Un registro de privilegios es un documento que describe los documentos u otros elementos que se retienen de la presentación en un litigio civil bajo la alegación de que los documentos están " privilegiados " de su divulgación debido al privilegio abogado-cliente , la doctrina del producto del trabajo , la doctrina de la defensa conjunta u otro privilegio. [ 1 ]
La parte que retiene documentos privilegiados cumple con la Regla 26(b)(5)(A) al presentar un registro que contenga la siguiente información para cada documento retenido: fecha, tipo de documento, autor(es), destinatario(s), tema general del documento y el privilegio que se alega (por ejemplo, abogado-cliente). Un registro de producción o un documento similar puede explicar dónde se encontraron los documentos incluidos en el registro de privilegios, identificar a los abogados que figuran en él o proporcionar otra información.
Cuando se alega un privilegio, quien lo alega tiene la carga de probar que dicho privilegio es aplicable. Por lo tanto, generalmente corresponde a la parte que retiene la información proporcionar información suficiente en su registro de privilegios para que la parte contraria pueda evaluar la alegación, obtener más información o solicitar una revisión confidencial de los documentos retenidos u otra intervención judicial , si fuera necesario.
Referencias
- ↑ "Regla 26. Obligación de revelar; Disposiciones generales que rigen el descubrimiento" . LII de la Universidad de Cornell . Recuperado el 27 de marzo de 2026. Cuando
una parte retiene información que de otro modo sería objeto de descubrimiento alegando que la información es privilegiada o está sujeta a protección como material de preparación del juicio, la parte debe: (i) hacer expresamente la alegación; y (ii) describir la naturaleza de los documentos, comunicaciones o cosas tangibles no producidas o reveladas, y hacerlo de manera que, sin revelar información privilegiada o protegida, permita a otras partes evaluar la alegación.
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