Una opinión consultiva de un tribunal u otra autoridad gubernamental, como una comisión electoral , es una decisión u opinión de dicho organismo que no es vinculante legalmente y no tiene el efecto de resolver un caso jurídico específico , sino que simplemente asesora jurídicamente sobre la constitucionalidad o la interpretación de una ley . La Asociación de Derecho Internacional es una de estas comisiones que proporciona opiniones no vinculantes y documentos consultivos sobre aspectos del derecho internacional. Algunos países cuentan con procedimientos mediante los cuales los poderes ejecutivo o legislativo pueden remitir cuestiones al poder judicial para obtener una opinión consultiva. En otros países o jurisdicciones específicas, los tribunales pueden tener prohibido emitir opiniones consultivas.
tribunales internacionales
Corte Internacional de Justicia
La Corte Internacional de Justicia está facultada para emitir opiniones consultivas en virtud del Capítulo IV de su Estatuto (anexo de la Carta de las Naciones Unidas ) cuando así lo soliciten determinados órganos u organismos de las Naciones Unidas . Estas opiniones no son vinculantes.
Corte Interamericana de Derechos Humanos
La función consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos le permite responder a las consultas presentadas por organismos y Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos sobre la interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos u otros instrumentos que rigen los derechos humanos en las Américas . Asimismo, está facultada para asesorar sobre leyes nacionales y proyectos de ley, y sobre su compatibilidad con las disposiciones de la Convención.
- Lista de opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
tribunales nacionales
Australia
La Constitución de Australia prohíbe al Tribunal Superior de Australia emitir opiniones consultivas; una decisión vinculante requiere una controversia entre dos o más partes. [ 1 ] [ 2 ] [ 3 ] Ha habido ocasiones en la historia jurídica de Australia, como la crisis constitucional australiana de 1975 , en las que los políticos han solicitado asesoramiento informal a magistrados del Tribunal Superior a título personal. [ 4 ]
Canadá
Según la legislación canadiense , el mecanismo de consulta pública equivale a una opinión consultiva.
La Ley de la Corte Suprema otorga al Gabinete federal la facultad de remitir cuestiones a la Corte Suprema de Canadá sobre cualquier asunto jurídico. [ 5 ] La Corte Suprema tiene entonces jurisdicción para celebrar una audiencia sobre la remisión, al igual que en una apelación. El Fiscal General de Canadá participa en una remisión federal. Los Fiscales Generales provinciales y territoriales tienen derecho a intervenir, y las partes interesadas pueden solicitar dicha intervención. Las partes presentan alegaciones escritas detalladas ante la Corte, que posteriormente celebra una audiencia. Por lo general, se reserva su decisión y, posteriormente, emite una opinión escrita. La Corte tiene la facultad discrecional de negarse a responder preguntas que sean demasiado ambiguas o que no proporcionen una respuesta con sentido.
Los gobiernos provinciales y algunos territorios tienen una facultad similar para remitir cuestiones a sus tribunales de apelación superiores para que emitan un dictamen. Esta facultad está establecida en sus respectivas leyes provinciales que definen las competencias de los tribunales de apelación. La Ley de la Corte Suprema otorga automáticamente el derecho de apelación ante la Corte Suprema de Canadá contra la decisión de un tribunal de apelación provincial.
India
En India , el Presidente de la India puede solicitar a la Corte Suprema de la India que emita su dictamen sobre ciertos asuntos. Este procedimiento se denomina "Remisión Presidencial" . Según el artículo 143 de la Constitución de la India , el Presidente de la India puede remitir a la Corte Suprema de la India una cuestión de derecho o de hecho que, a su juicio, sea de interés público. La Corte Suprema no está obligada a responder las cuestiones planteadas en la remisión. Para un análisis de esta disposición, véase el artículo, ampliamente citado, del reconocido abogado indio Deepaloke Chatterjee sobre este tema [ 6 ].
1. Si en algún momento le parece al Presidente que ha surgido, o es probable que surja, una cuestión de derecho o de hecho, que sea de tal naturaleza y de tal importancia pública que sea conveniente obtener la opinión de la Corte Suprema al respecto, podrá remitir la cuestión a dicha Corte para su consideración y la Corte podrá, después de la audiencia que estime conveniente, informar al Presidente su opinión al respecto.
