros restantes con base en las recomendaciones de los líderes de la Mayoría y la Minoría de la Legislatura. Los miembros designados por el Gobernador por recomendación del Líder de la Minoría del Senado y del Líder de la Minoría de la Asamblea no tienen derecho a voto, pero pueden intervenir y sus comentarios se registran en las actas de la Junta. [ 1 ]

Los servicios públicos de Nueva York están organizados en gran medida en corporaciones sin fines de lucro de beneficio público , conocidas frecuentemente como autoridades o corporaciones de desarrollo . Existen corporaciones de beneficio público constituidas por el estado de Nueva York en todo el estado, pero los ejemplos más famosos probablemente se encuentren en la ciudad de Nueva York (la Autoridad Metropolitana de Transporte y la Autoridad Portuaria de Nueva York y Nueva Jersey ).

La ley habilitante establece que "tendrá la facultad y será su deber recibir solicitudes de aprobación de la financiación y construcción de cualquier proyecto propuesto por [ciertas corporaciones estatales de beneficio público especificadas]". [ 2 ]

Los miembros pueden ocupar otros cargos estatales; sin embargo, solo pueden ser compensados ​​"por los gastos reales y necesarios incurridos en el desempeño de sus funciones oficiales". [ 1 ]

Véase también

Referencias

  1. 1 2 "NY PBA, § 50, más detalladamente: SECCIÓN 50, Junta de control de autoridades públicas del estado de Nueva York; creación; procedimiento; Autoridades Públicas (PBA) CAPÍTULO 43-A, ARTÍCULO 1-A" . Senado del Estado de Nueva York . Consultado el 9 de noviembre de 2025 .
  2. "NY PBA, § 51, más detalladamente: SECCIÓN 51, Junta de control de autoridades públicas del estado de Nueva York; creación; procedimiento; Autoridades Públicas (PBA) CAPÍTULO 43-A, ARTÍCULO 1-A" . Senado del Estado de Nueva York . Consultado el 9 de noviembre de 2025 .