Articulo de referencia

Redhibición

La redhibición es una acción civil disponible bajo la ley de Luisiana contra el vendedor y/o fabricante de un producto defectuoso, similar a las leyes de protección al consumido...

La redhibición es una acción civil disponible bajo la ley de Luisiana contra el vendedor y/o fabricante de un producto defectuoso, similar a las leyes de protección al consumidor más conocidas en las jurisdicciones de derecho consuetudinario de otros estados de EE. UU. [ 1 ] La redhibición es una de las muchas leyes que son únicas de Luisiana entre los estados de EE. UU . debido a su tradición en el derecho civil francés y español .

Descripción general

En una acción redhibitoria, el comprador exige un reembolso completo o una reducción del precio de compra porque el producto tiene un defecto oculto ( defecto redhibitorio ) que le impide realizar la tarea para la que fue comprado. La mayoría de los productos de consumo tienen una garantía implícita de comerciabilidad . Si un producto es tan sustancialmente defectuoso que el comprador no lo habría comprado en primer lugar de haber conocido sus defectos, puede haber motivos para presentar dicha demanda. [ 2 ] Sin embargo, difiere de las leyes de limones de una manera muy significativa. Es decir, que se aplica a cualquier producto vendido nuevo o usado, incluidos los bienes inmuebles, [ 3 ] mientras que las leyes de limones generalmente solo se aplican a los automóviles nuevos . De hecho, Luisiana también tiene una ley de limones separada, que, como otras, se aplica exclusivamente a los automóviles.

Condiciones que deben cumplirse antes de poder interponer una demanda de redhibición.

  1. Esta acción solo podrá emprenderse después de que el comprador haya dado al vendedor una oportunidad razonable para reparar el producto defectuoso.
  2. El defecto del producto debe ser oculto, es decir, no ser evidente en el momento de la venta. El defecto debe haber existido en el momento de la venta. La ley presume que si un defecto se detecta dentro de los tres días posteriores a la compra, existía en el momento de la venta.
  3. Si un defecto se hace evidente más de tres días después de la compra, la responsabilidad de demostrar que existía en el momento de la venta recae sobre el comprador.
  4. La demanda debe interponerse dentro del plazo de un año a partir de la fecha de venta de los productos defectuosos, salvo en el caso de una tienda de mascotas, en cuyo caso la acción debe iniciarse dentro de los 60 días posteriores a la compra.
  5. Si el vendedor ha intentado reparar el producto defectuoso y no lo ha conseguido, la acción legal deberá iniciarse en el plazo de un año a partir de la fecha del último intento de corregir el defecto.
  6. Si el vendedor conocía el defecto en el momento de la venta pero vendió el producto de todos modos, la acción legal está disponible durante un año a partir de la fecha en que el comprador descubrió el defecto.

Derechos del comprador en caso de redhibición

Si el comprador puede demostrar que el vendedor conocía la existencia del defecto en el producto pero lo vendió de todos modos, puede tener derecho no solo al reembolso del precio de compra, sino también a la restitución de los gastos ocasionados por la venta, los honorarios razonables de los abogados y los daños resultantes del uso del producto defectuoso. Incluso si el vendedor desconocía el defecto al momento de la venta, el comprador puede demandar el reembolso del precio de compra y otros gastos incurridos como consecuencia de la venta. El comprador puede reclamar las mismas indemnizaciones al fabricante que al vendedor, ya que, legalmente, se presume que el fabricante conoce la existencia de defectos en sus productos. No es necesario probarlo.

En definitiva, independientemente de si el vendedor conocía o no el defecto, el juez tiene la opción de otorgar al comprador una indemnización inferior al precio de compra, pero proporcional a la gravedad del defecto. El juez también puede deducir cualquier servicio satisfactorio que el comprador haya obtenido del producto antes o a pesar del defecto. Actualmente, muchos vendedores exigen a los compradores que firmen una renuncia a la garantía en el momento de la compra. Dicha renuncia puede o no afectar el derecho del comprador a interponer una demanda de retractación. El comprador también puede tener derechos en virtud de la Ley de Garantía Magnuson-Moss federal .

Referencias

  1. "Los hechos sobre la redhibición" . Departamento de Justicia de Luisiana . Archivado del original el 14 de julio de 2001.
  2. ""Ley del limón" versus "reprohibición"" . Bufete de abogados Pharis .
  3. "Ley de Bienes Raíces de Luisiana, Responsabilidad Después de la Venta" . www.la-legal.com