2. El Presidente podrá, no obstante lo dispuesto en la cláusula del artículo 131, remitir una controversia del tipo mencionado en dicha cláusula a la Corte Suprema para que emita su opinión y la Corte Suprema, después de escuchar como estime conveniente, informará al Presidente su opinión al respecto.
— Artículo 143, Constitución de la India
Irlanda
Nauru
El artículo 55 de la Constitución de Nauru dispone: «El Presidente o un Ministro podrá, con la aprobación del Gabinete , someter a la Corte Suprema , para su dictamen, cualquier cuestión relativa a la interpretación o el efecto de cualquier disposición de esta Constitución que haya surgido o que el Gabinete considere probable que surja, y la Corte Suprema pronunciará en audiencia pública su opinión sobre la cuestión». [ 7 ]
Este artículo se ha utilizado en seis ocasiones, en los siguientes casos, en los que el Gabinete solicitó una opinión consultiva de la Corte Suprema sobre casos hipotéticos relacionados con la interpretación de disposiciones constitucionales: Tres cuestiones remitidas en virtud de los artículos 36 y 55 de la Constitución (1977); Cuatro cuestiones remitidas en virtud del artículo 55 de la Constitución (1977); Remisión constitucional; En relación con el artículo 55 de la Constitución (2003); Remisión constitucional; En relación con la doble nacionalidad y otras cuestiones (2004); En el asunto de los artículos 55 y 45 (y los artículos 36 y 40) de la Constitución (2007); y En el asunto de los artículos 55 y 45 (y los artículos 36 y 40) de la Constitución (2008). [ 8 ]
En Constitutional Reference; In re Dual Nationality and Other Questions (2004), el Presidente del Tribunal Supremo Barry Connell hizo las siguientes observaciones en relación con la naturaleza del artículo 55:
- La disposición sobre remisión de casos en la Constitución es un procedimiento inusual, no siempre disponible en otras constituciones escritas, pero, no obstante, el artículo 55 se ha utilizado en varias ocasiones en Nauru. Es inusual porque los tribunales normalmente no ejercen jurisdicción en casos sin una cuestión justiciable. Los tribunales normalmente no tramitan casos sobre cuestiones hipotéticas. Sin embargo, en virtud del artículo 55, el tribunal está obligado a emitir una opinión cuando el Gabinete, y solo el Gabinete, desee una interpretación o efecto de una disposición constitucional cuando la cuestión haya surgido o parezca probable que surja [...].
- Debido a la naturaleza del artículo 55, el Tribunal debe limitarse a las cuestiones planteadas. Si bien el Tribunal emite lo que se denomina una Opinión, debe tenerse en cuenta que se trata de una opinión constitucional basada en el derecho. Dicha Opinión tiene peso jurídico, en la medida en que abarca, pero debe estar sujeta a los cánones normales de interpretación en caso de que se presente ante el Tribunal una cuestión controvertida en particular. [ 9 ]
Estados Unidos
tribunales federales
La Corte Suprema de los Estados Unidos ha determinado que el requisito de caso o controversia establecido en el Artículo 3 de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe a los tribunales federales emitir opiniones consultivas. Por lo tanto, antes de que el tribunal conozca un caso, debe determinar que las partes tienen un interés tangible en juego, que la cuestión planteada debe estar lista para su resolución judicial y que debe existir una cuestión justiciable ante el tribunal durante todo el proceso judicial. Si bien esta doctrina sigue vigente, en los últimos años se ha producido una flexibilización de estos requisitos.
