Articulo de referencia

Regla de la razón

La regla de la razón es una doctrina jurídica utilizada para interpretar la Ley Sherman Antimonopolio , uno de los pilares del derecho antimonopolio de Estados Unidos . Si bien ...

La regla de la razón es una doctrina jurídica utilizada para interpretar la Ley Sherman Antimonopolio , uno de los pilares del derecho antimonopolio de Estados Unidos . Si bien algunas acciones, como la fijación de precios, se consideran ilegales per se , otras, como la posesión de un monopolio , deben analizarse bajo la regla de la razón y solo se consideran ilegales cuando su efecto es restringir el comercio de manera irrazonable . William Howard Taft , entonces Juez Presidente del Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito , desarrolló por primera vez esta doctrina en un fallo sobre Addyston Pipe and Steel Co. v. United States , que fue ratificado en 1899 por la Corte Suprema. La doctrina también desempeñó un papel fundamental en el caso Standard Oil Company of New Jersey v. United States, ante la Corte Suprema en 1911 .

Historia

Tras su desarrollo, algunos críticos de Standard Oil , incluido el único disidente, el juez John Marshall Harlan , argumentaron que Standard Oil y su regla de la razón representaban una desviación de la jurisprudencia anterior de la Ley Sherman, que supuestamente había interpretado el lenguaje de dicha ley en el sentido de que todos los contratos que restringían el comercio estaban prohibidos, independientemente de si la restricción producía o no efectos negativos. Estos críticos enfatizaron en particular la decisión de la Corte en el caso United States v. Trans-Missouri Freight Association , 166 US 290 (1897), que contiene un lenguaje que sugiere que una mera restricción a la autonomía de los comerciantes sería suficiente para establecer que un acuerdo restringía el comercio en el sentido de la Ley.

Otros, entre ellos William Howard Taft y Robert Bork , argumentaron que la decisión y el principio que anunciaba eran totalmente coherentes con la jurisprudencia anterior. Estos académicos sostienen que gran parte del lenguaje de Trans-Missouri Freight era un obiter dictum, y también enfatizaron la decisión de la Corte en United States v. Joint Traffic Association , 171 US 505 (1898), en la que la Corte anunció que los "contratos y combinaciones ordinarios" no contravenían la Ley Sherman, porque restringían el comercio solo "indirectamente". De hecho, en su libro de 1912 sobre derecho antimonopolio, Taft informó que ningún crítico de Standard Oil pudo tener éxito en su desafío: articular un escenario en el que la regla de la razón produjera un resultado diferente al producido bajo la jurisprudencia anterior. En 1911, la Corte Suprema anunció United States v. American Tobacco Co. , 221 US 106 (1911). Dicha decisión sostuvo que la Sección 2 de la Ley Sherman, que prohíbe la monopolización , no prohibía la mera posesión de un monopolio, sino únicamente su adquisición o mantenimiento irrazonables. Esto refleja la opinión generalizada de que se puede tener un monopolio simplemente por poseer un producto superior y que producir dicho producto no infringe ninguna ley.

En 1918, siete años después, el Tribunal reafirmó unánimemente el principio de razonabilidad en el caso Chicago Board of Trade v. United States . En una opinión redactada por el juez Louis Brandeis , el Tribunal sostuvo que un acuerdo entre rivales que limitaba la competencia de precios tras el cierre de una bolsa era razonable y, por lo tanto, no infringía la Ley Sherman . El Tribunal rechazó una interpretación estricta del texto de la Ley Sherman: «La verdadera prueba de legalidad reside en si la restricción impuesta simplemente regula y, tal vez, promueve la competencia, o si, por el contrario, puede suprimirla o incluso destruirla». El Tribunal llegó a esta conclusión principalmente porque el acuerdo era regulatorio y no anticompetitivo.

La regla se precisó en casos posteriores que sostuvieron que ciertos tipos de restricciones, como los acuerdos de fijación de precios , los boicots colectivos y las divisiones geográficas de mercado , eran ilegales per se . Estas decisiones dieron continuidad a la sugerencia del caso Standard Oil de que los tribunales pueden determinar que ciertas restricciones son irrazonables basándose simplemente en la "naturaleza y el carácter" del acuerdo.

Más recientemente, la Corte Suprema ha excluido varias restricciones de la categoría consideradas ilegales per se y, en su lugar, las ha sometido a un análisis basado en los hechos y en la regla de la razón. Estas incluyen las restricciones verticales no relacionadas con el precio en el caso Continental Television v. GTE Sylvania de 1977 , los acuerdos de mantenimiento del precio máximo de reventa en el caso State Oil v. Khan de 1997 y los acuerdos de mantenimiento del precio mínimo de reventa en el caso Leegin Creative Leather Products, Inc. v. PSKS, Inc. de 2007.

Además, la Corte Suprema ha reafirmado la conclusión en Standard Oil de que el análisis bajo la regla de la razón debe centrarse en las consecuencias económicas pero no en las sociales de una restricción ( National Society of Professional Engineers v. United States , 435 US 679 (1978)). [ 1 ] Además, la Corte mantuvo la regla per se contra los contratos de vinculación pero elevó el umbral de demostración de poder de mercado que los demandantes deben hacer para satisfacer el requisito de la regla de "poder económico" (véase Jefferson Parish Hospital District No. 2 v. Hyde , 466 US 2 (1985). [ 2 ]

Varios autores [ 3 ] han trabajado en la creación de una "regla de razón estructurada" para evitar el defecto en términos de la certeza jurídica que rodea a una regla de razón pura.

