La Ley de Enjuiciamiento de Delitos de 1908 ( 8 Edw. 7 . c. 3) fue una ley del Parlamento del Reino Unido aprobada en 1908.
Provisiones
La sección 1 de la ley derogó la sección 2 de la Ley de Procesamiento Penal de 1884 ( 47 & 48 Vict. c. 58), dividiendo así los cargos de Director de la Fiscalía Pública y Abogado del Tesoro . Dicha sección de la ley de 1908 también eliminó el límite máximo de su salario establecido en la Ley de Procesamiento Penal de 1879 ( 42 & 43 Vict. c. 2 2) y reiteró la experiencia mínima de diez años para los directores y siete años para sus asistentes, según lo dispuesto en la ley de 1879. [ 1 ]
La sección 2 de la ley introdujo otras modificaciones menores a la ley de 1879, además de sustituir al director por el abogado del Tesoro en la sección de la Ley de Acuñación (Delitos) de 1861 ( 24 y 25 Vict. c. 99) relativa a las costas procesales. [ 1 ]
Desarrollos posteriores
La ley en su totalidad, en lo que no había sido derogada, fue derogada por la sección 11(2) y la parte II del anexo 2 de la Ley de Enjuiciamiento de Delitos de 1979 , que entró en vigor el 4 de mayo de 1979. [ 2 ]
Notas
- ↑ Sección 3(2).
- ↑ Ley de entrada en vigor de las leyes del Parlamento de 1793 .
Referencias
- 1 2 Los Estatutos Generales Públicos: Aprobados en el octavo año del reinado de Su Majestad el Rey Eduardo VII, 1908 , págs. 5-6, en Google Books
- ↑ "Ley de Enjuiciamiento de Delitos de 1979" , legislation.gov.uk , Archivos Nacionales , 1979 c. 31
Enlaces externos
- Texto de la Ley de Enjuiciamiento Penal de 1908, tal como fue promulgada o elaborada originalmente en el Reino Unido, procedente de legislation.gov.uk .
- Leyes del Parlamento del Reino Unido de 1908
- Leyes derogadas del Parlamento del Reino Unido
- Servicios de la Fiscalía del Reino Unido