En una carta dirigida al presidente George Washington , en respuesta a su solicitud de una opinión de este tipo, el entonces presidente del Tribunal Supremo, John Jay, respondió que emitir dicha opinión violaría la separación de poderes , señalando que el presidente podía recurrir al asesoramiento de cualquier miembro del poder ejecutivo, de conformidad con el Artículo Dos de la Constitución de los Estados Unidos, que permite expresamente al Presidente de los Estados Unidos "requerir la opinión, por escrito, del funcionario principal de cada uno de los departamentos ejecutivos, sobre cualquier asunto relacionado con las funciones de sus respectivos cargos". En otras palabras, Jay informó al presidente Washington que este debería consultar al Fiscal General y quizás a otros secretarios del Gabinete cuando necesitaran asesoramiento legal sobre la legislación estadounidense. Más de un siglo después, el Tribunal desestimó un caso porque no existía una "controversia real" entre las partes; por lo tanto, cualquier opinión emitida sería meramente consultiva. [ 10 ] [ 11 ]
tribunales estatales
Los tribunales estatales no están sujetos a la limitación de casos o controversias del Artículo III de la Constitución de los Estados Unidos. [ 12 ] Muchos tribunales estatales tienen prohibido emitir opiniones consultivas según sus propias constituciones, aunque a menudo existen excepciones específicas a estas limitaciones. Algunos estados , como Rhode Island , permiten que el gobernador remita cuestiones sobre la constitucionalidad de las leyes al tribunal supremo estatal . Asimismo, algunos estados exigen que su tribunal supremo emita opiniones consultivas sobre asuntos particulares, como si las enmiendas propuestas a la constitución estatal violan la Constitución de los Estados Unidos.
Las disposiciones legales o constitucionales de Alabama, Colorado, Delaware, Florida, Maine, Massachusetts, Michigan, Nuevo Hampshire, Oklahoma, Rhode Island y Dakota del Sur permiten que sus tribunales superiores emitan opiniones consultivas en ciertas circunstancias. [ 13 ] Otros estados, como Kentucky, Minnesota, Misuri y Vermont, permitieron en su momento la emisión de opiniones consultivas por ley o constitución, pero posteriormente abandonaron esta práctica. [ 14 ]
Las opiniones consultivas no deben confundirse con las preguntas certificadas que un tribunal emite a otro, las cuales son admisibles. Los tribunales federales de EE. UU., cuando se enfrentan a casos reales o controversias en los que la decisión del tribunal federal dependerá total o parcialmente de una cuestión de derecho estatal (por ejemplo, casos de diversidad de ciudadanía bajo la doctrina Erie o cuestiones en las que el derecho federal incorpora el derecho estatal por referencia, como las exenciones en materia de quiebra ), ocasionalmente solicitan al tribunal superior del estado correspondiente que emita una respuesta autorizada a la cuestión de derecho estatal, la cual el tribunal federal aplicará posteriormente a la resolución del caso federal (véase, por ejemplo, la abstención de Pullman ). Dado que en tales circunstancias el tribunal estatal emite una opinión que afecta a un caso real, no se considera que esté emitiendo una opinión consultiva.
Véase también
- Sentencia declarativa : una opinión vinculante que asigna derechos, deberes y obligaciones dentro de un caso o controversia específicos .
Referencias
- ↑ Re Leyes Judiciales y de Navegación (1921) 29 CLR 257 en 265.
- ↑ Margaret Kelly , Derecho Administrativo, Pearson Law Briefs, pág. 36.
- ↑ Leslie Zines, Cowen y Zines's Federal Jurisdiction in Australia p. 16.
- ↑ El despido: 45 aniversario
- ↑ Ley de la Corte Suprema archivada el 6 de agosto de 2014 en Wayback Machine , RSC 1985, c. S-26, s. 53.
- ↑ "Referencias presidenciales y su valor como precedente" . JSTOR 44283695 .
- ↑ Constitución de Nauru
- ↑ Jurisprudencia seleccionada del Tribunal Supremo de Nauru , Instituto de Información Jurídica de las Islas del Pacífico
- ↑ Barry Connell CJ., Referencia constitucional; In re Dual Nationality and Other Questions (2004), Tribunal Supremo de Nauru
- ↑ "Carta a George Washington de John Jay, Presidente del Tribunal Supremo" .
- ↑ Muskrat contra Estados Unidos , https://www.oyez.org/cases/1901-1939/1910/1910_330
- ↑ Lucas Moench, Opiniones consultivas de los tribunales estatales: implicaciones para el poder legislativo y las prerrogativas, 97 BUL Rev. 2243, 2246 (2017)
- ↑ Véase RICHARD H. FALLON, JR. ET AL., HART AND WECHSLER'S THE FEDERAL COURTS AND THE FEDERAL SYSTEM 50-51 (7.ª ed. 2015).
- ↑ Jonathan D. Persky, Nota, ''Fantasmas que matan’: Una mirada contemporánea a las opiniones consultivas estatales , 37 CONN. L. REV. 1155, 1168-69 (2005).
- Corte Internacional de Justicia
- Procedimiento civil