En la UE

No existe una regla de razón en el derecho de la competencia de la UE (véase, por ejemplo, T-11/08, [ 4 ] T-112/99, [ 5 ] T-49/02, [ 6 ] T-491/07, [ 7 ] T-208/13, [ 8 ] etc.).

Sin embargo, sí existe en el derecho sustantivo de la UE, tal como se desarrolló en la sentencia Cassis de Dijon del Tribunal de Justicia de la Unión Europea .

Véase también

Referencias

  1. Wertheime, B (1984). "Repensando la regla de la razón: de los ingenieros profesionales a la NCAA" . Duke Law Journal . 1984 (6): 1297–1324 . doi : 10.2307/1372402 . JSTOR 1372402 . 
  2. Richardt, Meribeth (1985). "Análisis del acuerdo vinculante: una integración continua de la regla de la razón y la regla per se: Jefferson Parish Hospital District No. 2 v. Hyde, 104 S. Ct. 1551 (1984)" . Washington University Law Review . 63 (2). Archivado del original el 3 de diciembre de 2013.
  3. Thibault Schrepel, "Un nuevo enfoque estructurado de reglas de razonamiento para los mercados de alta tecnología" , Suffolk University Law Review , vol. 50, n.º 1, 2017
  4. Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 9 de septiembre de 2011. Kwang Yang Motor Co., Ltd. contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas y Dibujos) (OHIM). Diseño comunitario - Procedimiento de nulidad - Diseño comunitario registrado que representa un motor de combustión interna - Diseño nacional anterior - Causal de nulidad - Falta de carácter individual - Características visibles de un componente de un producto complejo - Sin impresión global diferente - Usuario informado - Grado de libertad del diseñador - Artículos 4, 6 y 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 6/2002 ECLI:EU:T:2011:447
  5. Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 18 de septiembre de 2001. Métropole télévision (M6), Suez-Lyonnaise des eaux, France Télécom y Télévision française 1 SA (TF1) contra Comisión de las Comunidades Europeas. Recursos de anulación - Competencia - Televisión de pago - Empresa conjunta - Artículo 85 del Tratado CE (actualmente artículo 81 CE) - Artículo 85, apartado 1, del Tratado - Autorización negativa - Restricciones accesorias - Regla de la razón - Artículo 85, apartado 3, del Tratado - Decisión de exención - Duración. ECLI:EU:T:2001:215
  6. Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 27 de julio de 2005. Brasserie nationale SA (anc. Brasseries Funck-Bricher et Bofferding), Brasserie Jules Simon et Cie SCS y Brasserie Battin SNC contra Comisión de las Comunidades Europeas. Prácticas restrictivas - Mercado de la cerveza en Luxemburgo - Multas. ECLI:UE:T:2005:298
  7. Asunto T-491/07 RENV: Sentencia del Tribunal General de 30 de junio de 2016 — CB c. Comisión (Competencia — Decisión de una asociación de empresas — Mercado de emisión de tarjetas de pago en Francia — Decisión que declara una infracción del artículo 81 CE — Medidas de precios aplicables a los «nuevos participantes» — Cuota de afiliación, mecanismo de «regulación de la función de adquisición» y mecanismo de «activación» de los miembros inactivos — Mercado pertinente — Restricción de la competencia por efecto — Artículo 81, apartado 3, CE — Errores manifiestos de valoración — Principio de buena administración — Proporcionalidad — Seguridad jurídica)
  8. Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 28 de junio de 2016. Portugal Telecom SGPS, SA contra Comisión Europea. Competencia — Acuerdos, decisiones y prácticas concertadas — Mercados de telecomunicaciones portugués y español — Cláusula de no competencia respecto del mercado ibérico insertada en el contrato de adquisición por Telefónica de la participación de Portugal Telecom en el operador brasileño de telefonía móvil Vivo — Garantía jurídica «en la medida permitida por la ley» — Obligación de motivar la infracción — Infracción por objeto — Restricción accesoria — Competencia potencial — Infracción por efectos — Cálculo del importe de la multa — Solicitud de interrogatorio de testigos. ECLI:EU:T:2016:368

Bibliografía

  • William Howard Taft, Las leyes antimonopolio y la Corte Suprema (1914)
  • Robert H. Bork, La regla de la razón y el concepto per se: fijación de precios y división del mercado , 74 Yale LJ 775 (1965) (Parte I)
  • Rudolph Peritz, "Política de competencia en Estados Unidos, 1888-1992" (1996)
  • Albert H. Walker, "Los obiter dictamen irrazonables del presidente del Tribunal Supremo White en el caso Standard Oil: una revisión crítica" (1911)
  • Alan Meese, "Teoría de precios, competencia y la regla de la razón" , 2003 Illinois L. Rev. 77
  • William Page, "Conflicto ideológico y los orígenes de la política antimonopolio" , 66 Tulane L. Rev. 1 (1991)
  • William Letwin , Derecho y política económica en Estados Unidos (1965)
  • Martin Sklar, "La reconstrucción corporativa del capitalismo estadounidense, 1890-1916" (1988)
  • Thomas A. Piraino, "Conciliando los enfoques Per Se y Rule of Reason para el análisis antimonopolio", 64 S. CAL. L. REV. 685 (1991)
  • Frank H. Easterbrook, "Los límites de la legislación antimonopolio" , 63 Texas L. Rev. 1 (1984).
  • Steiner J, Woods L, Derecho de la UE, 10.ª ed., Oxford: Oxford University Press (2009)
  • Thibault Schrepel, " Un nuevo enfoque estructurado de regla de razón para los mercados de alta tecnología ", Suffolk University Law Review , vol. 50, n.° 1, 2017