La regla de la oferta de conciliación es una ley de reforma del derecho de daños en Estados Unidos que busca controlar los litigios innecesarios y fomentar la resolución de conflictos. Según esta regla, si en un litigio civil se presenta una oferta de conciliación designada como oferta de conciliación, esta es rechazada y la decisión final del tribunal es menos favorable que la oferta inicial, la parte que la rechazó queda sujeta a ciertas sanciones. Este mismo principio se encuentra en la jurisprudencia de la oferta Calderbank en Inglaterra.
Uso
Las sanciones varían según el estado, pero suelen incluir una combinación de honorarios de abogados, costas procesales compensables e intereses previos al fallo, otorgados a la otra parte. La mayoría de las jurisdicciones limitan estas compensaciones a los honorarios, costas e intereses acumulados después de que se haya presentado o rechazado la oferta. Además, la parte que rechazó la oferta puede perder su derecho a ciertos honorarios de abogados, costas procesales compensables e intereses previos al fallo. En este caso, la mayoría de las jurisdicciones establecen que la parte que rechazó la oferta solo pierde el derecho a los honorarios de abogados, costas e intereses incurridos después de que se haya presentado o rechazado la oferta de conciliación.
Esta norma no es aplicable en los procesos de divorcio ni en los de custodia de menores .
Historia
Esta regla se introdujo por primera vez en varios estados a finales del siglo XIX y principios del XX, fue adoptada posteriormente en 1938 en las Reglas Federales de Procedimiento Civil y actualmente se denomina Regla 68 de dichas reglas . Muchos estados la han modificado en diversos grados. El Colegio Americano de Abogados Litigantes ha recopilado un estudio sobre las disposiciones de oferta de sentencia en cada estado, el cual indica su uso. En el estado estadounidense de Maryland, la regla solo se aplica a casos de negligencia médica .
Esta norma se convirtió en ley en el estado estadounidense de Georgia el 27 de abril de 2006. En Georgia, el umbral se estableció de tal manera que la decisión final del tribunal no debía ser más de un 25 % menos favorable que la última oferta de acuerdo, o de lo contrario, quien la rechazaba debía pagar los honorarios de los abogados. Sin embargo, el Tribunal Supremo de Georgia anuló la ley en 2007, argumentando que pretendía actuar retroactivamente y, por lo tanto, era inconstitucional. [ 1 ] Una nueva versión de la ley superó la impugnación posterior y ahora está en vigor. [ 2 ]
La adopción por parte de la Corte Suprema de Nevada en 1998 de una regla de oferta de sentencia de reemplazo en NRCP 68 introdujo un grado tremendo de flexibilidad para las partes que eligen presentar ofertas de sentencia. Este alto grado de flexibilidad es único de Nevada y ha complicado enormemente la ley de ofertas de sentencia de Nevada. Al apartarse de la ley anterior y de la práctica en todos los demás estados, la Regla de 1998 permite lo siguiente: las ofertas de sentencia no prorrateadas pueden presentarse a múltiples partes en circunstancias limitadas; cualquier parte no relacionada puede presentar una oferta no prorrateada a cualquier parte; una parte puede redactar una oferta por una suma global o por una cantidad que incluya cualquier combinación de costos, honorarios de abogados e intereses; una parte puede redactar una oferta que prorrate las cantidades ofrecidas por reclamo; una parte (o múltiples partes) pueden presentar una oferta prorrateada a múltiples partes que incluya una condición de que sea aceptada por todas las partes; y una parte puede proceder al juicio pero protegerse de las sanciones por oferta de sentencia "aceptando" una oferta de sentencia prorrateada que está condicionada a la aceptación de todas las partes cuando no todas las partes la aceptan.
Referencias
- Derecho de daños