Articulo de referencia

Estuche Nordsee

El caso Nordsee Deutsche Hochseefischerei GmbH contra Reederei Mond Hochseefischerei Nordstern AG & Co KG fue remitido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por un ...

El caso Nordsee Deutsche Hochseefischerei GmbH contra Reederei Mond Hochseefischerei Nordstern AG & Co KG fue remitido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por un árbitro alemán en virtud del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (anteriormente artículo 234 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea ). Este artículo otorga a los tribunales de los Estados miembros la facultad de remitir al TJUE cuestiones relativas a la interpretación o aplicación del Derecho de la Unión Europea . En este caso, se dictaminó que el TJUE no podía pronunciarse sobre las cuestiones que le planteaba un árbitro, ya que un órgano arbitral no es un tribunal de un Estado miembro según la definición del artículo 234.

La decisión en este caso contribuyó a la definición de tribunal según el artículo 267. Dado que el caso involucraba a un organismo nacional responsable de ofrecer alternativas a la resolución de controversias por parte de los tribunales, se argumentó que podía considerarse un tribunal. Los jueces declararon en la sentencia que dicho organismo no podía remitir un caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

  1. Si, de hecho y de derecho, se elige el procedimiento alternativo en lugar de recurrir a los tribunales ordinarios; y:
  2. Si las autoridades públicas de un Estado miembro no participan en la elección del método alternativo de resolución de conflictos y no intervienen en el curso del procedimiento.