La Directiva de servicios postales de 1997 (97/67/CE) es una directiva de la UE para la regulación de los servicios postales en la Unión Europea.
Contenido
El artículo 3 exige que se preste un "servicio postal universal", es decir, que se realicen entregas al menos cinco días a la semana a todas las personas físicas y jurídicas, con algunas excepciones.
El artículo 5 exige que no haya discriminación entre consumidores y empresas en evolución e innovación.
El artículo 7 dice que «los Estados miembros no concederán ni mantendrán en vigor derechos exclusivos o especiales para el establecimiento y la prestación de servicios postales». Un servicio universal puede financiarse con fondos públicos, mediante la contratación pública a través de un procedimiento estándar de la UE, mediante subvenciones de los contribuyentes, mediante un impuesto a otras empresas postales o a los usuarios, administrado por una autoridad independiente (conocida como «fondo de compensación»).
El artículo 9 establece normas para la concesión de licencias a la industria postal.
El artículo 12 establece objetivos para garantizar que los precios sean "asequibles" y al mismo tiempo "adaptados a los costes", con la excepción de que los Estados miembros pueden tener una "tarifa uniforme".
El artículo 14 exige transparencia y separación de cuentas.
El artículo 21 establece un comité para asistir a la comisión en asuntos del servicio postal.
Véase también
Notas
Referencias
- E McGaughey, Principios del derecho empresarial: la constitución económica y los derechos humanos (Cambridge UP 2022), cap. 15