Las Organizaciones de Asistencia para la Seguridad de los Estados Unidos ( SAO , por sus siglas en inglés) son personal militar y civil del gobierno de los Estados Unidos destinado en países extranjeros para gestionar la asistencia en materia de seguridad y otros programas militares. Las SAO son las que están más cerca de la operación de estos programas y tienen el contacto más estrecho con los ejércitos de los países anfitriones.
Las SAO, parte del Departamento de Defensa , tienen diferentes nombres en diferentes países. Estos nombres incluyen Grupos Militares (MILGROUPs), Grupos de Asistencia y Asesoramiento Militar (MAAGs), Oficinas de Enlace Militar (MLOs), Oficinas del Representante de Defensa (ODRs), Oficinas de Cooperación de Seguridad (OSC) (un ejemplo es la Oficina de Cooperación de Defensa de Turquía ) y la Oficina de Cooperación Militar (OMC). La Oficina de Cooperación de Seguridad - Irak, parte de la embajada más grande de los Estados Unidos en Bagdad después de la retirada estadounidense de 2011, mantuvo al personal de apoyo restante del DOD, totalizando alrededor de 1.000 contratistas y alrededor de 147 miembros del personal uniformado del DOD. Operó desde diez ubicaciones en Irak y gestionó alrededor de 370 casos de Ventas Militares al Extranjero , por un total de más de US$9 mil millones en ventas de armas pendientes, citando un informe del Servicio de Investigación del Congreso de febrero de 2012 . [1] El mayor programa en marcha fue la venta, muy demorada, de 18 cazas Lockheed Martin F-16 Fighting Falcon . La Oficina del Representante de Defensa de Pakistán estaba presente en Islamabad .
En general, no deben confundirse con los agregados de defensa, que normalmente desempeñan un papel más diplomático. Muchas embajadas de Estados Unidos tienen tanto agregados de defensa como SAO.
También existen entidades ajenas al Departamento de Defensa que llevan a cabo actividades similares. La Oficina de Asuntos Político-Militares del Departamento de Estado dirige, entre otras, el Programa de Reforma de la Defensa Global (GDRP).
Deberes
Las funciones de los SAO se denominan oficialmente "gestión de programas militares en el extranjero". Las responsabilidades específicas pueden incluir la gestión de casos de Ventas Militares al Extranjero (FMS), la gestión de programas de capacitación, el seguimiento de programas de asistencia en materia de seguridad, la evaluación y planificación de las capacidades y requisitos militares del país anfitrión, la promoción de la cooperación internacional en materia de defensa y la interoperabilidad entre fuerzas, la prestación de apoyo administrativo y otras funciones de enlace.
Responsabilidades
Por lo general, los SAO son responsables de una serie de tareas diferentes enumeradas en el Manual del Departamento de Defensa , Gestión de la Asistencia de Seguridad:
- Proporcionar a los gobiernos extranjeros la información que necesitan para ayudarlos a decidir si compran artículos y servicios de defensa estadounidenses. Esta información puede referirse a la adquisición, el uso y la capacitación necesarios para obtener estos artículos.
- Evaluar las capacidades militares de los países anfitriones, con el fin de procesar las solicitudes de asistencia en materia de seguridad.
- Obtener información sobre posibles adquisiciones futuras en materia de defensa por parte de gobiernos extranjeros
- Ayudar a los departamentos militares de EE. UU. (como el Ejército o la Marina) a organizar la asistencia de seguridad para los países receptores.
- Ayudar a los gobiernos anfitriones a identificar, administrar y eliminar el exceso de material de asistencia de seguridad.
- Informe sobre el uso de artículos y servicios de defensa otorgados como ayuda al país anfitrión, así como del personal entrenado por los Estados Unidos
- Informar a otras oficinas del Departamento de Defensa con responsabilidades de asistencia en materia de seguridad sobre las actividades de asistencia en materia de seguridad en los países anfitriones.
- Realizar funciones secundarias, como servicios de asesoramiento y capacitación y negociación sobre asuntos militares de asistencia no relacionada con la seguridad.
- Realizar funciones de mando y administración.
Las SAO también coordinan o participan en actividades que tradicionalmente no se consideran "asistencia de seguridad", como ejercicios y despliegues , actividades de asistencia cívica humanitaria , intercambios, conferencias y otros programas de contacto entre militares.
La sección 515 (e) de la Ley de Asistencia Exterior establece que los SAO deben estar bajo la supervisión directa del Embajador en el país en el que están destinados. Sin embargo, la Ley de Gestión de la Asistencia para la Seguridad establece que: "El Jefe del SAO es esencialmente responsable ante tres autoridades: el Embajador (que dirige el equipo en el país), el Comandante del Comando Unificado y el Director de la Agencia de Cooperación para la Seguridad de la Defensa".
El financiamiento de la parte de los salarios y los costos operativos de la SAO que se utiliza para gestionar la asistencia de seguridad proviene del programa de Financiamiento Militar Extranjero (FMF) y de recargos administrativos sobre las Ventas Militares Extranjeras (FMS).
Ley
La Sección 515 de la Ley de Asistencia Extranjera de 1961 (PL 87-195, o "FAA"), con sus modificaciones, rige la dotación de personal y las responsabilidades de la SAO.
Limitaciones
La sección 515(b) exige que las SAO limiten al mínimo absoluto la asistencia de asesoramiento y capacitación. La intención de esta disposición es especificar que las SAO deben gestionar la capacitación y el asesoramiento brindados por otros, no llevarlos a cabo por sí mismas.
- El número de miembros militares de una SAO no puede exceder de seis a menos que lo autorice específicamente el Congreso .
- La Sección 515(f) ordena al Presidente instruir a las SAO que "no deben alentar, promover o influenciar la compra por parte de ningún país extranjero de equipo militar fabricado en Estados Unidos, a menos que reciban instrucciones específicas de hacerlo por parte de un funcionario apropiado del poder ejecutivo".
Informes
- El tamaño del personal de la SAO debe incluirse en los documentos de presentación al Congreso que se envían cada febrero junto con la solicitud de presupuesto de la administración.
Notificación
- Si el Presidente desea exceder el máximo de seis miembros militares del SAO, deberá notificarlo al Comité de Relaciones Exteriores del Senado y al Comité de Relaciones Internacionales de la Cámara de Representantes con 30 días de anticipación.
- Si el Presidente desea exceder el número de miembros militares del SAO enumerados en la Presentación anual del Departamento de Estado al Congreso (incluso si el número no excederá de seis), el Comité de Relaciones Exteriores del Senado y el Comité de Relaciones Internacionales de la Cámara de Representantes deben ser notificados con 30 días de anticipación.
Referencias
- ^ Daniel Wasserbly, "Boots Up: Building An Army from Scratch", Jane's International Defence Review, mayo de 2012, pág. 40.
Enlaces externos
- Oficina de Responsabilidad Gubernamental (21 de noviembre de 2019). "Irak: Características de la Oficina de Cooperación en materia de Seguridad de Irak y cómo se compara con otras organizaciones de cooperación en materia de seguridad del Departamento de Defensa" . Consultado el 29 de septiembre de 2024 .
- Código de los Estados Unidos SS 2321i
- Agencia de Cooperación para la Seguridad de la Defensa